Orden SCO/2247/2005, de 24 de junio, por la que se nombra personal estatutario fijo y se asignan plazas de Facultativo Especialista de Área de Oncología Médica.





Por Orden de 4 de diciembre de 2001 (B.O.E. de 10), corregida por la de 26 de diciembre de 2001 (B.O.E. de 8 de enero) se convocó proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de Facultativo Especialista de Area de Oncología Médica de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes del Insalud. Finalizada la fase de selección se procedió mediante Orden SCO/2100/2004, de 21 de junio (B.O.E. de 30), a la declaración de la situación de expectativa de destino a los aspirantes que habían superado el concurso oposición, Por Orden SCO/2157/2004, de 29 de junio (B.O.E, de 1 de julio), se inició la fase de provisión del citado proceso extraordinario, cuyo proceso de asignación de plazas finalizó por Orden de 2 de junio de 2005, publicada en los lugares previstos en la bases de la convocatoria. En la citada Orden se aprobó la resolución definitiva de la asignación de destinos por centros de gestión. En su virtud, visto lo dispuesto en las bases de la convocatoria, y en las demás normas de general y pertinente aplicación este Ministerio, resuelve:






Orden del día 14 julio 2005

Por Orden de 4 de diciembre de 2001 (B.O.E. de 10), corregida por la de 26 de diciembre de 2001 (B.O.E. de 8 de enero) se convocó proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de Facultativo Especialista de Area de Oncología Médica de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes del Insalud. Finalizada la fase de selección se procedió mediante Orden SCO/2100/2004, de 21 de junio (B.O.E. de 30), a la declaración de la situación de expectativa de destino a los aspirantes que habían superado el concurso oposición, Por Orden SCO/2157/2004, de 29 de junio (B.O.E, de 1 de julio), se inició la fase de provisión del citado proceso extraordinario, cuyo proceso de asignación de plazas finalizó por Orden de 2 de junio de 2005, publicada en los lugares previstos en la bases de la convocatoria. En la citada Orden se aprobó la resolución definitiva de la asignación de destinos por centros de gestión. En su virtud, visto lo dispuesto en las bases de la convocatoria, y en las demás normas de general y pertinente aplicación este Ministerio, resuelve:

Primero.-Nombrar personal estatutario fijo como Facultativo Especialista de Area en la Especialidad de Oncología Médica, a los aspirantes que superando la fase de selección, han sido adjudicatarios de plaza en el proceso de asignación, según detalle que se relaciona por orden alfabético en el anexo I de esta Orden.

Segundo.-Asignar a los concursantes que han sido adjudicatarios en la fase de provisión, las plazas que se detallan en el Anexo II de esta Orden. Tercero.-La toma de posesión del personal relacionado en el anexo II de esta Orden, se efectuará en el respectivo Servicio de Salud donde se le haya asignado la plaza. Cuarto.

b) Cuando el adjudicatario sea personal estatutario con plaza en propiedad en la misma categoría a la que ha concursado en esta convocatoria, y no proceda de la fase de selección, deberá cesar en la que, en su caso, desempeñe, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique esta Orden. No obstante el Gerente de la Institución, por necesidades del servicio, podrá ampliar este plazo hasta diez días. La toma de posesión en la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas son de la misma localidad; en el plazo de quince días hábiles, si son de distinta localidad pero del mismo área de salud; o en el de un mes, si pertenece a distinta localidad y área de salud. c) Cuando el aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiere adjudicado, en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de su participación en esta convocatoria. El adjudicatario, personal estatutario con plaza en propiedad, que no se incorpore al destino obtenido dentro de los plazos establecidos o de las prórrogas de los mismos que legal o reglamentariamente proceda, se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular como personal estatutario y será declarado en dicha situación por el Servicio de Salud donde tenga que tomar posesión. No obstante, si existen causas suficientemente justificadas así apreciadas, previa audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha situación. En tal caso el interesado deberá incorporarse a su destino tan pronto desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.

Disposición adicional.

Con la publicación de esta Orden se determina la apertura del plazo de toma de posesión, para los concursantes que fueron adjudicatarios de plaza en la especialidad de Oncología Médica en el concurso de traslados voluntario convocado por Orden de 27 de noviembre de 2001 (B.O.E. de 29 de noviembre).

Los concursantes indicados en el párrafo anterior, deberán cesar en la plaza que, en su caso, desempeñen, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique esta Orden. No obstante, el Gerente de la Institución, por necesidades del servicio, podrá ampliar este plazo hasta diez días. La toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas son de la misma localidad; en el plazo de quince días hábiles, si son de distinta localidad pero de la misma área de salud; o en el de un mes, si pertenecen a distinta localidad y área de salud. En el caso de que la adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde la publicación de la resolución por la que se determine la apertura del plazo de toma de posesión. El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalice el permiso o licencia que, en su caso, haya sido concedido al interesado, salvo que por causas justificadas se acuerde suspender el disfrute de los mismos. Cuando un concursante no tome posesión de su nueva plaza dentro del plazo posesorio o, en su caso, de la prórroga que a su petición motivada se le hubiere concedido, perderá todos los derechos derivados de este concurso. Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular como personal estatutario y será declarado en dicha situación por el Servicio de Salud donde tenga que tomar posesión, quien no se incorpore al destino obtenido dentro de los plazos establecidos o de las prórrogas de los mismos que legal o reglamentariamente proceda. No obstante, si existen causas suficientemente justificadas así apreciadas previa audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha situación. En tal caso el interesado deberá incorporarse a su destino tan pronto desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.

Disposición final.

Contra esta Orden podrá interponerse alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el Ministerio de Sanidad y Consumo (Paseo del Prado, 18, 20, 28071-Madrid), dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden (artículos 116 y 117 y disposición transitoria segunda, párrafo segundo, de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de RJAP y PAC), o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden (artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; BOE de 14 de julio).

Madrid, 24 de junio de 2005.-La Ministra, P. D. (Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio, B.O.E. de 23 de julio), la Directora General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios, Consuelo Sánchez Naranjo.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Sanidad y Consumo

Orden SCO/2247/2005, de 24 de junio, por la que se nombra personal estatutario fijo y se asignan plazas de Facultativo Especialista de Área de Oncología Médica.

"Orden SCO/2247/2005, de 24 de junio, por la que se nombra personal estatutario fijo y se asignan plazas de Facultativo Especialista de Área de Oncología Médica." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-12105 publicado el 14 julio 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-12105
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 14 julio 2005
Fecha Pub: 20050714
Fecha última actualizacion: 14 julio, 2005
Numero BORME 167
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Sanidad y Consumo
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 14 julio 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 25102
Pagina final: 25105




Publicacion oficial en el BOE número 167 - BOE-A-2005-12105


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-12105 de Orden SCO/2247/2005, de 24 de junio, por la que se nombra personal estatutario fijo y se asignan plazas de Facultativo Especialista de Área de Oncología Médica.


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