Resolución de 20 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del segundo semestre de 2007 y al arbitraje realizado por la Inspección Provincial de Trabajo a la valoración del segundo semestre del 2007 de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre- Real Casa de la Moneda.





Visto el texto de las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del segundo semestre de 2007 y al arbitraje realizado por la Inspección Provincial de Trabajo a la valoración del segundo semestre del 2007 de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (código de Convenio número 90002052011987), actas que fueron suscritas los días 20 de julio y 7 de noviembre de 2011 por la Comisión Mixta de Valoración de la que forman parte representantes de la Dirección de la empresa y el Comité de empresa en representación de la entidad y de los trabajadores de la misma al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y de la Política Territorial y Administración Pública (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento a lo previsto en la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2011, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Contenidos de la Ministerio de Trabajo e Inmigración Resolución de 20 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del segundo semestre de 2007 y al arbitraje realizado por la Inspección Provincial de Trabajo a la valoración del segundo semestre del 2007 de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre- Real Casa de la Moneda. del 20120104







Orden del día 04 enero 2012

Visto el texto de las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del segundo semestre de 2007 y al arbitraje realizado por la Inspección Provincial de Trabajo a la valoración del segundo semestre del 2007 de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (código de Convenio número 90002052011987), actas que fueron suscritas los días 20 de julio y 7 de noviembre de 2011 por la Comisión Mixta de Valoración de la que forman parte representantes de la Dirección de la empresa y el Comité de empresa en representación de la entidad y de los trabajadores de la misma al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y de la Política Territorial y Administración Pública (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento a lo previsto en la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2011, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas Actas en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, con la ejecución de dichos Acuerdos.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de diciembre de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Acta final

Representantes de Dirección:

Doña Azucena Barco Rodrigo.

Don José Jesús Pereira Fernández (asesor).

Representantes de los trabajadores:

Don Antonio Santiago Morales.

Don Daniel Sierra Quiles (asesor).

En Madrid, a 20 de julio de 2011, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al segundo semestre de 2007.

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos.

Puestos que no suben de nivel:

Personal Operario.

Maquinista Jefe de Equipo de Tórculo, Contado, Empaquetado e Inutilización de Moneda. Moneda: 9.

Maquinista de Tórculo, Contado, Empaquetado e Inutilización de Moneda. Moneda: 8.

Ayudante de Acuñaciones Especiales y Empaquetado de Moneda. Moneda: 6.

Maquinista Jefe de Equipo Máquina Corte y Enfajado. Timbre: 9.

Oficial 1.ª Jefe de Equipo Máquina Serigrafía-Hot Stamping. Documentos de Valor: 10.

Oficial 2.ª Máquina Serigrafía-Hot Stamping. Documentos de Valor: 8.

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes.

Puestos de nueva creación:

Personal Técnico:

Técnico de Análisis y Procesos de Laboratorio. Ingeniería, I+D+i y Laboratorios: 12.

Personal Subalterno:

Almacenero de Documentos de Valor. Documentos de Valor: 8.

Puestos que suben de nivel.

Personal Técnico:

Delineante Proyectista. Mantenimiento: 12.

Bibliotecario. Museo: 11.

Personal Administrativo:

Secretario de Nivel Medio. Varios Departamentos: 10.

Oficial 1.ª Administrativo con inglés. Varios Departamentos: 10.

Puestos que no suben de nivel.

Personal Administrativo:

Oficial 1.ª Administrativo. Contabilidad. Economía y Finanzas: 10.

Personal Operario:

Oficial 2.ª Mecánico Mantenimiento Destacado. Mantenimiento: 8.

Respecto al puesto de trabajo de Oficial 2.ª Administrativo. Biblioteca. Museo, hay acuerdo en no valorar el puesto de trabajo por no existir cambio de funciones.

Respecto al puesto de trabajo de Oficial 2.ª Administrativo. Biblioteca. Museo, hay acuerdo en no valorar el puesto de trabajo por no existir cambio de funciones.

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes sin acuerdo en algún factor.

El siguiente puesto de trabajo no se han valorado por no existir acuerdo respecto a si la reclamación presentada implica o no una revisión de la valoración del mismo, según se refleja en las actas diarias:

Operador-Programador de Microinformática. Sistemas de Información.

Según se recoge en el artículo 9.º del vigente Convenio Colectivo, el puesto de trabajo en desacuerdo se someterá a arbitraje, acordándose que sea la Inspección Provincial de Trabajo quien lo lleve a cabo, aceptando ambas representaciones el informe que emita la Inspección. El puesto es:

Operador-Programador de Microinformática. Sistemas de Información.

Varios.

Puestos que se integran en categorías recogidas en Convenio.

Estudiadas las funciones que realiza el Secretario de Nivel Medio, perteneciente al Área de Tarjetas del Departamento de Imprenta, se ha comprobado que se integran en la categoría de Oficial 1.ª Administrativo con inglés (nivel 10).

Estudiadas las funciones que realizan los Secretarios de Nivel Medio del Departamento de la Fábrica de Papel, se ha comprobado que se integran en la categoría de Oficial 1ª Administrativo, no obstante, se les mantendrá su categoría en los términos que se indican en el acta 125 de la Comisión Paritaria.

Estudiadas las funciones que realiza el Oficial 1ª Administrativo con inglés, perteneciente al Área de Productos y Desarrollo del Departamento de la Fábrica de Papel, se ha comprobado que se integran en la categoría de Oficial 1.ª Administrativo con inglés-francés (nivel 10).

Estudiadas las funciones que realizan los Oficial 1.ª Administrativo con inglés, uno perteneciente al Área de Ventas de la Dirección Comercial y otro a la Dirección de Ingeniería, I+D+i y Laboratorios, se ha comprobado que se integran en la categoría de Secretario de Nivel Medio, no obstante se acuerda remitir a la Comisión Paritaria la propuesta de mantener la categoría de Oficial 1.ª Administrativo con inglés a estas dos personas.

Categoría de nueva creación.

Técnico de Análisis y Procesos de Laboratorio.

Almacenero de Documentos de Valor.

Relación de personas y fecha de efectos.

Se hace pública internamente en los centros de trabajo de la FNMT-RCM la relación del personal afectado por la presente revisión y las fechas de aplicación.

Todas las valoraciones serán aplicadas una vez se obtenga la autorización ministerial preceptiva y se publique en el Boletín Oficial del Estado como parte integrante del Convenio Colectivo y con efectos de las fechas de aplicación antes citadas.

Maquinista de tórculo, contado, empaquetado e inutilización de moneda.

Es el operario que, con total conocimiento de las máquinas a su cargo, tiene como misión el torculado y grabado de cantos de discos, empaquetado e inutilización de moneda metálica. Deberá realizar el aprovisionamiento del producto, registro de los datos de control requeridos, alimentación, cambio de útiles, ajuste de los elementos de las máquinas, llevando a cabo las verificaciones establecidas para el producto, atendiendo a los sistemas auxiliares, incluidos los de control y seguridad, y haciendo todos los ajustes precisos al objeto de que el producto cumpla con las condiciones exigidas. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Aprovisionamiento del producto y materias auxiliares, alimentación, programación y preparación de las máquinas. Atención a su correcto funcionamiento durante el proceso resolviendo las interferencias que pudieran producirse y realizando los ajustes necesarios.

Torculado, grabado de cantos, embolsado, encartuchado, retractilado, envasado, empaquetado, apertura de bolsas y cartuchos y desmonetizado de acuerdo con las normas establecidas, siendo el responsable de una correcta calidad y producción.

Comprobación cualitativa y cuantitativa de la producción mediante verificaciones periódicas.

Registro, manualmente o mediante lector de código de barras, de los datos de control requeridos, avisando al Jefe de Equipo de las anomalías detectadas, y cumplimentando todos los impresos que se le requieran relativos a su trabajo.

Realización de los cambios de trabajo, de dados de grabado de cantos y limpieza de todos los elementos de las máquinas y su zona de actuación, así como el entretenimiento y resolución de las pequeñas averías, ayudando al personal de Mantenimiento en las reparaciones siempre que se le requiera.

Ayudante de acuñaciones especiales y empaquetado de moneda.

Es el operario que, con conocimientos elementales de las máquinas asignadas y bajo la supervisión de su inmediato superior, colabora en la acuñación de monedas conmemorativas y medallas. Así mismo lleva a cabo el lavado de cospeles, la apertura de bolsas o cartuchos y el empaquetado de medallas y monedas conmemorativas, realizando su encapsulado, estuchado y empaquetado, manual o mecánico, de acuerdo con las exigencias del producto terminado. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Preparación, regulación y abastecimiento de la máquina limpiadora de cospeles, realizando el control cuantitativo y cualitativo de los mismos.

Aprovisionamiento, preparación, carga y retirada de cospeles en las máquinas que tenga asignadas, colaborando con los Oficiales 1.ª en la preparación y ajuste de las mismas.

Preparación del producto y materiales auxiliares, encapsulado y estuchado manual, comprobando que cada uno de los elementos que componen el conjunto cumpla las condiciones exigidas siendo el responsable de la obtención de una correcta calidad y producción.

Empaquetado, precintado e identificación del producto, comprobando que tanto cuantitativa como cualitativamente responde a las exigencias requeridas.

Alimentación de monedas en máquina de empaquetado automático vigilando la continuidad del flujo de las mismas en la cinta transportadora.

Comprobación de la cantidad, tipo y peso de las bolsas de moneda circulada, soldando y etiquetando las mismas en caso necesario.

Preparación y puesta en marcha de la máquina abridora de bolsas o cartuchos, realizando los ajustes precisos en función del trabajo a realizar, solucionando las incidencias que se produzcan.

Cumplimentación de todos los impresos de control que le sean requeridos relativos a su trabajo.

Ayuda a los Oficiales 1.ª en las tareas que se le asignen, reparación de averías y montaje de recambios, así como al personal de Mantenimiento en las reparaciones siempre que se le requiera. Limpieza de todos los elementos de la máquina y su zona de actuación.

Oficial 1.ª jefe equipo máquina serigrafía-hot stamping.

Es el operario que, con total conocimiento de su profesión y capacidad de coordinación, conduce todo tipo de máquinas de serigrafía y estampación en caliente, debiendo efectuar las preparaciones y ajustes necesarios de todos sus elementos, a fin de realizar cualquier tipo de trabajo según las exigencias de producto terminado. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Preparación del puesto y de las máquinas, aprovisionando y preparando las materias primas y auxiliares, montando y ajustando el bastidor y comprobando la tensión, alineación y limpieza de la pantalla, revisando y comprobando la emulsión. Montaje y ajuste de troqueles de acuerdo con las características de la labor. Asimismo llevará a cabo el enhebrado y empalme de las bobinas. Conexión y ajuste de los sistemas auxiliares incluidos los de control y seguridad.

Puesta en marcha de las máquinas, responsabilizándose de la tirada, resolviendo las incidencias que se produzcan durante la misma y haciendo los ajustes necesarios para la obtención de una correcta calidad y producción.

Conexión del sistema de visión artificial y comprobación del encuadre, realizando los ajustes necesarios.

Extracción de pliegos del sacador verificando la estampación, de acuerdo con las pautas establecidas, realizando las inspecciones y comprobaciones marcadas y cumplimentando los impresos de control y defectos que le sean requeridos.

Formación teórico-práctica del personal a su cargo y coordinación de los operarios de la dotación, asignando y supervisando las labores que se llevan a cabo en las máquinas a su cargo y debiendo sustituir a cualquiera de ellos, en caso necesario, durante los descansos establecidos a lo largo de la jornada.

Realización de todos los informes que le sean requeridos relativos a su trabajo.

Realización de los cambios de trabajo y limpieza de todos los elementos de las máquinas y zona de actuación; así como el entretenimiento de las mismas, rectificando rasquetas y realizando el mantenimiento, engrases y entretenimiento de la máquina rectificadora. Resolución de pequeñas averías ayudando al personal de mantenimiento en las reparaciones siempre que se le requiera.

Técnico de análisis y procesos de laboratorio.

Es el titulado medio o asimilado en la especialidad requerida que, con total conocimiento de su profesión, autonomía y responsabilidad, tiene como misión el análisis de sustancias y comportamiento de materiales o productos mediante las técnicas adecuadas, tanto para la F.N.M.T.–R.C.M. como para empresas externas. Deberá realizar la toma y tratamiento de las muestras, montaje y desmontaje de instrumentos en los casos en los que se requiera, preparación de los ensayos, realización de los mismos mediante las técnicas físicas, químicas o físico-químicas adecuadas e interpretación de resultados, todo ello siguiendo las normas y procedimientos establecidos y utilizando el idioma inglés en caso necesario. Asimismo realizará el desarrollo de nuevos procedimientos de ensayo y seguimiento del sistema de calidad. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Toma y codificación de muestras representativas según las normas establecidas, confeccionando muestras-patrón en caso necesario. Preparación de equipos de medida, muestras, productos, disoluciones, reactivos y otros materiales para su utilización en el análisis.

Selección de la técnica adecuada al tipo de producto y requerimientos del ensayo, preparación, comprobación, calibración y ajuste del equipo tomando las medidas precisas en caso necesario.

Establecimiento de nuevos procedimientos de ensayo o mejora de los existentes, determinando los objetivos y condiciones del mismo y detallando el procedimiento, equipos, método de evaluación, tratamiento matemático y modo de expresión necesarios para la obtención de los resultados en la forma adecuada.

Ejecución del ensayo, comparando los resultados obtenidos, y estudiando las desviaciones que pudieran producirse.

Interpretación de gráficos, realización de los cálculos y tratamiento estadístico apropiados al ensayo, con el fin de expresar los resultados en la forma y unidades requeridas, analizando los resultados, y proponiendo soluciones a los problemas que se planteen.

Calibración de los equipos que tiene a su cargo de acuerdo con el programa establecido, determinando el procedimiento óptimo y realizando las operaciones que se precisen con el fin de determinar la incertidumbre del equipo de medida. Redacción de certificados, gestión del sistema de calibraciones e introducción de datos en el programa informático de que dispone.

Realización de peritaciones para organismos externos, recomponiendo la muestra en caso necesario y ejecutando los ensayos que se precisen para determinar la validez de la misma o detectar posibles falsificaciones.

Realización de ensayos a fin de detectar las posibilidades de manipulación de los productos, homologación de proveedores y control de los ya homologados.

Participación en el seguimiento del sistema de calidad y en las auditorías correspondientes, así como en el programa de comparación interlaboratorios, planteando soluciones a las desviaciones que pudieran producirse.

Estudio de materias primas, auxiliares y productos, con el fin de determinar sus características y proponer posibles soluciones a los problemas que plantee su utilización en los procesos productivos.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo e Inmigración

Resolución de 20 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del segundo semestre de 2007 y al arbitraje realizado por la Inspección Provincial de Trabajo a la valoración del segundo semestre del 2007 de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre- Real Casa de la Moneda.

"Resolución de 20 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del segundo semestre de 2007 y al arbitraje realizado por la Inspección Provincial de Trabajo a la valoración del segundo semestre del 2007 de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre- Real Casa de la Moneda." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2012-116 publicado el 04 enero 2012

ID de la publicación: BOE-A-2012-116
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 04 enero 2012
Fecha Pub: 20120104
Fecha última actualizacion: 4 enero, 2012
Numero BORME 3
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 04 enero 2012
Letra: A
Pagina de inicio: 432
Pagina final: 440




Publicacion oficial en el BOE número 3 - BOE-A-2012-116


Publicacion oficial en el BOE-A-2012-116 de Resolución de 20 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del segundo semestre de 2007 y al arbitraje realizado por la Inspección Provincial de Trabajo a la valoración del segundo semestre del 2007 de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre- Real Casa de la Moneda.


Descargar PDF oficial BOE-A-2012-116 AQUÍ



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