Orden TAS/2426/2006, de 14 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, especialidad Laboral Marítima.





El artículo 41 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social crea dentro del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social la especialidad Laboral Marítima, disponiendo que en la misma podrá integrarse el personal laboral fijo con categoría de Asesor Técnico Laboral Marítimo, que presta servicios en el Instituto Social de la Marina a través de la participación en las correspondientes pruebas selectivas de acceso a la misma. Posteriormente, la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones acordó con carácter definitivo en 29 de mayo de 2001, la clasificación en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social (Grupo A), especialidad Laboral Marítima, de 45 puestos reservados a funcionarios ocupados por personal laboral fijo, en activo a 1 de enero de 1999, y con la categoría de Asesor Técnico Laboral Marítimo. Dicho número se incrementó en 4 puestos más por Resoluciones de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones de 19 de diciembre de 2001 y 27 de febrero de 2002. Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, especialidad Laboral Marítima, con sujeción a las siguientes:






Orden del día 26 julio 2006

El artículo 41 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social crea dentro del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social la especialidad Laboral Marítima, disponiendo que en la misma podrá integrarse el personal laboral fijo con categoría de Asesor Técnico Laboral Marítimo, que presta servicios en el Instituto Social de la Marina a través de la participación en las correspondientes pruebas selectivas de acceso a la misma. Posteriormente, la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones acordó con carácter definitivo en 29 de mayo de 2001, la clasificación en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social (Grupo A), especialidad Laboral Marítima, de 45 puestos reservados a funcionarios ocupados por personal laboral fijo, en activo a 1 de enero de 1999, y con la categoría de Asesor Técnico Laboral Marítimo. Dicho número se incrementó en 4 puestos más por Resoluciones de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones de 19 de diciembre de 2001 y 27 de febrero de 2002. Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, especialidad Laboral Marítima, con sujeción a las siguientes:

Bases de la Convocatoria

1. Normas Generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 49 plazas en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, especialidad Laboral Marítima, al amparo del artículo 41 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que corresponden a puestos desempeñados por personal laboral que han sido clasificados como reservados a funcionarios.

1.2 Los aspirantes que superen las pruebas selectivas quedarán destinados en los puestos de trabajo de personal funcionario en que sus puestos se hayan reconvertido, y deberán permanecer en los mismos durante un plazo mínimo de dos años, siéndoles de aplicación lo dispuesto en el artículo 20.1.f) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública. Las plazas que queden sin cubrir no podrán ser acumuladas a otros turnos de cualquier otra convocatoria del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. 1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I. 1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo II a esta convocatoria. 1.5 La duración máxima de las fases de concurso y oposición será de seis meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio. Una vez finalizado el último ejercicio de la fase de oposición se hará pública la lista que comprenderá a los aspirantes que lo hayan superado con la valoración de la fase de concurso. Los aspirantes que superen el concurso-oposición serán nombrados funcionarios de carrera. No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. 1.6 La presente convocatoria y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en la siguiente página web: «www.seg-social-es» (Menú: Más información/Oferta pública de empleo).

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las presentes pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Estar en posesión de la titulación Profesional Superior de la Marina Civil o en condiciones de obtenerla a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Pertenecer a la categoría de Asesor Técnico Laboral Marítimo y tener la condición de laboral fijo y en activo en la misma a 1 de enero de 1999. 2.1.2 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. 2.1.3 No haber sido apartado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. 2.1.4 Para poder participar en estas pruebas selectivas, será preceptivo tener la condición de personal laboral fijo con la categoría de Asesor Técnico Laboral Marítimo y ser titular a 1 de enero de 1999 de un puesto de trabajo clasificado por la Comisión Ejecutiva de la Interministerial de Retribuciones (CECIR) como reservado a funcionarios del Instituto Social de la Marina y adscrito al Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, Especialidad Laboral Marítima.

2.2 Los requisitos enumerados en la base 2.1. deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas, «www.map.es» (acceso a través de «Empleo Público» o por «servicios on-line»).

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en el del Instituto Social de la Marina o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, C/ Agustín de Bethencourt, 4, 28071 de Madrid. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de los aspirantes. 3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte y la documentación siguiente:

a) Copia compulsada del contrato suscrito con la Administración o certificación acreditativa de la relación laboral, expedida por la Secretaría General del Instituto Social de la Marina.

b) Certificación de la Secretaría General del Instituto Social de la Marina que acredite que el puesto del que era titular ha sido clasificado por la CECIR como reservado a funcionario y adscrito al Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, especialidad Laboral Marítima, objeto de esta convocatoria. c) Los aspirantes, a efectos de puntuación en la fase de concurso prevista en el punto 1.1. del Anexo I, deberán presentar certificación expedida por la Secretaría General del Instituto Social de la Marina en la que acrediten los extremos contenidos en el citado punto.

3.4 Las instrucciones para cumplimentar la solicitud son las siguientes:

En el recuadro correspondiente al «Ministerio» se consignará «Trabajo y Asuntos Sociales».

En el recuadro correspondiente a «Centro Gestor», se consignará Subsecretaría. Código (19001). En el recuadro correspondiente al año de la convocatoria, se consignará «06». En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, especialidad Laboral Marítima». En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «F». En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio Trabajo y Asuntos Sociales. Instituto Social de la Marina». En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen» se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con minusvalía podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresando en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.5 El importe de la tasa por derechos de examen será de 13,28 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Estarán exentos de pago de la tasa los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificación acreditativa de tal condición, expedida por los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente. 3.6 Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-9002-48-0200000524, de la Sucursal de Paseo de la Castellana, 67, 28046 Madrid a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero. Tasa por derecho a examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. 3.7 La falta de justificación de abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión de los aspirantes. En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud. 3.8 Los errores materiales, de hecho o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante, dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas selectivas. Contra la exclusión definitiva de los aspirantes podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, o directamente, recurso contenciosos-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. 4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes. 5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, antes citada, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria. 5.4 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, C/ Agustín de Bethencourt, 4, 28071 de Madrid. 5.6 El Tribunal tendrá la categoría primera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «U», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 25 de enero de 2006 (BOE del 8 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. 6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.5.

7. Listas de aprobados

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en el lugar de celebración de la última prueba, así como en la sede del Tribunal y en aquéllos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que hayan superado dicha fase, con indicación de la puntuación obtenida y del número de Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

Simultáneamente, y en los mismos lugares, el Tribunal publicará la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso de los aspirantes que hayan superado dicha fase de oposición. Los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha valoración para alegar las rectificaciones pertinentes. 7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes aprobados, con las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios y en la fase de concurso y ordenadas las puntuaciones totales de mayor a menor. Dicha relación se publicará en el Boletín Oficial del Estado mediante resolución de la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales.

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de veinte días naturales desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de aspirantes que hayan superado el concurso-oposición, éstos deberán enviar a la Subdirección General señalada en la base 5.5 los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia compulsada de la credencial que acredite su homologación.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo IV a esta convocatoria.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado y, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1 no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido.

9. Nombramiento de funcionarios de carrera

9.1 Concluido el proceso selectivo los aspirantes que lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, especialidad Laboral Marítima que se publicará en el Boletín Oficial del Estado con indicación del destino adjudicado.

9.2 La toma de posesión de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

10. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la convocatoria.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley.

Madrid, 14 de julio de 2006.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, P.D. (Orden de 4 de diciembre de 2001 y Orden TAS/2268/2006, de 11 de julio), la Subsecretaria de Trabajo y Asuntos Sociales, Aurora Domínguez González.

ANEXO I

1. Descripción del proceso selectivo

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

1.1 Concurso.

1.2 Oposición.

1.1 Concurso: En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán como méritos los servicios efectivos prestados en su condición de personal laboral fijo hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria, así como las pruebas selectivas superadas para acceder a tal condición.

1.2 Oposición: La fase de oposición constará de tres ejercicios obligatorios. Los dos primeros eliminatorios, según se especifica. Primer ejercicio: Consistirá en la exposición oral por el opositor en el plazo máximo de 30 minutos de tres temas, uno de cada uno de los tres grupos del temario, escogidos por este entre dos de cada uno de los tres grupos, extraídos al azar. El opositor dispondrá de 15 minutos previos a la exposición de los tres temas, para prepararlos, sin consultar ningún texto o documento. Durante la exposición podrá utilizar el guión que, en su caso, haya realizado. El orden de exposición de los temas se efectuará a elección del opositor. La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 para tener acceso al segundo ejercicio. Finalizado el ejercicio, se hará pública la lista de aprobados con la puntuación correspondiente, dándose a conocer el lugar, fecha y hora de celebración del segundo ejercicio. Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de un supuesto práctico relacionado con el grupo tercero del temario, que propondrá el Tribunal. Los opositores dispondrán de dos horas para efectuar el ejercicio, que será entregado al Tribunal que los custodiará en un sobre cerrado y con identificación del opositor. Para la realización de este ejercicio los opositores podrán disponer de textos, libros y apuntes que estimen necesarios, aportados por ellos mismos antes del examen. En esta prueba se valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico y práctico de las materias expuestas, la capacidad de síntesis y la facilidad de expresión escrita. La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 para tener acceso al tercer ejercicio. Una vez realizado el ejercicio se anunciará por el Tribunal el lugar, fecha y hora en que se convoca a los opositores para proceder a la lectura en acto público de los ejercicios. Finalizada esta, el Tribunal hará pública en la sede del Organismo y en un plazo máximo de diez días la lista de opositores aprobados, con su puntuación correspondiente. Asimismo se dará publicidad del lugar, fecha y hora en que se convoca a los opositores para el tercer ejercicio. Tercer ejercicio: Consistirá en la traducción escrita de un texto de inglés a español sin diccionario, propuesto por el Tribunal durante el tiempo máximo de 1 hora. El ejercicio se calificará de 0 a 3 puntos y no tendrá carácter eliminatorio.

2. Sistema de calificación

2.1 Fase de concurso.-La valoración de los méritos señalados en el apartado 1.1 de este Anexo se realizará de la forma siguiente: a) Antigüedad: Se otorgará a cada aspirante, por cada año completo de servicios efectivos 0,30 puntos hasta un máximo de 6 puntos.

b) Pruebas selectivas superadas: Se otorgará a cada aspirante por haber superado las pruebas selectivas correspondientes para adquirir la condición de personal laboral fijo como Asesor Técnico Laboral Marítimo hasta un máximo de 4 puntos distinguiendo:

Si ha superado un examen teórico-práctico: 4 puntos.

Si accedió mediante otro sistema: 2 puntos.

En ningún caso podrán acumularse las puntuaciones de ambos tipos de pruebas.

2.2 Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 1.2 de este Anexo. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición. 2.3 Calificación total.-La calificación total de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida en los ejercicios, en el siguiente orden: segundo, primero y tercer ejercicio.

3. Norma complementaria

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

ANEXO II (TEMARIO)

Grupo I

Tema 1. La Unión Europea. Antecedentes y objetivos. Los tratados constitutivos. El proceso de integración de España: Tratados y Acta de Adhesión. El Acta única europea. El Tratado de la Unión Europea.

Tema 2. Las Instituciones de la Unión Europea. El Consejo Europeo. El Consejo de Ministros. La Comisión Europea. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El Comité Económico Social. El Comité de las Regiones. Tema 3. El Derecho Comunitario. Fuentes. Especial referencia al Reglamento Comunitario. El Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. La integración del Derecho Comunitario en el ordenamiento jurídico español. Tema 4. La política social: el Fondo Social Europeo. La cohesión económica y social. La Carta Social de 1989. El Acuerdo sobre Política Social del Tratado de la Unión Europea. Tema 5. La Constitución Española de 1978. Los principios constitucionales. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Los derechos económicos y sociales en la Constitución Española. La protección de los derechos fundamentales. El Defensor del Pueblo. Tema 6. La Corona. Las Cortes Generales. La elaboración de Leyes. El Gobierno, composición y funciones. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. Tema 7. La forma de Estado en la Constitución. Los Estatutos de Autonomía. Organización y competencias de las Comunidades Autónomas. La distribución de competencias entre las Administraciones Públicas. Tema 8. El Ordenamiento Jurídico Administrativo. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Sus clases. Los Tratados Internacionales. El Reglamento. Tema 9. El Procedimiento Administrativo: Concepto y naturaleza. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del proceso administrativo. Tema 10. La Competencia administrativa. Delegación de competencias, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia. Abstención y recusación. Tema 11. El acto administrativo: concepto y clases. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión, anulación y revocación. Tema 12. Los recursos administrativos: concepto y clases. Recursos de alzada, reposición y extraordinario de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa. Tema 13. La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. La responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Tema 14. La Administración General del Estado. Los Ministerios. Los Órganos Territoriales de la Administración General del Estado. Los Delegados y Subdelegados del Gobierno. La Administración General del Estado en el exterior. Tema 15. El personal al servicio de la Administración Pública: concepto y clases. Selección, adquisición y pérdida de la condición de empleado público. Situaciones administrativas. Régimen de incompatibilidades.

Grupo II

Tema 16. El Derecho del Trabajo: Concepto. Las fuentes del Derecho del Trabajo. Los Convenios Colectivos.

Tema 17. El contrato de trabajo. Objeto y causa del contrato de trabajo. Las relaciones de trabajo especiales. Nacimiento del contrato de trabajo. La forma del contrato de trabajo. Modalidades de contratación. Tema 18. El Derecho del Trabajo en la Marina Mercante y en la Pesca. El marco internacional en las relaciones de trabajo en la mar. El contrato de embarque. Tema 19. Las prestaciones del contrato de trabajo. El lugar de la prestación. El salario. Salario Mínimo Interprofesional. Liquidaciones y pago del salario. El Fondo de Garantía Salarial. Movilidad funcional y geográfica. Tema 20. La suspensión del contrato de trabajo. Incapacidad Temporal. Maternidad. Riesgo durante el embarazo. Adopción y acogimiento. Privación de libertad. Excedencias. Tema 21. Extinción del contrato de trabajo. Causas. El despido disciplinario: concepto, naturaleza y causas. Forma, lugar y tiempo del despido. La revisión del despido disciplinario: nulidad e improcedencia. Despidos objetivos y despidos colectivos. Tema 22. Políticas de Igualdad de Género. Normativa vigente. Tema 23. Órganos de la Jurisdicción del Orden Social. Su organización y competencias. El procedimiento laboral: capacidad, legitimación y representación de las partes. La conciliación y la vía administrativa previa. El proceso ordinario. El previo en materia de despido. El proceso en conflictos colectivos. Los recursos de Suplicación y Casación. Tema 24. El Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 1994. Ámbito subjetivo de aplicación del Régimen General, inclusiones y exclusiones. Extranjeros. Españoles no residentes en territorio nacional. Tema 25. El Régimen General. Inscripción de empresas. Afiliación, altas y bajas. El Convenio Especial y otras situaciones asimiladas a la de alta. Cotización y gestión recaudatoria. Tema 26. La Acción protectora: contenido y clasificación de las prestaciones. Caracteres de las prestaciones. Régimen de incompatibilidades. Prescripción. Caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas. Pensiones mínimas y mejoras voluntarias. Tema 27. La incapacidad temporal: concepto, beneficiarios, duración y cuantía de la prestación; nacimiento y extinción del derecho, pago de la prestación. Peculiaridades de la incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales. La protección por maternidad y riesgo durante el embarazo. Tema 28. La protección por incapacidad. Clases y grados de incapacidad. Nacimiento, duración y extinción. Cuantía. Particularidades en caso de accidente y enfermedad profesional. Tema 29. La protección por vejez. Hecho causante. Cuantía de la prestación. Incompatibilidad en el trabajo, suspensión y extinción de jubilación. Fórmulas de jubilación gradual y flexible. Tema 30. La prestación por desempleo. Beneficiarios. Requisitos para el nacimiento del derecho. Contenido, duración, cuantía, suspensión y extinción del derecho. Tema 31. El subsidio por desempleo. Modalidades y beneficiarios. Requisitos para el nacimiento del derecho. Contenido, duración, cuantía, suspensión y extinción del derecho. Tema 32. El Régimen Especial de Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Acción protectora. Tema 33. El Régimen Especial de Seguridad Social de los Trabajadores del Mar; empresas pesqueras conjuntas, sociedades de estiba, convenios especiales para marinos emigrantes y los inmigrantes en buques españoles. Tema 34. Las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. Especial referencia al Instituto Social de la Marina. Organización y funciones.

Grupo III

Tema 35. La Formación Ocupacional Marítima.

Tema 36. La Prevención de riesgos laborales. Marco Jurídico. La organización de la prevención en la empresa: los servicios de prevención. Los derechos de consulta y participación de los trabajadores. Delegados de prevención. Comités de Seguridad y Salud. Tema 37. Las obligaciones del empresario en materia de Seguridad y Salud en el trabajo. Contenido del deber de Seguridad. La integración de la prevención, la evaluación de riesgos y la planificación preventiva. Los deberes de información, formación y vigilancia de la salud. La actuación en caso de riesgo grave e inminente y medidas de emergencia. Tema 38. El sistema de responsabilidad en materia de prevención de riesgos laborales. Las responsabilidades empresariales: penal, administrativa, civil y de seguridad social. Las responsabilidades de los trabajadores. Las responsabilidades de los servicios de prevención ajenos a la empresa. Tema 39. Análisis de las condiciones de trabajo a bordo de los buques. Identificación y evaluación de riesgos laborales en los buques mercantes y pesqueros. La seguridad en el trabajo a bordo de los buques, en relación con la composición y formación de la tripulación. Tema 40. La investigación de accidentes. Criterios de actuación y procedimiento de elaboración de informes de accidentes marítimos. Tema 41. La Administración Marítima Española. La Dirección General de la Marina Mercante. La Secretaría General de Pesca Marítima. Organismos de las CC.AA. Puertos del Estado. Autoridades Portuarias. Tema 42. Ley 27/1992, de 24 de noviembre de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y enmiendas introducidas por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre: Objeto de la Ley. Puertos e instalaciones marítimas. Autoridad Portuaria. Capitanías Marítimas: clases y funciones. Tema 43. Registro de buques. Procedimiento y documentación para la matriculación y abanderamiento de los buques: registro ordinario y especial. Registro de empresas. Tema 44. Despacho de buques. Concepto. Documentación y formalización de los despachos de buques, de los enroles y desenroles. Tripulaciones mínimas. Tema 45. Personas que intervienen en el tráfico marítimo: El Capitán: estudio de su figura institucional. Despido del capitán con mando. Armadores y navieros: concepto, clases y requisitos. Consignatario de buques. Despacho de buques: concepto. Rol de despacho y dotación. Documentos que deben presentarse con el rol para obtener los despachos. Despachos especiales para buques pesqueros: Licencias de pesca. Despachos especiales para buques de recreo: Licencias de navegación. Despachos especiales para el transporte de mercancías peligrosas y perecederas. Tema 46. Inspección de buques y embarcaciones. La función inspectora por el Estado de Bandera. La función inspectora por el Estado Rector del Puerto. Tema 47. La Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima. Naturaleza. Objeto y funciones de la Sociedad Estatal de Salvamento. Relación entre la Sociedad y la Dirección General de la Marina Mercante. Plan Nacional de Salvamento 2002/2006. Tema 48. Normativa Nacional sobre Titulaciones Profesionales. Títulos Profesionales de la Marina Mercante (R.D. 206/81). Real decreto 930/98, sobre condiciones generales de idoneidad y titulación de determinadas profesiones de la Marina Mercante y del sector pesquero. Real Decreto 2062/99, por el que se regula el nivel mínimo de formación en profesiones marítimas. Tema 49. Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente del Mar 1978/95 (STCW 78/95). Estructura. Generalidades. Títulos y Refrendos. Tema 50. Caladeros de los buques españoles. Tema 51. Política pesquera de la U.E. Empresas mixtas. Tema 52. Organizaciones pesqueras internacionales Tema 53. Política de Transporte Marítimo de la U.E. Tema 54. Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de Montego Bay, 1982. Alcance. El mar territorial. Límites del mar territorial. Paso inocente por el mar territorial. La zona contigua. La zona económica exclusiva. Mares archipelágicos. Tema 55. Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS 74/78). Generalidades. Estructura del Convenio. Prescripciones relativas a los buques y a los dispositivos de salvamento. Tema 56. MARPOL. Generalidades. Plan de emergencia a bordo en caso de contaminación por hidrocarburos. Tema 57. Código Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG). Tema 58. Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM). Servicios de Búsqueda y Salvamento Marítimo OMI-OACI (IAMSAR 1999). Sistema INMARSAT. Radiobalizas de localización de siniestros. Tema 59. Código ISPS.

ANEXO III Tribunal Titular

Presidente: Don Luis Casqueiro Barreiro, perteneciente al Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. Vocales:

Don Jesús Muela Merino, perteneciente al Cuerpo Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social.

Doña M.ª José Relinque Eleta, perteneciente al Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. Doña Ana Rosa Martínez de Diego, perteneciente al Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. Doña Rocío Blanco Eguren, perteneciente al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. Doña M.ª Concepción Gavarrón Casado, perteneciente al Cuerpo Técnico, a extinguir (Real Decreto-Ley 23/1977).

Secretario: Don F. Javier Díez Martín, perteneciente al Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Tribunal Suplente

Presidente: Don José M.ª Pérez Toribio, perteneciente al Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Vocales:

Doña Elena Martínez Carqués, perteneciente al Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.

Doña M.ª Dolores González Aliaga, perteneciente al Cuerpo Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social. Don Frutos Blanco Sánchez, perteneciente de la Escala Técnica a extinguir de la Administración de la Seguridad Social. Don Jaime Manuel Valdés, perteneciente al Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. Don J. Ramón de la Fuente Arteagabeitia, perteneciente a la Escala Técnica de Facultativos Superiores de OO.AA.

Secretaria: Doña Carmen Parrondo Fuente, perteneciente al Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

Don/Doña ...........................................................................,con domicilio en ...........................................................................y Documento Nacional de Identidad número ................................. Declara bajo juramento/promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, especialidad Laboral Marítima, que no ha sido separado de servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En ......................................., a ...... de ............ 2006.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Orden TAS/2426/2006, de 14 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, especialidad Laboral Marítima.

"Orden TAS/2426/2006, de 14 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, especialidad Laboral Marítima." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-13481 publicado el 26 julio 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-13481
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 26 julio 2006
Fecha Pub: 20060726
Fecha última actualizacion: 26 julio, 2006
Numero BORME 177
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 26 julio 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 28046
Pagina final: 28050




Publicacion oficial en el BOE número 177 - BOE-A-2006-13481


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-13481 de Orden TAS/2426/2006, de 14 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, especialidad Laboral Marítima.


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-13481 AQUÍ



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