Resolución de 11 de abril de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de acción para las personas mayores.





Suscrito Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración suscrito entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, a través de la Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de Acción para las Personas Mayores, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Contenidos de la Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Resolución de 11 de abril de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de acción para las personas mayores. del 20080428







Orden del día 28 abril 2008

Suscrito Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración suscrito entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, a través de la Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de Acción para las Personas Mayores, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de abril de 2008.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Esteban Rodríguez Vera.

Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración suscrito entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, a través de la Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de Acción para las Personas Mayores

En Madrid, a 20 de noviembre de 2007.

REUNIDOS

De una parte, don Jesús Caldera Sánchez-Capitán, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril (BOE número 94, del 18), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del día 14), según redacción dada a la misma por el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y, de otra parte, la Honorable señora doña Josefina Santiago Rodríguez, Consejera de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en virtud del Decreto 10/2007 de 6 de julio (BOIB número 101), en nombre y representación del Presidente del Gobierno de Baleares, de acuerdo con la delegación conferida por Decreto 25/2003, de 24 de noviembre, del Presidente de mediante el cual se delega en los titulares de las consejerías la firma de convenios de colaboración y acuerdos de cooperación. (BOIB número 166, de 29 de noviembre de 2003). Ambas partes reconociéndose mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears suscribieron, el 15 de diciembre de 1997, un Convenio de colaboración para la cofinanciación de Programas del Plan Gerontológico a través de proyectos específicos del Plan Gerontológico, hoy denominado Plan de Acción para las Personas Mayores.

Segundo.-Que, por un lado, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución de 1978 y los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril, de reestructuración de Departamentos ministeriales, y 1600/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que asume las competencias del extinguido Ministerio de Asuntos Sociales; y, por otro, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero; 9/1994 de 24 de marzo, y 3/1999, de 8 de enero, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales. Que, en la Ley 42/2006, de 28 de diciembre de 2006, de Presupuestos Generales del Estado para el 2007, y en la Ley 24/2006, de 27 de diciembre, (BOIB número 188, del 30), de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de para el ejercicio 2007, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines. Tercero.-Que el Convenio citado, suscrito en 1997, establece en su cláusula décima la prórroga automática del mismo para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes. Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las previsiones presupuestarias que se establezcan. Quinto.-Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo anual suscrito, en su caso, el pasado ejercicio para estos fines, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria y en el correspondiente Acuerdo anual del Consejo de Ministros. Sexto.-Que, habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio suscrito antes citado, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2007 (BOE número 72, de 24 de marzo), la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al presente ejercicio 2007, procede instrumentarla a través del presente Protocolo anual adicional, junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y aprobados asimismo, a efectos de la financiación conjunta. Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y a la cláusula décima del Convenio de colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 15 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo anual adicional el cual se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.-La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears incorporan al Convenio de colaboración suscrito el 15 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante el anexo del presente Protocolo.

La duración de este Protocolo anual adicional se establece por un año desde la firma del mismo. Segunda.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el presente ejercicio de 2007, aporta como participación en la financiación de los distintos programas y proyectos del presente Protocolo la cantidad total de un millón cuatrocientos nueve mil ciento veintitrés euros (1.409.123,00 €), de acuerdo con la distribución siguiente por conceptos y aplicaciones:

1. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de Acción para las Personas Mayores.

Aplicación económica: 19.04.231F.452. Importe: cuatrocientos noventa y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro euros (496.854,00 €). 2. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias. Aplicación económica: 19.04.231F.457. Importe: ciento veintidós mil seiscientos dieciocho euros (122.618,00 €). 3. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de Acción para las Personas Mayores. Aplicación económica: 19.04.231F.750. Importe: cuatrocientos cincuenta y ocho mil ciento noventa y cinco euros (458.195,00 €). 4. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias. Aplicación económica: 19.04.231F.751. Importe: noventa y siete mil cuatrocientos ochenta y siete euros (97.487,00 €). 5. Programa de atención a las personas con dependencia severa o moderada. Aplicación económica: 19.04.231F.452. Importe: doscientos treinta y tres mil novecientos sesenta y nueve euros (233.969,00 €).

La Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 % del importe de los proyectos.

En este sentido, la aportación total de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y, en su caso, las Corporaciones Locales, para los distintos programas, proyectos y servicios, es de ocho millones veinticuatro mil trescientos sesenta y cuatro euros con noventa y tres (8.024.364,93 €), cuya distribución, por conceptos y según las aplicaciones económicas enumeradas en términos de los Presupuestos Generales del Estado, son las siguientes:

1. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de Acción para las Personas Mayores.

Aplicación económica: 19.04.231F.452. Importe: cuatro millones cuatrocientos noventa y tres mil ciento veintitrés euros con veintitrés (4.493.123,23 €). 2. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias. Aplicación económica: 19.04.231F.457. Importe: un millón sesenta y siete mil cuatrocientos setenta y ocho euros con diez (1.067.478,10 €). 3. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de Acción para las Personas Mayores. Aplicación económica: 19.04.231F.750. Importe un millón setecientos setenta y un mil ochocientos treinta y cinco euros con cuarenta y seis (1.771.835,46 €). 4. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias. Aplicación económica: 19.04.231F.751. Importe: cuatrocientos veinticinco mil ochocientos noventa y siete euros con catorce (425.897,14 €). 5. Programa de atención a personas con dependencia severa o moderada. Aplicación económica: 19.04.231F.452. Importe: doscientos sesenta y seis mil treinta y uno euros (266.031,00 €).

Tercera.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del presente ejercicio económico 2007, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el Anexo adjunto.

Cuarta.-La vigencia y aplicación del presente Protocolo Anual es de un año a partir de la firma, no obstante, en lo no previsto en el citado Protocolo anual será de aplicación lo establecido en el convenio firmado en el año 1997 entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Quinta.-La naturaleza de este Protocolo anual es administrativa, por lo que la competencia para conocer de las controversias, a que la ejecución de dicho Protocolo pudiera dar lugar, corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y, en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo anual adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, P. D. (Orden comunicada del 14 de marzo de 2007), la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, María Amparo Valcarce García.-Por la Comunidad Autónoma de Illes Balears, la Consejera de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración, Josefina Santiago Rodríguez.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Resolución de 11 de abril de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de acción para las personas mayores.

"Resolución de 11 de abril de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de acción para las personas mayores." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2008-7500 publicado el 28 abril 2008

ID de la publicación: BOE-A-2008-7500
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 28 abril 2008
Fecha Pub: 20080428
Fecha última actualizacion: 28 abril, 2008
Numero BORME 102
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 28 abril 2008
Letra: A
Pagina de inicio: 21778
Pagina final: 21781




Publicacion oficial en el BOE número 102 - BOE-A-2008-7500


Publicacion oficial en el BOE-A-2008-7500 de Resolución de 11 de abril de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de acción para las personas mayores.


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