Orden TAS/1855/2005, de 13 de junio, de corrección de errores de la Orden TAS/1700/2005, de 24 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social.





Advertida omisión en el Anexo I «Descripción del proceso selectivo» de la Orden TAS/1700/2005, de 24 de mayo («Boletín Oficial del Estado» núm. 137 del 9 de junio, página 19590), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social, procede publicar nuevamente el Anexo I en su totalidad.

Contenidos de la Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Orden TAS/1855/2005, de 13 de junio, de corrección de errores de la Orden TAS/1700/2005, de 24 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social. del 20050617







Orden del día 17 junio 2005

Advertida omisión en el Anexo I «Descripción del proceso selectivo» de la Orden TAS/1700/2005, de 24 de mayo («Boletín Oficial del Estado» núm. 137 del 9 de junio, página 19590), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social, procede publicar nuevamente el Anexo I en su totalidad.

Esta corrección de errores reabre plazo de presentación de solicitudes contado a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 13 de junio de 2005.-El Ministro, P.D. (O.M. 21.5.96, BOE del 27, y Disposición Adicional sexta del R.D. 1600/2004, de 2 de julio, BOE del 3), la Subsecretaria, Aurora Domínguez González.

1. Fase de oposición

La fase de oposición, cualquiera que sea el sistema de acceso por el que se participe, constará de cinco ejercicios, siendo todos ellos de carácter eliminatorio: Primer ejercicio.-Consistirá en desarrollar por escrito, en el plazo máximo de tres horas, tres temas del Anexo II, «ejercicio primero». Para ello se elegirá, extraído al azar, un tema de cada uno de los apartados de «Estadística y Demografía», «Economía» y «Valoración Financiero-Actuarial». Este primer ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, valorándose la formación general, la claridad y orden de ideas, así como la facilidad de expresión escrita.

Segundo ejercicio.-Consistirá en realizar por escrito una traducción directa del idioma elegido por el aspirante al castellano, sin diccionario, durante el tiempo máximo de una hora, de un texto propuesto por el Tribunal. A continuación cada opositor leerá el texto que ha sido objeto de traducción. Los aspirantes podrán elegir como idioma de la prueba el inglés o el francés. Tercer ejercicio.-Tendrá carácter específico para cada Escala y especialidad. Las Escalas o especialidades a las que podrá optar el opositor en su solicitud de participación son las siguientes:

a) Escala de Actuarios.

b) Escala de Estadísticos y Economistas, especialidad estadística. c) Escala de Estadísticos y Economistas, especialidad economía.

La opción de la Escala o especialidad realizada en la solicitud de participación vincula al opositor, además de para el desarrollo de los temas del tercer ejercicio, para la realización del cuarto ejercicio.

El tercer ejercicio consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de tres temas del Anexo II «ejercicio tercero», correspondientes al temario de la Escala y especialidad elegida. Para ello se extraerán al azar cuatro temas de los que el opositor elegirá tres. El tercer ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, valorándose la formación general, la claridad y orden de ideas, así como la facilidad de expresión escrita. Cuarto ejercicio.-Consistirá en el desarrollo por escrito, en el tiempo máximo de tres horas, de una serie de cuestiones, ejercicios y/o problemas propuestos por el Tribunal, sobre los programas que correspondan a la Escala y especialidad elegida por cada opositor. Se valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico y práctico de las materias expuestas, la capacidad de síntesis y exposición escrita, así como las conclusiones expuestas. Quinto ejercicio.-Consistirá en una exposición oral, en la que los opositores desarrollarán en el plazo máximo de una hora, dos temas del Anexo II, «ejercicio quinto», correspondiendo un tema al programa de «Seguridad Social» y un tema al programa de «Economía de la Seguridad Social y Derecho Constitucional y Administrativo». Para ello se extraerán al azar cuatro temas, dos de cada programa mencionado, debiendo elegir uno de cada programa. En este ejercicio, los aspirantes por promoción interna que pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social estarán exentos de la realización del tema correspondiente al programa de «Seguridad Social». Por tanto, para estos aspirantes, el plazo máximo de duración del ejercicio será de 30 minutos. Todos los opositores dispondrán de un período máximo de treinta minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición podrán utilizar el guión que, en su caso, hayan realizado. Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el opositor durante un período máximo de veinte minutos, sobre aspectos por él expuestos o relacionados con los temas desarrollados. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente manera:

No podrán ser aprobados los opositores que dejen de contestar alguno de los temas en el primer, tercer y quinto ejercicios.

La calificación del primer y tercer ejercicio será de cero a treinta puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen como mínimo quince puntos en cada ejercicio. El aspirante que alcance el 70 por 100 de la puntuación máxima del primer ejercicio y no aprobara la fase de oposición, conservará dicha puntuación y estará exento de realizar tal ejercicio durante el proceso selectivo inmediatamente siguiente, siempre y cuando fuese idéntico en contenido y puntuación y el aspirante se presentase por el mismo sistema de encuadramiento. La calificación del segundo, cuarto y quinto ejercicio será de cero a diez puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen como mínimo cinco puntos en cada ejercicio. La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso

La valoración de los méritos se realizará para los aspirantes participantes por el sistema de promoción interna de la forma siguiente: a) Antigüedad: Se valorarán los servicios efectivos prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Grupo B, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,15 puntos hasta un máximo de un punto y medio.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación: Grado 18 o inferior: 1 punto; y por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,13 puntos, hasta un máximo de dos puntos. c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» dentro de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social, se otorgará la siguiente puntuación: Nivel 18: 1 punto, y por cada unidad de nivel que exceda de 18: 0,13, hasta un máximo de dos puntos. La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Grupo B, siempre que el puesto de origen o el puesto al que se encuentre adscrito provisionalmente pertenezca a la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia para el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería realizar el reingreso, en ambos casos siempre que lo sea a un puesto de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Seguridad Social. La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

3. Curso selectivo

Los aspirantes que superen la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante, debiendo realizar el curso selectivo correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.

El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses, a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista definitiva de aprobados. La duración máxima del curso selectivo será de seis meses. El Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales dictará Resolución para regular su desarrollo y contenido, estableciendo en la misma, la fecha de inicio y lugar de realización. El curso selectivo abarcará los aspectos básicos del Sistema Económico-Financiero, Presupuestario, Actuarial, Estadístico y Demográfico de la Seguridad Social, así como los de carácter complementario necesarios para el desempeño de las funciones propias del Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social. Las materias impartidas se concretarán en la Resolución que a tal efecto dictará el Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales y el sistema de calificación del curso selectivo será de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener, como mínimo, cinco puntos. Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados por el Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en base a los informes emitidos por los responsables de las Unidades en las que se realice el citado curso. Quienes no pudieran realizar el Curso Selectivo o Período de Prácticas por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Valoración final del proceso.-La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada fase y en el curso selectivo.

En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar, teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición del proceso selectivo. Si persistiera el empate a puntos, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación en el cuarto ejercicio. Finalmente, se dirimirá el nuevo empate teniendo en cuenta las puntuaciones obtenidas en el tercero, quinto, primer ejercicio y curso selectivo. De persistir el empate, para los aspirantes de promoción interna, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. Si aún hubiere lugar para ello se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el mérito de antigüedad, grado y trabajo desarrollado, por este orden. Finalmente, se atenderá a la antigüedad total en la Administración, computándose años, meses y días de servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 de 26 de diciembre, al día de publicación de la presente convocatoria. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Orden TAS/1855/2005, de 13 de junio, de corrección de errores de la Orden TAS/1700/2005, de 24 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social.

"Orden TAS/1855/2005, de 13 de junio, de corrección de errores de la Orden TAS/1700/2005, de 24 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-10276 publicado el 17 junio 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-10276
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 17 junio 2005
Fecha Pub: 20050617
Fecha última actualizacion: 17 junio, 2005
Numero BORME 144
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 17 junio 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 20899
Pagina final: 20900




Publicacion oficial en el BOE número 144 - BOE-A-2005-10276


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-10276 de Orden TAS/1855/2005, de 13 de junio, de corrección de errores de la Orden TAS/1700/2005, de 24 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social.


Descargar PDF oficial BOE-A-2005-10276 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *