Resolución de 24 de marzo de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial definitiva de 2007 y las tablas salariales provisionales de 2008, del Convenio colectivo para las empresas y trabajadores de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia.





Visto el texto de la revisión salarial definitiva para el año 2007 y de las tablas salariales provisionales para el 2008 del Convenio Colectivo para las empresas y trabajadores de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancia (Código de Convenio n.º 9900305), publicado en el BOE de 16-11-2007, que fueron suscritas con fecha 19 de febrero de 2008 por la Comisión Paritaria del Convenio, en la que están integradas las asociaciones empresariales Anea, Sanitrans y Adema, y las organizaciones sindicales UGT y CC.OO. firmantes de dicho Convenio Colectivo en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:






Orden del día 07 abril 2008

Visto el texto de la revisión salarial definitiva para el año 2007 y de las tablas salariales provisionales para el 2008 del Convenio Colectivo para las empresas y trabajadores de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancia (Código de Convenio n.º 9900305), publicado en el BOE de 16-11-2007, que fueron suscritas con fecha 19 de febrero de 2008 por la Comisión Paritaria del Convenio, en la que están integradas las asociaciones empresariales Anea, Sanitrans y Adema, y las organizaciones sindicales UGT y CC.OO. firmantes de dicho Convenio Colectivo en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de las citadas revisión salarial y tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 24 de marzo de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE CONSTITUCIÓN LA COMISIÓN MIXTA PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS EMPRESAS DEL TRANSPORTE DE ENFERMOS Y ACCIDENTADOS EN AMBULANCIA Y REVISIÓN SALARIAL DE LAS TABLAS DEL AÑO 2007, ASÍ COMO APROBACIÓN DE LAS TABLAS PROVISIONALES PARA EL AÑO 2008

En Madrid, siendo las 18.00 horas del día 19 de febrero del 2008, se reúnen en la sede de UGT, sita en la Avenida de América, 25, 8.ª planta, las personas que a continuación se relacionan, al objeto de constituir la Comisión Mixta Paritaria y proceder a la revisión salarial de las tablas del año 2007, fijando igualmente las tablas salariales provisionales para el año 2008 todo ello del Convenio Colectivo Estatal del transporte de Enfermos y Accidentados en ambulancias.

Asistentes: UGT: Fernando Fernández Calvo.

Rosa Palomar Cepa. (Asesora). Manuel Aitor González Anta. Fernando Llera Parajón.

ANEA:

Miguel Ángel Martínez del Castillo.

Luis Javier Cabrejas López. Juan de Dios Pastor Cano. Manuel Quevedo González.

CC.OO: Francisco Masa García

Mario Galvan Vera. David Fernández Cora.

SANITRANS:

Ascensión Martín Asenjo.(Asesora).

Carlos Magdaleno Fernández.

ADEMA:

Antonio Osuna Moreno.

Se inicia la reunión, procediendo a la constitución de la Comisión Mixta Paritaria en cumplimiento con lo establecido en el art. 22 del Convenio Colectivo vigente quedando la composición con 4 miembros de la patronal ANEA, 1 de SANITRANS y 1 de ADEMA y por la representación sindical, 3 de UGT y 3 de CC.OO, más los asesores que las partes estimen y designando como secretario para esta reunión a D. Fernando Fernández Calvo, siendo aprobado por unanimidad de los asistentes.

Una vez constituida la citada Comisión Mixta Paritaria, se procede a la revisión de las tablas salariales del año 2007 en función de lo establecido en el Convenio Colectivo en la Disposición Transitoria cuarta, teniendo en cuenta el 2% del IPC previsto aplicado en su día y el IPC real del año 2007, lo que da proceder a la revisión con el incremento del 2,2% mas de lo que se aplicó en su día y que da como resultado la tabla definitiva para el año 2007 la que se aprueba por unanimidad de los asistentes y se firma adjuntándose a la presente acta. Por otra parte esta Comisión Mixta Paritaria procede igualmente a la aplicación del incremento pactado en el convenio colectivo para el año 2008, resultando la tabla salarial provisional para el año 2008, siendo aprobada por unanimidad y procediendo a la firma de esta, adjuntándola igualmente a esta acta para su publicación. La Comisión Mixta Paritaria, delega en D. Fernando Fernández Calvo por UGT, D. Francisco Masa García por CC.OO, don Carlos Magdaleno Fernández por SANITRANS, don Juan de Dios Pastor Cano por ANEA y D. Antonio Osuna Moreno por ADEMA para firmar el soporte informático como veracidad de lo recogido en el mismo sobre las tablas saláriales y de la presente acta para el registro correspondiente. Igualmente esta Comisión Mixta Paritaria, delega en don Fernando Fernández Calvo con DNI 2.039.776 K para que proceda a los tramites oportunos para el registro y solicitud de publicación de las tablas salariales y de la presente acta si procede. Sin más asuntos que tratar se da por finalizada la reunión a las 20.00 horas del día señalado.

Tablas Salariales Definitivas del año 2007 con revisión de IPC (4.2%) real más 1%

Convenio Colectivo Estatal de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancia

Dietas año 2007:

Comida: 9,76.

Cena: 9,76. Pernoctación y desayuno: 13,27. Dieta completa: 32,79.

Festividades año 2007:

Festividades navideñas: 28,42.

Festividad de semana santa: 28,42. Plus localización año 2007: 31,56.

Tablas Salariales Provisionales del año 2008 con revisión de IPC previsto (2%) más 1%

Convenio Colectivo Estatal de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancia

Dietas año 2008:

Comida: 10,05.

Cena: 10,05. Pernoctación y desayuno: 13,66. Dieta completa: 33,76.

Festividades año 2008:

Festividades navideñas: 29,27.

Festividad de semana santa: 29,27. Plus localización año 2008: 32,50.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Resolución de 24 de marzo de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial definitiva de 2007 y las tablas salariales provisionales de 2008, del Convenio colectivo para las empresas y trabajadores de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia.

"Resolución de 24 de marzo de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial definitiva de 2007 y las tablas salariales provisionales de 2008, del Convenio colectivo para las empresas y trabajadores de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2008-6189 publicado el 07 abril 2008

ID de la publicación: BOE-A-2008-6189
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 07 abril 2008
Fecha Pub: 20080407
Fecha última actualizacion: 7 abril, 2008
Numero BORME 84
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 07 abril 2008
Letra: A
Pagina de inicio: 18998
Pagina final: 18999




Publicacion oficial en el BOE número 84 - BOE-A-2008-6189


Publicacion oficial en el BOE-A-2008-6189 de Resolución de 24 de marzo de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial definitiva de 2007 y las tablas salariales provisionales de 2008, del Convenio colectivo para las empresas y trabajadores de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia.


Descargar PDF oficial BOE-A-2008-6189 AQUÍ



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