Resolución de 11 de noviembre de 2005, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se establecen plazos especiales para el ingreso de las diferencias resultantes de la aplicación de la Orden TAS/3552/2005, de 10 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2005, las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el régimen especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.





La Orden TAS/3552/2005, de 10 de noviembre, por la que se fijan las bases normalizadas de cotización, por contingencias comunes, aplicables en 2005 en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, autoriza, a través de su disposición adicional, a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social a fijar plazos especiales para el ingreso de las diferencias que resulten de la aplicación de las bases que se establecen en la Orden mencionada, respecto de aquellas por las que se ha venido cotizando durante el ejercicio 2005. En su virtud, esta Secretaría de Estado resuelve:

Contenidos de la Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Resolución de 11 de noviembre de 2005, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se establecen plazos especiales para el ingreso de las diferencias resultantes de la aplicación de la Orden TAS/3552/2005, de 10 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2005, las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el régimen especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón. del 20051124







Orden del día 24 noviembre 2005

La Orden TAS/3552/2005, de 10 de noviembre, por la que se fijan las bases normalizadas de cotización, por contingencias comunes, aplicables en 2005 en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, autoriza, a través de su disposición adicional, a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social a fijar plazos especiales para el ingreso de las diferencias que resulten de la aplicación de las bases que se establecen en la Orden mencionada, respecto de aquellas por las que se ha venido cotizando durante el ejercicio 2005. En su virtud, esta Secretaría de Estado resuelve:

Las diferencias de cotización resultantes de la aplicación de lo dispuesto en la Orden TAS/3552/2005, de 10 de noviembre, respecto de aquellas por las que se ha venido cotizando en el ejercicio 2005, podrán ser ingresadas por las empresas en los plazos y en la forma que a continuación se expresan: a) En el plazo que finalizará el último día del mes de marzo del año 2006, las diferencias de cotización correspondientes a los meses de enero a abril de 2005, ambos inclusive.

b) En el plazo que finalizará el último día del mes de mayo del año 2006, las diferencias de cotización correspondientes a los meses de mayo a agosto de 2005, ambos inclusive.

Madrid, 11 de noviembre de 2005.-El Secretario de Estado, Octavio Granado Martínez.

Sres. Director general de Ordenación de la Seguridad Social y Director general de la Tesorería General de la Seguridad Social.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Resolución de 11 de noviembre de 2005, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se establecen plazos especiales para el ingreso de las diferencias resultantes de la aplicación de la Orden TAS/3552/2005, de 10 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2005, las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el régimen especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.

"Resolución de 11 de noviembre de 2005, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se establecen plazos especiales para el ingreso de las diferencias resultantes de la aplicación de la Orden TAS/3552/2005, de 10 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2005, las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el régimen especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-19326 publicado el 24 noviembre 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-19326
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 24 noviembre 2005
Fecha Pub: 20051124
Fecha última actualizacion: 24 noviembre, 2005
Numero BORME 281
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 24 noviembre 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 38607
Pagina final: 38607




Publicacion oficial en el BOE número 281 - BOE-A-2005-19326


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-19326 de Resolución de 11 de noviembre de 2005, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se establecen plazos especiales para el ingreso de las diferencias resultantes de la aplicación de la Orden TAS/3552/2005, de 10 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2005, las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el régimen especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.


Descargar PDF oficial BOE-A-2005-19326 AQUÍ



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