Resolución de 28 de marzo de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las tablas salariales definitivas para 2005, del Convenio colectivo de ámbito nacional de mataderos de aves y conejos.





Visto el texto de las tablas salariales definitivas para el año 2005 del Convenio Colectivo de ámbito nacional de Mataderos de Aves y Conejos (Código de Convenio n.º 9903395), publicado en el B.O.E. de 2 de diciembre de 2003, que fue suscrito con fecha 3 de marzo de 2006, de una parte por la Asociación empresarial AMPE en representación de las empresas del sector, y de otra por las Organizaciones sindicales Federación Agroalimentaria de CC.OO. y Federación Agroalimentaria de UGT en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:






Orden del día 13 abril 2006

Visto el texto de las tablas salariales definitivas para el año 2005 del Convenio Colectivo de ámbito nacional de Mataderos de Aves y Conejos (Código de Convenio n.º 9903395), publicado en el B.O.E. de 2 de diciembre de 2003, que fue suscrito con fecha 3 de marzo de 2006, de una parte por la Asociación empresarial AMPE en representación de las empresas del sector, y de otra por las Organizaciones sindicales Federación Agroalimentaria de CC.OO. y Federación Agroalimentaria de UGT en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE MATADEROS DE AVES Y CONEJOS

En Madrid, a 3 de marzo de 2006, siendo las 11:00 horas, se reúnen en la sede de A.M.P.E., calle Diego de León, 33 de Madrid, la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Mataderos de Aves y Conejos, compuesta, de una parte, por las representaciones de las Federaciones Agroalimentarias de CC.OO. y U.G.T. y, de otra parte, por la representación de la AMPE, todos los cuales firman al pie del presente escrito, con el fin de tratar de la revisión del Convenio 2005 por desviación del I.P.C. y la elaboración de las tablas definitivas para el año 2005.

Abierta la sesión, las partes adoptan los siguientes

ACUERDOS

Primero.-Ambas partes proceden a la aprobación de la revisión del Convenio Colectivo por desviación del I.P.C. y a la elaboración definitiva de las tablas salariales para el año 2005.

Las tablas definitivas que se aprueban para el año 2005 quedan revisadas en un 4,2 %, porcentaje correspondiente al IPC definitivo para 2005 (3,7 %) más 0,5 puntos. Segundo.-Ambas representaciones acuerdan facultar a cualquiera de los miembros firmantes de este acta para que realicen los trámites de inscripción, registro y publicación de la presente revisión en el Boletín Oficial del Estado.

Días año a efecto del cobro: 425.

Días año normal: 365. Meses año: 14. Jornada anual : 1780 horas. Días de Trabajo efectivo: 225.

(1) Salario día por 425/salario mes por 14 meses. (2) Plus Convenio por 14 pagas. (3) Suma de (1) y (2).

Quebranto de moneda 2005:

Cajero: 21,33.

Auxiliar y los que efectúan regularmente operaciones de cobro: 15,02.

Plus Convenio 2005:

El máximo absorbible y compensable: 650,39.

Indemnización en caso de invalidez o muerte 2005:

1. Por accidente no laboral: 1.1 En caso de muerte: 10.287,46.

1.2 En caso de invalidez permanente: 9.942,18.

2. Por accidente laboral:

2.1 En caso de muerte: 15.027,95.

2.2 En caso de invalidez total: 15.027,95.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Resolución de 28 de marzo de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las tablas salariales definitivas para 2005, del Convenio colectivo de ámbito nacional de mataderos de aves y conejos.

"Resolución de 28 de marzo de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las tablas salariales definitivas para 2005, del Convenio colectivo de ámbito nacional de mataderos de aves y conejos." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-6677 publicado el 13 abril 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-6677
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 13 abril 2006
Fecha Pub: 20060413
Fecha última actualizacion: 13 abril, 2006
Numero BORME 88
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 13 abril 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 14348
Pagina final: 14351




Publicacion oficial en el BOE número 88 - BOE-A-2006-6677


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-6677 de Resolución de 28 de marzo de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las tablas salariales definitivas para 2005, del Convenio colectivo de ámbito nacional de mataderos de aves y conejos.


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-6677 AQUÍ



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