Resolución de 13 de marzo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo Anual Adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de Acción para las Personas Mayores.





Suscrito el Protocolo Anual Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Vivienda y Bienestar Social, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de Acción para las Personas Mayores, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como Anexo de esta Resolución.

Contenidos de la Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Resolución de 13 de marzo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo Anual Adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de Acción para las Personas Mayores. del 20070329







Orden del día 29 marzo 2007

Suscrito el Protocolo Anual Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Vivienda y Bienestar Social, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de Acción para las Personas Mayores, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 13 de marzo de 2007.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Esteban Rodríguez Vera.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2006.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Señor don Jesús Caldera Sánchez-Capitán, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004 de 17 de abril (BOE n.º 94 de 18 de abril de 2004), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 14), según redacción dada a la misma por el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, la Excma. Sra. doña Laura González Álvarez, Consejera de Vivienda y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, nombrada por Decreto 10/2003, de 7 de julio (B.O.P.A. n.º 157, de 8 de julio de 2003) en nombre y representación de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ambas partes, reconociéndose mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias suscribieron, el 9 de diciembre 1997, un Convenio de colaboración para la cofinanciación de Programas del Plan Gerontológico a través de proyectos específicos del Plan Gerontológico, hoy denominado Plan de Acción para las Personas Mayores.

Segundo.-Que, por un lado, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución de 1978 y los Reales Decretos 553/2004, de 17 de Abril, de reestructuración de Departamentos ministeriales, y 1600/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que asume las competencias del extinguido Ministerio de Asuntos Sociales; y, por otro, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 7/1981 de 30 de diciembre, 1/1994 de 24 de marzo y 1/1999 de 5 de enero, que aprueba y reforma el Estatuto de Autonomía de la misma; tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales. Que, en la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006; y en la Ley 6/2005 de 29 de diciembre de Presupuestos de la C.A. del Principado de Asturias para el año 2006 (BOPA de 31 de diciembre de 2005) se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines. Tercero.-Que el Convenio citado, suscrito en 1997, establece en su cláusula décima la prórroga automática del mismo para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes. Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes Anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la C.A. del Principado de Asturias y las previsiones presupuestarias que se establezcan. Quinto.-Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo Anual suscrito, en su caso, el pasado ejercicio para estos fines, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria y en el correspondiente Acuerdo Anual del Consejo de Ministros. Sexto.-Que, habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio suscrito antes citado, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de Abril de 2006, (BOE n.º 122 de 23 de mayo de 2006), la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al presente ejercicio 2006, procede instrumentarla a través del presente Protocolo Anual Adicional, junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y aprobados asimismo, a efectos de la financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y a la cláusula décima del Convenio de colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 9 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, ambas partes, acuerdan suscribir el presente Protocolo Anual Adicional, el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias incorporan al Convenio de Colaboración suscrito el 9 de diciembre 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante el Anexo del presente Protocolo.

La duración de este Protocolo Anual Adicional se establece por un año desde la firma del mismo. Segunda.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el presente ejercicio de 2006, aporta como participación en la financiación de los distintos programas y proyectos del presente Protocolo la cantidad total de dos millones cuatrocientos treinta y un mil seis euros (2.431.006,00 €.), de acuerdo con la distribución siguiente por conceptos y aplicaciones:

1. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de Acción para las Personas Mayores.

Aplicación económica: 19.04.231F.452. Importe: un millón cuatrocientos sesenta y seis mil seiscientos ochenta y cuatro euros (1.466.684,00 €). 2. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias. Aplicación económica: 19.04.231F.457. Importe: ciento ochenta y dos mil setecientos catorce euros (182.714,00 €). 3. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de Acción para las Personas Mayores. Aplicación económica: 19.04.231F.750. Importe: seiscientos cuarenta y tres mil cuatrocientos veintidós euros (643.422,00 €). 4. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias. Aplicación económica: 19.04.231F.751. Importe: ciento treinta y ocho mil ciento ochenta y seis euros (138.186,00 €).

La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 % del importe de los proyectos.

En este sentido, la aportación total de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para los distintos programas, proyectos y servicios, es de dos millones cuatrocientos treinta y un mil seis euros (2.431.006,00 €) cuya distribución, por conceptos y según las aplicaciones económicas enumeradas en términos de los Presupuestos Generales del Estado, son las siguientes:

1. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de Acción para las Personas Mayores.

Aplicación económica: 19.04.231F.452. Importe: un millón cuatrocientos sesenta y seis mil seiscientos ochenta y cuatro euros (1.466.684,00 €). 2. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias. Aplicación económica: 19.04.231F.457. Importe: ciento ochenta y dos mil setecientos catorce euros (182.714,00 €). 3. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de Acción para las Personas Mayores. Aplicación económica: 19.04.231F.750. Importe: seiscientos cuarenta y tres mil cuatrocientos veintidós euros (643.422,00 €). 4. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias. Aplicación económica: 19.04.231F.751. Importe: cientos treinta y ocho mil ciento ochenta y seis euros (138.186,00 €).

Tercera.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del presente ejercicio económico 2006, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el Anexo adjunto.

Cuarta.-La vigencia y aplicación del presente Protocolo Anual es de un año a partir de la firma, no obstante, en lo no previsto en el citado Protocolo Anual será de aplicación lo establecido en el convenio firmado en el año 1997 entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Quinta.-La naturaleza de este Protocolo Anual es administrativa, por lo que la competencia para conocer de las controversias, a que la ejecución de dicho Protocolo pudiera dar lugar, corresponde a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Anual Adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, P. O. (Orden comunicada de 27 de abril de 2006), la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, M.ª Amparo Valcarce García.-Por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, la Consejera de Vivienda y Bienestar Social, Laura González Álvarez.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Resolución de 13 de marzo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo Anual Adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de Acción para las Personas Mayores.

"Resolución de 13 de marzo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo Anual Adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de Acción para las Personas Mayores." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-6700 publicado el 29 marzo 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-6700
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 29 marzo 2007
Fecha Pub: 20070329
Fecha última actualizacion: 29 marzo, 2007
Numero BORME 76
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 29 marzo 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 13830
Pagina final: 13831




Publicacion oficial en el BOE número 76 - BOE-A-2007-6700


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-6700 de Resolución de 13 de marzo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo Anual Adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de Acción para las Personas Mayores.


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