Resolución de 29 de noviembre de 2006, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad de la Junta de Galicia y el Instituto de Salud Carlos III para la realización de un sistema de vigilancia epidemiológica molecular de la infección por VIH en Galicia y un estudio de investigación de los subtipos No-B y recombinantes detectados.





Suscrito el 16 de octubre de 2006, Convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad y el Instituto de Salud Carlos III para la realización de un sistema de vigilancia epidemiológica molecular de la infección por VIH en Galicia y un estudio de investigación de los subtipos No-B y recombinantes detectados, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Contenidos de la Ministerio de Sanidad y Consumo Resolución de 29 de noviembre de 2006, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad de la Junta de Galicia y el Instituto de Salud Carlos III para la realización de un sistema de vigilancia epidemiológica molecular de la infección por VIH en Galicia y un estudio de investigación de los subtipos No-B y recombinantes detectados. del 20061220







Orden del día 20 diciembre 2006

Suscrito el 16 de octubre de 2006, Convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad y el Instituto de Salud Carlos III para la realización de un sistema de vigilancia epidemiológica molecular de la infección por VIH en Galicia y un estudio de investigación de los subtipos No-B y recombinantes detectados, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Madrid, 29 de noviembre de 2006.-El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO Convenio de Colaboración entre la Consellería de Sanidad y el Instituto de Salud Carlos III para la realización de un sistema de vigilancia epidemiológica molecular de la infección por VIH en Galicia y un estudio de investigación de los subtipos No-B y recombinantes detectados

Santiago de Compostela, 16 de octubre de 2006.

REUNIDOS

De una parte: La señora María José Rubio Vidal, Conselleira de Sanidad y Presidenta del Servicio Galego de Saúde, en virtud de las facultades atribuidas en el artículo 3 de la Ley 1/1983, del 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidente, en el Decreto 45/2006, de 23 de febrero, por la que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad y en el Decreto 46/2006, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Galego de Saúde y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de la Xunta de 27 de marzo de 1991, hecho público mediante Resolución del 8 de abril de 1994, de la Consellería de Economía e Facenda («DOG» número 82, de 30 de abril de 1991).

Y de otra: El señor Francisco Gracia Navarro, Director del Instituto de Salud Carlos III, organismo perteneciente al Ministerio de Sanidad y Consumo, con CIF.: S1511001H, nombrado por Real Decreto 1345/2004, de 28 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 130, del 29 de mayo), actuando en nombre propio y representación del mencionado Instituto de Salud Carlos III, con domicilio en la calle Sinesio Delgado, número 6, de Madrid, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 1555/2004, de 25 de junio por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo y por el Real Decreto 375/2001 por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, modificado mediante Real Decreto 590/2005, de 20 de mayo.

EXPONEN

Primero.-Que la infección por el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), constituyen un problema socio-sanitario de primera magnitud en nuestra sociedad.

Que este virus varia de forma importante, lo que condiciona la aparición y selección de resistencias a los fármacos que se vienen utilizando, así como la existencia de tres grupos de virus diferentes: M, N y O. Dentro del grupo M o principal, existen varios subtipos y formas recombinantes circulantes (FRC's), entre las que se encuentra la CRF14_BG, identificada recientemente en Galicia, dentro de las actividades de este convenio en años anteriores. En la actualidad existen fármacos antirretrovirales, utilizados de forma cada vez más extensa y temprana en el transcurso de la infección por VIH, y que aportan beneficios sustanciales a los afectados, pues aumentan su supervivencia y mejoran su calidad de vida, prolongando el período previo al diagnóstico de SIDA. Estas resistencias están atenuando los beneficios que se venían observando en estos pacientes en cuanto a su mayor supervivencia y aumento de su calidad de vida. Segundo.-Que, como ocurre en otras enfermedades infecciosas, la aparición y selección de resistencias supone el factor más importante en el fracaso de los tratamientos empleados en los pacientes infectados por el VIH. Tercero.-Estas resistencias pueden detectarse aún en pacientes que no habían estado sometidos a tratamiento previo, como consecuencia de la variabilidad del virus, de la transmisión de cepas resistentes o incluso pueden adquirirse por recombinación con otros virus de otras procedencias, como subtipos distintos a los que circulan con mayor frecuencia en Galicia, los cuales pueden tener diferente susceptibilidad a ciertos fármacos. Cuarto.-Que es de gran interés conocer cuales son las mutaciones de resistencia encontradas en pacientes tratados y no tratados, porque podría ser un indicador de la terapia a seguir, mejorando la efectividad de los tratamientos y evitando riesgos derivados de efectos secundarios innecesarios. Quinto.-Por todo ello se considera necesario seguir manifestando una vigilancia que describa cual es la situación actual y la evolución de los pacientes tratados en los hospitales gallegos, respecto a la prevalencia de estas resistencias, así como respecto a la incidencia en los pacientes de nuevo diagnóstico y su posible repercusión en el manejo clínico de los mismos. De acuerdo con las competencias atribuidas por la Constitución Española, la Ley General de Sanidad y el Estatuto de Autonomía respectivo, las partes convienen firmar el presente Convenio sometido a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La finalidad del presente convenio de colaboración es la realización de un estudio de investigación para conocer la circulación de resistencias y subtipos distintos al B en Galicia, así como el seguimiento de los recombinantes estudiados y el estudio de los que se presentan nuevos.

Objetivos generales: Determinar la circulación de cepas resistentes y subtipos No-B y recombinantes en Galicia, para lo cual se analizarán todos los casos de infección nueva, bien de infección primaria o en estadios más avanzados. Estudio y seguimiento de los casos No-b ya detectados en Galicia con motivo del estudio ya realizado en años anteriores, así como de los nuevos subtipos No-b y recombinantes que aparezcan.

Facilitar información al sistema sanitario que posibilite adecuar los tratamientos dependiendo de la detección de resistencias y subtipo, sin esperar al incremento de la carga viral o al deterioro clínico o del sistema inmune.

Segunda.-La Consellería de Sanidad se compromete a:

a) El envío de muestras desde los hospitales gallegos participantes en el estudio al Área de Patogenia Viral del Centro Nacional de Microbiología del Instituto de Salud Carlos III.

b) Realizar la coordinación y transmisión de información entre el Instituto de Salud Carlos III y los hospitales participantes en el estudio. c) Hacer mención de la colaboración con el Instituto de Salud Carlos III cuando se haga uso público de los datos provenientes del estudio. d) Abonar 18.400,00 € al Instituto de Salud Carlos III, con cargo a la aplicación presupuestaria 1302.313A.640.4 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2006, en la que existe crédito suficiente.

Tercera.-El Instituto de Salud Carlos III se compromete a la realización de las siguientes actividades:

a) Recepción en el Centro Nacional de Microbiología (Área de Patogenia Viral) de las muestras enviadas desde Galicia y de sus datos correspondientes.

b) Realización de las pruebas de resistencia y caracterización de subtipos así como estudios de todos los pacientes de nuevo diagnóstico y en los subtipos No-b detectados. c) Notificar los resultados a la Consellería de Sanidad. d) No publicar ningún resultado sin comunicarlo previamente a la Consellería de Sanidad. e) Hacer mención en todas las publicaciones de los participantes en el estudio. f) Formar en las técnicas empleadas en el estudio de profesionales de la Comunidad Autónoma de Galicia, si ésta lo solicita, en el laboratorio de referencia.

Cuarta.-La Consellería de Sanidad ingresará el 10% del total a abonar al Instituto de Salud Carlos III (1.840.00 €) a la firma del presente Convenio, tras la presentación de la memoria de las actividades a realizar junto con el cargo o factura correspondientes, y el resto (16.560,00 €) tras la finalización del estudio, previa entrega por parte del Instituto de Salud Carlos III del trabajo realizado y de los cargos y facturas correspondientes, así como la certificación de conformidad de la Dirección Xeral de Saúde Pública de la Consellería de Sanidad.

Quinta.-Para la aplicación, seguimiento e interpretación del presente Convenio, se creará una comisión mixta, integrada por los siguientes miembros:

Por el Instituto de Salud Carlos III: Don Rafael Nájera Morrondo, Jefe de Área de Patogenia Viral. Centro Nacional de Microbiología.

Doña Lucía Pérez Alvárez, Jefe de Sección de Patogenia Viral. Centro Nacional de Microbiología.

Por la Consellería de Sanidad:

Don Jorge Hervada Vidal, Subdirector General de Epidemiología y Sistemas de Información.

Don José Antonio Taboada Rodríguez, Jefe del Servicio de Control de Enfermedades Transmisibles.

En el supuesto de desacuerdo entre las partes, la Consellería de Sanidad resolverá las distintas cuestiones que fueran objeto de divergencia. Dicha resolución podrá ser impugnada ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Sexta.-La subscripción del presente Convenio no conlleva relación contractual alguna entre la Consellería de Sanidad y los profesionales que realicen las actividades objeto del mismo, de tal forma que no se le podrá exigir ninguna responsabilidad, ni directa ni subsidiaria, por los actos o hechos acaecidos en el desarrollo del mismo. Séptima.-El presente convenio es de los previstos en el artículo 3.1.c) del Texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por lo que queda fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de los principios y criterios que los informan para resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse en su interpretación o aplicación. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la aplicación del presente Convenio se resolverán ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Octava.-Son causas de resolución del presente Convenio:

a) El incumplimiento total o parcial de sus cláusulas.

b) El mutuo acuerdo de las partes firmantes del convenio. c) La denuncia por cualquiera de las partes del presente convenio.

En razón de interés público, la Consellería de Sanidad podrá suspender la ejecución del Convenio.

En cualquier caso existirá un preaviso expreso de dos meses. El presente Convenio podrá ser prorrogado, siempre que exista crédito presupuestario suficiente, de forma expresa, por períodos sucesivos, previo acuerdo de ambas partes y con anterioridad a la fecha de finalización del mismo.

Novena.-Este Convenio entrará en vigor al día siguiente de su firma y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2006.

Y, en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio en ejemplar triplicado, en el lugar y fecha anteriormente indicados. Firmado.-Por la Consellería de Sanidad del Servicio Galego de Saúde, María José Rubio Vidal.-Por el Instituto de Salud Carlos III, Francisco Gracia Navarro.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Sanidad y Consumo

Resolución de 29 de noviembre de 2006, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad de la Junta de Galicia y el Instituto de Salud Carlos III para la realización de un sistema de vigilancia epidemiológica molecular de la infección por VIH en Galicia y un estudio de investigación de los subtipos No-B y recombinantes detectados.

"Resolución de 29 de noviembre de 2006, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad de la Junta de Galicia y el Instituto de Salud Carlos III para la realización de un sistema de vigilancia epidemiológica molecular de la infección por VIH en Galicia y un estudio de investigación de los subtipos No-B y recombinantes detectados." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-22348 publicado el 20 diciembre 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-22348
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 20 diciembre 2006
Fecha Pub: 20061220
Fecha última actualizacion: 20 diciembre, 2006
Numero BORME 303
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Sanidad y Consumo
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 20 diciembre 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 44985
Pagina final: 44987




Publicacion oficial en el BOE número 303 - BOE-A-2006-22348


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-22348 de Resolución de 29 de noviembre de 2006, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad de la Junta de Galicia y el Instituto de Salud Carlos III para la realización de un sistema de vigilancia epidemiológica molecular de la infección por VIH en Galicia y un estudio de investigación de los subtipos No-B y recombinantes detectados.


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-22348 AQUÍ



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