Orden SCO/1980/2005, de 6 de junio, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública.





El artículo 21 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, establece el procedimiento para aprobar los programas formativos de las especialidades sanitarias en ciencias de la salud previendo, su publicación en el Boletín Oficial del Estado, para general conocimiento. La Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública, tras un largo proceso de reflexión y debate, ha elaborado el programa formativo de dicha especialidad que ha sido verificado por el Consejo Nacional de Especialidades Médicas, órgano asesor en materia de formación sanitaria especializada al que, de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria sexta de la Ley 44/2003 antes citada, corresponde ejercer las competencias del todavía no constituido Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud. Asimismo, dicho programa formativo ha sido estudiado, analizado e informado por la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud con el apoyo de su Comisión Técnica de Formación Especializada en Ciencias de la Salud, a la que se refiere el artículo 5.2 del Real Decreto 182/2004, de 30 de enero, por el que se creó dicho órgano colegiado del que forman parte, entre otros, los consejeros de sanidad de las diversas comunidades autónomas y el Director General de Universidades del Ministerio de Educación y Ciencia. En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la Ley 44/2003, previos informes favorables de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud y del Ministerio de Educación y Ciencia, dispongo:






Orden del día 27 junio 2005

El artículo 21 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, establece el procedimiento para aprobar los programas formativos de las especialidades sanitarias en ciencias de la salud previendo, su publicación en el Boletín Oficial del Estado, para general conocimiento. La Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública, tras un largo proceso de reflexión y debate, ha elaborado el programa formativo de dicha especialidad que ha sido verificado por el Consejo Nacional de Especialidades Médicas, órgano asesor en materia de formación sanitaria especializada al que, de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria sexta de la Ley 44/2003 antes citada, corresponde ejercer las competencias del todavía no constituido Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud. Asimismo, dicho programa formativo ha sido estudiado, analizado e informado por la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud con el apoyo de su Comisión Técnica de Formación Especializada en Ciencias de la Salud, a la que se refiere el artículo 5.2 del Real Decreto 182/2004, de 30 de enero, por el que se creó dicho órgano colegiado del que forman parte, entre otros, los consejeros de sanidad de las diversas comunidades autónomas y el Director General de Universidades del Ministerio de Educación y Ciencia. En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la Ley 44/2003, previos informes favorables de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud y del Ministerio de Educación y Ciencia, dispongo:

Primero.-Aprobar el programa formativo de la Especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública, cuyo contenido se publica como anexo a esta Orden.

Segundo.-Dicho programa formativo será de aplicación a los residentes de la Especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública que obtengan plaza en formación en Unidades Docentes de dicha especialidad, a partir de la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo por la que se apruebe la convocatoria nacional de pruebas selectivas 2005 para el acceso en el año 2006 a plazas de formación sanitaria especializada.

Disposición transitoria única.

A los residentes que hubieran iniciado su formación en la Especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública por haber obtenido plaza en formación en convocatorias anteriores a la que se cita en el apartado segundo de esta Orden, les será de aplicación, el programa anterior de dicha especialidad, aprobado por Resolución de 25 de abril de 1996, de la Secretaria de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia.

No obstante lo anterior, la Comisión Asesora de la correspondiente Unidad Docente, podrá adaptar los planes individuales de formación previstos en el Apartado segundo 2.c de la Orden de 22 de junio de 1995, al nuevo programa formativo en la medida en que, a juicio de la Comisión Asesora, sea compatible con la organización general de la Unidad y con la situación especifica de cada residente.

Disposición final.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de junio de 2005.

SALGADO MÉNDEZ.

ANEXO Programa formativo oficial de la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública

Denominación oficial de la especialidad y requisitos:

Medicina Preventiva y Salud Pública.

Duración: 4 años. Licenciatura previa: Medicina.

PRESENTACIÓN

La reforma del actual programa docente de la especialidad se realiza en un momento en el que se está produciendo un importante desarrollo de la profesión de salud pública, que a través de sus sociedades profesionales, está incrementando su influencia social, sanitaria y académica.

El programa que se presenta a continuación trata de responder a esta nueva realidad y tiene, como principales novedades respecto al programa anterior, las siguientes características:

1. Dentro de la especialidad, se definen con claridad cinco campos de acción o áreas profesionales específicas que son la epidemiología, la administración sanitaria, la medicina preventiva, la salud ambiental y laboral, y la promoción de la salud.

2. Para adquirir las competencias necesarias en cada una de las cinco áreas profesionales específicas, el residente debe rotar por Centros y Unidades asistenciales, un Centro de Salud Pública y un Centro de Investigación. 3. Dada la importancia de las competencias en investigación en salud pública, el residente presentará y defenderá una tesina antes de finalizar su tercer año de formación.

La vigencia del programa docente que se propone debe servir, también, para evaluar su capacidad de dar respuesta a las nuevas perspectivas que se están abriendo en la salud pública española y europea, para en su caso introducir las oportunas modificaciones en la siguiente revisión del programa.

La resolución administrativa mediante la que se aprueba este programa se complementa con otra que se publica separadamente sobre los requisitos de acreditación de Unidades Docentes, ambas de gran importancia para garantizar la calidad de la formación que se imparta en la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública.

La Comisión Nacional de la especialidad

1. Introducción

Después de los cambios ocurridos en la salud pública durante los años 70 y 80, que quedaron reflejados, entre otros, en documentos como el Informe Lalonde (1974), la Conferencia de Alma-Ata (1978), el Programa «Salud Para Todos en el año 2000» de la OMS (1981) o la Conferencia de Ottawa (1986), y que sirvieron de base para elaborar el tercer programa docente de la especialidad (1996) hasta ahora vigente, en los años 90 se ha estado produciendo un redefinición de las funciones de la salud pública y un reforzamiento del papel de los profesionales de este área, que se ha tenido en cuenta en la elaboración de la presente edición del programa. Efectivamente, desde hace una década, está teniendo lugar un proceso de análisis y cambio que promueve reforzar la salud pública desde una identificación de sus competencias básicas, a partir de las cuales se propicie una reforma de los modelos de formación basada en la capacitación para el ejercicio de dichas competencias. El objetivo es acortar la distancia entre los retos y necesidades de la salud pública y la capacidad de los recursos humanos disponibles para satisfacerlas. En este sentido, la Unión Europea de Médicos Especialistas, que reúne a las organizaciones de médicos especialistas de los distintos países europeos, entre ellas los médicos de salud pública, ha elaborado un primer borrador de conocimientos necesarios, en un intento de contribuir a definir unas competencias válidas en el ámbito europeo que faciliten el aprendizaje de la especialidad médica de salud pública (http://www.uems.be/d-0125-e.htm). Un paso adelante en la solución de este problema lo representa la Directiva 93/16/CEE y sus sucesivas actualizaciones destinadas a facilitar la libre circulación de los médicos, lo que está ayudando a conocer los programas y recursos existentes en los países de la Unión Europea para formar a los médicos que se dedican a la salud pública. Actualmente, la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública es objeto de reconocimiento mutuo entre catorce de los quince Estados que hasta fechas recientes integraban la Unión Europea (es decir, exceptuando Portugal). Los profesionales de salud pública se enfrentan en los próximos años a múltiples retos derivados de su triple dimensión, Europea (Tratado de Maastricht 1992), Estatal (en los términos previstos por la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud y la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias) y finalmente Autonómica, una vez que se ha completado el proceso de transferencias de los principales recursos sanitarios del Sistema Nacional de Salud a las Comunidades Autónomas. Los especialistas médicos formados a partir de este programa, deberán estar capacitados para realizar las actividades propias de la Salud Pública en el Sistema Sanitario,. Por ello, es importante que las administraciones sanitarias habiliten mecanismos legales para que, progresivamente, los puestos de trabajo que implican la realización de funciones coincidentes con los campos de acción o las áreas profesionales específicas de la especialidad, sean cubiertos por profesionales que ostenten el título oficial de especialista, todo ello sin perder de vista que el carácter multiprofesional y multisectorial de la Salud Pública debe favorecer que paulatinamente se incorporen criterios de troncalidad no sólo en relación con otras especialidades médicas, sino también con otras titulaciones universitarias como farmacéuticos, veterinarios, etc. Por último, el programa docente propuesto no es más que un paso en el proceso formativo de un profesional de salud pública, que deberá seguir desarrollándose a través de mecanismos de formación continuada y, en su día, de la reacreditación periódica de su competencia profesional.

2. Denominación oficial de la especialidad

La denominación oficial de la especialidad es Medicina Preventiva y Salud Pública, la cual esta constituida por cinco campos de acción o áreas profesionales especificas, que son la epidemiología, la administración sanitaria, la medicina preventiva, la salud ambiental y laboral y la promoción de la salud. El término salud pública es la expresión genérica, dentro de la cual se incluyen éstas cinco áreas profesionales. Los campos de acción de la especialidad no se reducen, por el contrario se amplían, al definirse de manera precisa que dentro de la profesión de salud pública existen, además de la medicina preventiva, las otras cuatro áreas profesionales mencionadas La duración de la especialidad es de cuatro años y la licenciatura previa exigible es la de Medicina.

3. Definición de la especialidad y campo de acción

La Medicina Preventiva y Salud Pública puede definirse como una especialidad «que capacita para la investigación, aplicación y fomento de políticas y actividades de promoción y protección de la salud (para reducir la probabilidad de la aparición de la enfermedad, o impedir o controlar su progresión) de vigilancia de la salud de la población, de identificación de sus necesidades sanitarias y de planificación, gestión y evaluación de los servicios de salud». Los médicos de esta especialidad, deben liderar el esfuerzo organizado de la sociedad, el sistema de salud y las instituciones sanitarias del mismo, para fomentar y mejorar la salud, promoviendo la equidad y eficiencia de dicho sistema, en colaboración con otros profesionales implicados en la salud pública que, por su propia naturaleza, tiene carácter intersectorial y multiprofesional. El campo de acción de esta especialidad, teniendo en cuenta su complejidad, se extiende a cinco ámbitos:

Ámbito de la epidemiología: incluye tanto la vigilancia de la salud como el control de brotes y situaciones de emergencia sanitaria, el desarrollo de programas de investigación en salud pública, en instituciones públicas o privadas, y la elaboración de sistemas de información e indicadores.

Ámbito de la administración sanitaria: incluye los distintos niveles del sistema de salud, especialmente las actividades relacionadas con la elaboración de planes de salud, la dirección y gestión asistencial, así como la evaluación de servicios y programas y la gestión de la calidad asistencial. Ámbito de la medicina preventiva: en el que el especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública es competente para definir, promover, ejecutar, aplicar y evaluar aquellas actividades de prevención llevadas a cabo desde las instituciones asistenciales, sean hospitalarias o extrahospitalarias, respecto a individuos colectivos o grupos de riesgo incluidos en el ámbito de actuación de dichas instituciones. Ámbito de la salud ambiental y laboral: incluye el desarrollo y evaluación de programas de protección de la salud frente a riesgos ambientales y laborales desde una perspectiva poblacional, destacando de manera especial los relacionados con la higiene y seguridad alimentaria. Ámbito de la promoción de la salud: incluye el diseño o desarrollo de programas de educación y participación de los ciudadanos en el control y mejora de su propia salud, y la capacitación para realizar políticas saludables.

4. Perfil profesional del especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública

El programa docente de la especialidad en Medicina Preventiva y Salud Pública tiene como objetivo general que el especialista sea capaz de analizar los problemas de salud de la población, diseñar, implementar y evaluar acciones para mejorarla desde una perspectiva intersectorial y multiprofesional, teniendo en cuenta los marcos normativos autonómico, nacional e internacional. En definitiva se trata de un profesional destinado a intervenir en el ámbito de la Salud Pública, entendida como el esfuerzo organizado de la sociedad para proteger, promover y restaurar la salud de las personas, mediante acciones colectivas. A estos efectos, el presente programa pretende que el contenido funcional que integra el actual perfil profesional del especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública, se corresponda con la adquisición, durante el periodo formativo, de las competencias básicas que a continuación se señalan, sobre las que existe un alto grado de consenso entre las sociedades profesionales más representativas de la especialidad:

Función 1: Valorar las necesidades de salud de la población para lo que el residente ha de adquirir las siguientes competencias: 1.1 Analizar la situación de salud de la comunidad sabiendo: a) Identificar los factores condicionantes de la salud.

b) Interpretar los procesos de salud y enfermedad en el ámbito de las poblaciones humanas. c) Recoger, procesar y almacenar la información (demográfica y sanitaria). d) Valorar la calidad de la información. e) Producir indicadores e índices sanitarios. f) Analizar cualitativa y cuantitativamente los datos. g) Analizar la distribución espacial y temporal de la información sanitaria. h) Valorar la distribución de los riesgos ambientales, biológicos y culturales. i) Valorar las desigualdades en salud. j) Redactar y comunicar la información a diversas audiencias.

1.2 Describir y analizar la asociación de los factores de riesgo y los problemas de salud e impacto de los servicios sabiendo:

a) Generar hipótesis con base científica.

b) Diseñar propuestas de investigación apropiadas. c) Manejar las técnicas epidemiológicas y estadísticas apropiadas. d) Diseñar instrumentos de medidas y de recogida de datos. e) Procesar y almacenar la información en bases de datos. f) Evaluar la calidad de los datos. g) Manejar las técnicas de investigación de servicios e intervenciones. h) Aplicar técnicas de evaluación económica. i) Sintetizar los resultados de manera apropiada. j) Conocer la literatura pertinente e identificar las fuentes de información apropiadas, incluyendo búsquedas bibliográficas. k) Respetar los aspectos éticos de la investigación sanitaria.

1.3 Controlar las enfermedades y las situaciones de emergencia sabiendo:

a) Verificar la existencia de una situación de emergencia sanitaria.

b) Analizar las causas de una situación de emergencia. c) Conocer la eficacia y la seguridad de las medidas de control disponibles. d) Conocer los recursos disponibles, su organización y responsabilidades. e) Aplicar las medidas y los recursos disponibles. f) Generar confianza y credibilidad. g) Valorar las potenciales reacciones de la comunidad (percepción del riesgo). h) Comunicar a la población y a los profesionales la información relevante en una situación de crisis.

Función 2: Desarrollar las políticas de salud, para lo que el residente ha de adquirir las siguientes competencias:

2.1 Contribuir a definir la ordenación del sistema de salud sabiendo: a) Utilizar la información sobre los problemas y las necesidades de salud de la población.

2.2 Fomentar la defensa de la salud en las políticas intersectoriales sabiendo:

2.2 Fomentar la defensa de la salud en las políticas intersectoriales sabiendo:

a) Conocer los objetivos y las prioridades de las políticas públicas relacionadas con la salud.

b) Conocer la legislación básica medioambiental, laboral, alimentaria, de transporte y educativa, desde el punto de vista de sus relaciones con la salud. c) Evaluar el impacto sanitario de las políticas públicas. d) Negociar el papel de la salud en la elaboración de las políticas públicas relacionadas con la salud. e) Movilizar y generar opinión pública en defensa de la salud.

2.3 Contribuir a diseñar y poner en marcha programas e intervenciones sanitarias sabiendo:

a) Identificar los problemas, necesidades y desigualdades de salud de la población.

b) Establecer las prioridades sanitarias de una población definida. c) Analizar los beneficios y perjuicios potenciales de las intervenciones sanitarias d) Conocer las bases del comportamiento de las personas y grupos. e) Diseñar programas de educación sanitaria. f) Diseñar programas de vacunación de ámbito poblacional. g) Diseñar programas de protección frente a los riesgos ambientales. h) Diseñar programas de higiene y seguridad alimentaria. i) Diseñar programas de prevención secundaria de alcance poblacional. j) Valorar los aspectos éticos de la prevención secundaria. k) Diseñar programas asistenciales y sociosanitarios. l) Contribuir a la intersectorialidad de los programas.

2.4 Fomentar la participación social y fortalecer el grado de control de los ciudadanos sobre su propia salud sabiendo:

a) Preparar y proporcionar información escrita y verbal a personas y grupos de diversa procedencia.

b) Facilitar y reforzar la capacidad de los ciudadanos sobre su propia salud. c) Actuar en defensa de la salud de los grupos más vulnerables de la sociedad. d) Identificar e implicar a los líderes de la comunidad en la práctica de la salud pública. e) Liderar y coordinar equipos humanos de procedencia diversa.

Función 3: Garantizar la prestación de servicios sanitarios para lo que el residente ha de adquirir las siguientes competencias:

3.1 Gestionar servicios y programas sabiendo: a) Facilitar la accesibilidad de los grupos vulnerables a los servicios de salud.

b) Implantar los programas de salud. c) Elaborar presupuestos y preparar propuestas de financiación. d) Identificar prioridades de salud en situaciones de limitación presupuestaria. e) Gestionar equipos multidisciplinares y resolver situaciones de conflictos.

3.2 Evaluar servicios y programas sabiendo:

a) Evaluar la eficacia, la efectividad, la eficiencia, la utilidad, la seguridad, la equidad (geográfica, social, étnica o de género) de las intervenciones sanitarias.

b) Analizar la satisfacción de la población, los profesionales y los proveedores de los servicios sanitarios. c) Utilizar las medidas de estructura, proceso y resultados más apropiadas en cada caso, incluyendo calidad de vida, satisfacción, aceptación, etc. d) Acreditar los servicios y actividades sanitarias

3.3 Realizar inspecciones sanitarias sabiendo:

a) La legislación vigente sobre los riesgos para la salud.

b) Los mecanismos de acción de los principales riesgos para la salud. c) La metodología de auditorías e inspección. d) Los consejos para mejorar la prestación de servicios.

3.4 Elaborar guías y protocolos sabiendo:

a) Sintetizar el conocimiento actual disponible sobre el impacto de las intervenciones sanitarias de interés.

b) Adaptar las guías disponibles a entornos concretos. c) Involucrar a los agentes más relevantes (asociaciones profesionales, expertos, representantes profesionales.) en la elaboración y aplicación de las guías y protocolos.

5. Objetivos generales de la formación de especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública, a la vista de sus competencias profesionales

La formación del Médico Especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública debe asegurar un nivel de conocimientos, habilidades y actitudes que conformará el perfil profesional citado en el apartado 4, permitiendo el ejercicio de la especialidad en los cinco ámbitos de acción citados en el apartado 3 de éste programa. El residente a lo largo de su periodo de formación debe adquirir progresivamente un método de análisis que le permita: identificar un problema y la demanda generada; definir y limitar el problema; conocer y valorar los factores que lo determinan; predecir su evolución si no se interviene; identificar, evaluar y elegir las estrategias de intervención; poner en marcha y desarrollar las pautas de intervención elegidas y evaluar su eficacia, para lo que al concluir su periodo formativo el residente deberá haber alcanzado, al menos, los siguientes objetivos generales:

Conocer y comprender los principales problemas de la Salud pública desde el punto de vista de los factores determinantes, la epidemiología y las pautas de intervención adecuadas.

Saber identificar, analizar y definir situaciones que puedan suponer riesgo o alarma en Salud Pública. Comprender y saber aplicar las bases conceptuales, metodológicas e instrumentales de la salud pública y liderar sus directrices e intervenciones. Analizar el sistema de salud y saber potenciar el desarrollo de la Salud Pública en las políticas intersectoriales. Ser capaz de dirigir y gestionar servicios de salud garantizando la eficacia de programas y actividades. Contemplar la dimensión ética del trabajo en Salud Pública tanto desde el punto de vista profesional como social valorando la equidad en salud en todas las intervenciones. Poseer habilidades de comunicación y dialogo tanto en el nivel interpersonal como grupal que faciliten la coordinación de grupos humanos interprofesionales y la transmisión de información.

6. La investigación como objetivo específico en la formación de especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública

La investigación en Salud Pública es un elemento básico de todo sistema de salud de calidad. El especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública debe incorporar la investigación a la práctica profesional de la especialidad, adquiriendo durante su formación conocimientos, habilidades y actitudes relacionadas con la investigación científica ya que, además, una de las actividades básicas del especialista está enmarcada en el apoyo metodológico a la investigación y a la transferencia de conocimientos a otros profesionales, para lo cual el residente debe capacitarse en:

La metodología cuantitativa y cualitativa, el manejo de las principales fuentes bibliográficas en investigación a nivel nacional e internacional y el conocimiento de las principales redes cooperativas de investigación en salud pública en España.

El desarrollo de la investigación en materias relacionadas con la Medicina Preventiva y la Salud Pública, aprendiendo a planificar, diseñar y poner en marcha proyectos de investigación relacionados con las áreas que son propias del ámbito de la especialidad. La realización de un proyecto completo de investigación para lo que el residente deberá realizar una tesina de investigación que presentará antes de concluir el tercer año de formación, siendo capaz de exponerla y defenderla en sesión pública, ante un tribunal cualificado nombrado por la Comisión Asesora. Igualmente, el residente debe tener la oportunidad de iniciar, durante su período de formación, el programa de doctorado a fin de alcanzar el grado de Doctor durante o después de la finalización del período de residencia.

7. Contenidos específicos del programa formativo

Los contenidos del programa docente de la especialidad se estructuran en seis módulos troncales: uno inicial de carácter introductorio y otros cinco, coincidentes con los cinco campos de acción de la especialidad que se han relacionado en el apartado 3 de este Programa. Los descriptores de estos seis módulos son los siguientes:

Fundamentos de la salud pública: Historia de la salud pública. Conceptos actuales de salud pública. La salud pública a nivel internacional y en el ámbito de la Unión Europea. Sistema Sanitario español. Marco legal y social. Principales problemas de salud pública. Determinantes sociales de la salud. Ética y salud pública.

Epidemiología: Concepto y aplicaciones de la epidemiología. El método científico y el método epidemiológico. Fuentes de datos disponibles. Vigilancia epidemiológica. Medidas de frecuencia y asociación. Indicadores de salud. Diseño de cuestionarios. Sesgos y confusión. Estadística descriptiva e inferencial. Diseños epidemiológicos. Validez interna y externa. Evaluación de pruebas diagnósticas. Ensayos clínicos. Análisis multivariante. Análisis de brotes epidémicos. Ética y epidemiología. Administración sanitaria: Análisis comparativo de los sistemas sanitarios. Problemas y necesidades de salud. Política sanitaria. Economía de la salud. Diseño y planificación de programas de salud. Dirección de servicios sanitarios. Evaluación de programas: estructura, proceso y resultado. Evaluación económica. Análisis de decisiones. Bases metodológicas de gestión. Gestión en situaciones de emergencias. Política de personal. Presupuestos sanitarios. Evaluación y mejora de la calidad. Planificación y control de los flujos asistenciales. Redes sociales y sus funciones en la atención de salud. Marketing sanitario. Fundamentos éticos de la gestión. Medicina preventiva: Gestión y evaluación de los programas de vacunas. Gestión y evaluación de programas de detección precoz. Consejo médico. Planificación, ejecución y evaluación de programas de prevención individual. Vigilancia y control de la infección nosocomial. Seroepidemiología. Valoración de la evidencia científica de las medidas preventivas. Salud ambiental y laboral: Protección y control de la calidad de las aguas y del suelo. Evaluación de los residuos sólidos. Calidad del aire y contaminantes atmosféricos. Seguridad e higiene de los alimentos. Promoción y protección de la salud laboral. Sistemas de información en salud laboral y ambiental. Urbanismo y salud. Ambientes interiores. Toxicología y ecotoxicología. Protección radiológica. Evaluación y gestión del riesgo. Legislación general española y comunitaria. Promoción de la salud: Conceptos y modelos actuales en promoción de la salud. Educación para la salud. Estructura cultural y significación social de la salud y la enfermedad. Los estilos de vida como determinantes de salud. Planificación y evaluación de los programas de promoción y educación para la salud. La participación comunitaria. Desigualdades sociales en salud. Redes de apoyo social. Grupos de autoayuda. Medios de comunicación social. Identidad, rol y ejercicio profesional. Los módulos troncales anteriormente relacionados informarán la totalidad del período formativo, incidiendo en todas las etapas del mismo. Cada unidad docente propondrá, a través de la Memoria que se adjunte a la solicitud de acreditación, los términos y el procedimiento en los que se concretarán dichos módulos troncales, a cuyos efectos se tendrán en cuenta los objetivos del presente programa y las características específicas de cada unidad docente.

8. Las etapas del programa formativo y sus contenidos

La formación se realizará en Unidades Docentes acreditadas. La Unidad Docente se define como el conjunto de centros y unidades asistenciales, de investigación y de salud pública que coordinadamente permiten desarrollar el programa de formación de la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública, dependiendo administrativamente del servicio de salud correspondiente. La duración del Programa de Formación será de cuatro años, al final de los cuales el especialista deberá haber adquirido los conocimientos teórico-prácticos, habilidades y actitudes en los distintos ámbitos de actuación del especialista. El Programa de la especialidad se desarrollará en tres etapas:

La primera etapa se realizará en una escuela o centro formativo de salud pública acreditado durante nueve meses de los doce primeros de residencia.

Cuando el inicio del Curso Superior en Salud Pública no coincida con la incorporación de los residentes seleccionados en la correspondiente convocatoria MIR, dicha incorporación podrá producirse en los centros de Atención Especializada, cumpliendo parcialmente la segunda de las etapas del periodo formativo que se completará una vez terminado el Curso Superior en Salud Pública. La segunda etapa de formación se realizará en centros y unidades de atención especializada y atención primaria durante dieciocho meses. La tercera etapa, de veintiún meses, se realizará en centros de investigación en salud pública (seis meses) y en unidades administrativas con funciones de salud pública (quince meses). También podrá contemplarse la rotación por organizaciones internacionales vinculadas al sector sanitario o a organizaciones no gubernamentales de cooperación al desarrollo.

8.1 Primera etapa: Curso Superior en Salud Pública: Durante esta etapa los médicos residentes recibirán formación básica en Medicina Preventiva y Salud Pública a través del Curso Superior en Salud Pública, impartido a tiempo completo, por el centro formativo o escuela de salud pública integrada en la unidad docente de que se trate. Dicho curso tendrá una duración de al menos 900 horas.

El objetivo del curso es: ofrecer una base teórica general sobre salud pública y gestión sanitaria, garantizando al residente adquirir la formación metodológica básica que le permita optimizar la adquisición de conocimientos habilidades y actitudes a lo largo de toda su residencia. Al mismo tiempo que se realiza el Curso Superior en Salud Pública, el residente iniciará la preparación de un proyecto de investigación que, adecuadamente supervisado y dirigido por un profesor del centro formativo, deberá presentar antes de concluir el tercer año de formación. Dicho proyecto deberá tener en cuenta las prioridades de investigación establecidas en el Programa Nacional I + D + I y en el Programa Marco de la Unión Europea. La tesina final de este proyecto se defenderá por el residente en sesión pública ante un tribunal cualificado nombrado por la Comisión Asesora. El aprendizaje en esta etapa implicará la participación activa del residente en las actividades docentes que organice el centro, las cuales tendrán un contenido no sólo teórico sino de carácter práctico que permita al residente llevar a cabo un autoaprendizaje tutelado, individual o en equipo, a cuyo fin podrán utilizarse todos los dispositivos con los que cuente la unidad docente. Los contenidos teóricos del Curso Superior en Salud Pública, sin perjuicio de las actividades prácticas, se ajustarán a las siguientes áreas temáticas (podrían producirse variaciones, según las características específicas del centro formativo donde se imparta).

La Unidad Docente deberá definir los contenidos teórico-prácticos de cada una de estas áreas temáticas en su solicitud de acreditación.

Durante esta etapa podrán realizarse módulos de Atención Continuada en los términos que se citan en el apartado 10 de este programa.

8.2 Segunda etapa: Formación en Centros y Unidades de Atención Primaria y Atención Especializada: La formación durante esta segunda etapa, que durará dieciocho meses, tendrá carácter eminentemente práctico y se articulará a través de rotaciones, de tal manera que se posibilite la plena incorporación del médico residente en los servicios y unidades de atención primaria y especializada integrados en la unidad docente.

Los dieciocho meses de duración de esta etapa se distribuirán en dos períodos, uno, de 12 meses, en Unidades y Centros de Atención Especializada y otro, de seis meses, en Unidades y Centros de Atención Primaria. El orden y distribución de las rotaciones en cada período estará supeditado al cronograma desarrollado por el coordinador de la unidad docente, con el visto bueno de la Comisión de Docencia o Comisión Asesora a la que pertenezca la unidad por la que se esté rotando. En los Centros y Unidades de Atención Especializada el residente realizará, fundamentalmente en Servicios hospitalarios y Unidades de Administración y Gestión, actividades relacionadas con:

Medicina Preventiva Hospitalaria.

Calidad Asistencial en Atención Especializada. Administración y Gestión en Atención Especializada (incluyendo servicios de emergencia) Promoción y educación para la Salud en Atención Especializada.

En el ámbito de la Atención Primaria, el residente realizará en los Centros de Salud y en las unidades que integran las gerencias de Atención Primaria a las que estén adscritas dichos Centros, actividades relacionadas con: Administración y Gestión en Atención Primaria de Salud.

Programas Preventivos en el Área de Atención Primaria. Calidad en Atención Primaria. Educación Sanitaria y Promoción de la Salud en Atención Primaria.

Durante esta etapa, el residente realizará las actividades propias de las unidades por las que esté rotando así como módulos de Atención Continuada, en los términos que se citan en el apartado 10 de este programa.

8.3 Tercera etapa: Formación en Centros de Investigación en Salud Pública y en Unidades Administrativas con funciones de Salud Pública: Los veintiún meses de duración de esta etapa se distribuirán en dos períodos, uno, de seis meses, en un Centro de Investigación en Salud Pública y otro, de quince, en Unidades Administrativas con funciones de Salud Pública. No obstante, el orden de los periodos de actividad antes citados y el de las rotaciones que dentro de los mismos se realicen, estarán supeditados al cronograma desarrollado por el Coordinador de la unidad docente con el visto bueno de la Comisión Asesora y de los responsables de los correspondientes Centros y Unidades. Los Centros de Investigación en los que los residentes llevarán a cabo actividades durante seis meses serán, entre otros:

Departamentos universitarios que incluyan el área de Medicina Preventiva y Salud Pública

Escuelas de Salud Pública. Agencias de Evaluación. Otras unidades de investigación con experiencia acreditada de investigación en Medicina Preventiva y Salud Pública.

Las actividades que realizarán los residentes en dichos centros estarán relacionadas con: Investigación en Salud Pública y Servicios de Salud.

Participación activa en los proyectos de investigación que se lleven a cabo en el Centro relacionados con las líneas del Plan I+D+I.

Las Unidades administrativas con funciones en Salud Pública en las que los residentes llevarán a cabo sus actividades durante quince meses, podrán ser entre otras: Unidades de Vigilancia epidemiológica.

Unidades de registros de morbilidad y mortalidad. Laboratorios de Salud Pública. Unidades de Promoción de la Salud y Educación Sanitaria. Unidades de programas preventivos. Unidades de Planes de Salud. Unidades de Higiene Alimentaria. Unidades de Salud Medioambiental. Unidades de Evaluación de Salud Laboral. Unidades de Ordenación Sanitaria. Unidades de Aseguramiento y Evaluación de Servicios de Salud.

Las actividades que realizarán los residentes en dichas unidades estarán relacionadas con: Planificación y Administración Sanitarias.

Epidemiología. Promoción y Educación de la Salud. Salud Medioambiental. Salud Laboral.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Sanidad y Consumo

Orden SCO/1980/2005, de 6 de junio, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública.

"Orden SCO/1980/2005, de 6 de junio, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-10944 publicado el 27 junio 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-10944
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 27 junio 2005
Fecha Pub: 20050627
Fecha última actualizacion: 27 junio, 2005
Numero BORME 152
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Sanidad y Consumo
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 27 junio 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 22751
Pagina final: 22759




Publicacion oficial en el BOE número 152 - BOE-A-2005-10944


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-10944 de Orden SCO/1980/2005, de 6 de junio, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública.


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