Resolución de 13 de febrero de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la tabla salarial definitiva para el año 2007 del Convenio colectivo básico de ámbito estatal para la fabricación de conservas vegetales.





Visto el texto del acta de fecha 30 de enero de 2008, donde se recogen los acuerdos referentes a la tabla salarial definitiva para el año 2007 del Convenio Colectivo Básico de ámbito estatal para la Fabricación de Conservas Vegetales (B.O.E. 2-9-2005) (código de Convenio n.º 9901305), que fue suscrita, de una parte, por la Federación Nacional de Asociaciones de la Industria de Conservas Vegetales (FNACV) y la Agrupación Española de Fabricantes de Conservas Vegetales (AGRUCON), en representación de las empresas del sector, y de otra, por las Centrales Sindicales UGT y CC.OO. en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:






Orden del día 27 febrero 2008

Visto el texto del acta de fecha 30 de enero de 2008, donde se recogen los acuerdos referentes a la tabla salarial definitiva para el año 2007 del Convenio Colectivo Básico de ámbito estatal para la Fabricación de Conservas Vegetales (B.O.E. 2-9-2005) (código de Convenio n.º 9901305), que fue suscrita, de una parte, por la Federación Nacional de Asociaciones de la Industria de Conservas Vegetales (FNACV) y la Agrupación Española de Fabricantes de Conservas Vegetales (AGRUCON), en representación de las empresas del sector, y de otra, por las Centrales Sindicales UGT y CC.OO. en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Están presentes:

Por la Federación Agroalimentaria de UGT, Avda. de América, 25-3.º, 28002 Madrid: D. Sebastián Serena Expósito

Por la Federación Agroalimentaria de CC.OO., plaza Cristino Martos, número 4-3.ª, 28015 Madrid: D. Ángel Soler Madrid Por Federación Nacional de Asociaciones de la Industria de Conservas Vegetales (FNACV), calle Princesa, 24-2.º, 28008 Madrid: D. Arturo Díez del Río, D.ª Ana Romero Crespo, D. Ricardo Ruiz Moreno y D. José M.ª Arregui Zamorano. Por Agrupación Española de Fabricantes de Conservas Vegetales (AGRUCON), calle Castelló, 117, apartamento 550, 28006 Madrid: D. Carlos Gervás Gómez-Navarro.

Y acuerdan: 1.º Aprobar y firmar la tabla salarial definitiva a 31 de diciembre de 2007 del Convenio Básico, de ámbito estatal, para la Fabricación de Conservas Vegetales, que se adjunta al acta (tabla definitiva 2006 + 4,2%).

2.º Facultar a la representación de la FNACV para que realice las gestiones oportunas para el registro de dichas tablas salariales en la oficina pública correspondiente y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, firman en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

En el salario hora global está incluido el 66,67 por 100 de todas las partes proporcionales correspondientes a domingos, en su caso, sábados, festivos, vacaciones, gratificaciones extraordinarias y 30 días de premio de permanencia. La cotización a la Seguridad Social se efectuará por el salario hora global. Se suprimen los niveles salariales 1.15 y 2.15. Los operarios que hasta ahora integraban los niveles salariales 1.15 y 2.15 pasarán a los niveles salariales 1.14 y 2.14. En caso de existir trabajadores fijos discontinuos o eventuales en los niveles 2.1 a 2.7 cobrarán también, como los demás, por hora de trabajo efectivo. El valor de la hora se obtendrá dividiendo el salario anual de los niveles 1.1 a 1.7 entre las horas anuales de jornada.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Resolución de 13 de febrero de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la tabla salarial definitiva para el año 2007 del Convenio colectivo básico de ámbito estatal para la fabricación de conservas vegetales.

"Resolución de 13 de febrero de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la tabla salarial definitiva para el año 2007 del Convenio colectivo básico de ámbito estatal para la fabricación de conservas vegetales." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2008-3700 publicado el 27 febrero 2008

ID de la publicación: BOE-A-2008-3700
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 27 febrero 2008
Fecha Pub: 20080227
Fecha última actualizacion: 27 febrero, 2008
Numero BORME 50
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 27 febrero 2008
Letra: A
Pagina de inicio: 11805
Pagina final: 11805




Publicacion oficial en el BOE número 50 - BOE-A-2008-3700


Publicacion oficial en el BOE-A-2008-3700 de Resolución de 13 de febrero de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la tabla salarial definitiva para el año 2007 del Convenio colectivo básico de ámbito estatal para la fabricación de conservas vegetales.


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