Resolución de 28 de abril de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de los acuerdos salariales para el año 2004 y 2005, del Convenio Colectivo del sector de fabricación de Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves.





Visto el texto de los acuerdos de revisión salarial para el año 2004 y de incremento salarial para el año 2005, así como las correspondientes tablas salariales del Convenio Colectivo del sector de Fabricación de Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves (Código de Convenio n.º 9906955), que fueron suscritos con fecha 7 de abril de 2005, de una parte por la Federación Nacional Profesional de Artesanos de Calzado (FNPAC-RMO) en representación de las empresas del sector, y de otra por las centrales sindicales FITEQA-CC.OO. y FIA-UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Contenidos de la Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Resolución de 28 de abril de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de los acuerdos salariales para el año 2004 y 2005, del Convenio Colectivo del sector de fabricación de Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves. del 20050519







Orden del día 19 mayo 2005

Visto el texto de los acuerdos de revisión salarial para el año 2004 y de incremento salarial para el año 2005, así como las correspondientes tablas salariales del Convenio Colectivo del sector de Fabricación de Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves (Código de Convenio n.º 9906955), que fueron suscritos con fecha 7 de abril de 2005, de una parte por la Federación Nacional Profesional de Artesanos de Calzado (FNPAC-RMO) en representación de las empresas del sector, y de otra por las centrales sindicales FITEQA-CC.OO. y FIA-UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de los citados acuerdos de revisión y tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Convenio Colectivo del Sector de Fabricación del Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves de ámbito estatal para el 2003-2006

En Madrid a 7 de Abril del 2005 y en el domicilio social de la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado (Reparación y Medida-Ortopedia), c/ Alenza, n.º 13, 3ª planta, de Madrid, se reúnen las partes con representación en este convenio. Reunidos de una parte la representación de los Trabajadores, representada en la mesa Por Fiteqa CC.OO. y Fía UGT y por parte la representación empresarial, representada por la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado, para proceder al incremento salarial para el año 2005, en función de lo previsto en el Art. del Convenio Colectivo del sector con vigencia 2003 y 2006, manifiestan lo siguiente:

Acuerdan proceder a la Revisión de los citados salarios en un 1,2%, en función de la constatación de que el IPC anual del citado año ha supuesto un 3,7% y en este acto, firman las tablas correspondientes al citado año sujetas al incremento establecido por el diferencial mencionado del IPC anual.

Lo firman a los efectos de su aplicación en las empresas del sector y de su traslado a la Dirección General de Trabajo a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, acuerdan autorizar a la Organización Sindical de FIA-UGT, para que en representación de todas las partes registre el Acta de Acuerdo y Tablas Salariales correspondientes al año 2005 del citado Convenio. Lo que así se manifiesta en este acto y se levanta, la presente acta a los efectos legales oportunos.

Convenio Colectivo del Sector de Fabricación del Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves de ámbito estatal para el 2003-2006

En Madrid a 7 de Abril del 2005 y en el domicilio social de la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado (Reparación y Medida-Ortopedia), c/ Alenza, n.º 13, 3ª planta, de Madrid, se reúnen las partes con representación en este convenio. Reunidos de una parte la representación de los Trabajadores, representada en la mesa Por Fiteqa CC.OO. y Fía UGT y por parte la representación empresarial, representada por la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado, para proceder a la revisión salarial para el año 2004, en función de lo previsto en el Art. del Convenio Colectivo del sector con vigencia 2003 y 2006, manifiestan lo siguiente:

Acuerdan proceder al Incremento Salarial en un 2,5%, firman las tablas correspondientes al citado año sujetas al incremento salarial pactado en el Convenio Colectivo.

Lo firman a los efectos de su aplicación en las empresas del sector y de su traslado a la Dirección General de Trabajo a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, acuerdan autorizar a la Organización Sindical de FIA-UGT, para que en representación de todas las partes registre el Acta de Acuerdo y Tablas Salariales de la revisión correspondiente al año 2004 del citado Convenio. Lo que así se manifiesta en este acto y se levanta, la presente acta a los efectos legales oportunos.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Resolución de 28 de abril de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de los acuerdos salariales para el año 2004 y 2005, del Convenio Colectivo del sector de fabricación de Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves.

"Resolución de 28 de abril de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de los acuerdos salariales para el año 2004 y 2005, del Convenio Colectivo del sector de fabricación de Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-8236 publicado el 19 mayo 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-8236
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 19 mayo 2005
Fecha Pub: 20050519
Fecha última actualizacion: 19 mayo, 2005
Numero BORME 119
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 19 mayo 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 16927
Pagina final: 16929




Publicacion oficial en el BOE número 119 - BOE-A-2005-8236


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-8236 de Resolución de 28 de abril de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de los acuerdos salariales para el año 2004 y 2005, del Convenio Colectivo del sector de fabricación de Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves.


Descargar PDF oficial BOE-A-2005-8236 AQUÍ



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