Resolución de 4 de julio de 2005, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 16 de julio de 2004, sobre determinación de funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en boletines oficiales.





Por Resolución de 1 de marzo de 1996 esta Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social dictó Instrucciones sobre reserva y determinación de funciones en materia de gestión recaudatoria, basadas en las previsiones normativas contenidas en el anterior Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, y en la Orden de 22 de febrero de 1996, que lo desarrollaba. Concretamente, la citada Resolución en su Instrucción Sexta establecía los órganos competentes de la Tesorería General en materia de devolución de ingresos indebidos.

Contenidos de la Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Resolución de 4 de julio de 2005, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 16 de julio de 2004, sobre determinación de funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en boletines oficiales. del 20050720







Orden del día 20 julio 2005

Por Resolución de 1 de marzo de 1996 esta Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social dictó Instrucciones sobre reserva y determinación de funciones en materia de gestión recaudatoria, basadas en las previsiones normativas contenidas en el anterior Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, y en la Orden de 22 de febrero de 1996, que lo desarrollaba. Concretamente, la citada Resolución en su Instrucción Sexta establecía los órganos competentes de la Tesorería General en materia de devolución de ingresos indebidos.

No obstante, con posterioridad se produjeron importantes modificaciones en el mencionado y anterior Reglamento General, así como la derogación de la Orden de 22 de febrero de 1996 por la de 26 de mayo de 1999, que la sustituyó.

Asimismo, la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de Disposiciones Específicas en materia de Seguridad Social, ha introducido cambios sustantivos en el régimen legal de las devoluciones de ingresos indebidos en ese marco, modificando al efecto el artículo 23 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, cambios que han sido desarrollados en los artículos 44 y 45 del nuevo Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.

A su vez, el artículo 30 del nuevo Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, de 11 de junio de 2004, regula a ese nivel normativo el reembolso del coste de las garantías aportadas para la suspensión del procedimiento recaudatorio, en desarrollo de las previsiones legales al efecto contenidas en el apartado 2 del citado artículo 23 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Por otra parte y de acuerdo con las habilitaciones específicas conferidas por distintos preceptos del nuevo Reglamento General de Recaudación en relación con determinadas y concretas materias de gestión recaudatoria de la Seguridad Social, esta Dirección General de la Tesorería General dictó la Resolución de 16 de julio de 2004, sobre determinación de funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en Boletines Oficiales, derogando expresamente la anterior y citada Resolución al respecto de 1 de marzo de 1996.

No obstante, en esa nueva Resolución de 16 de julio de 2004 no se han determinado los órganos competentes de la Tesorería General de la Seguridad Social tanto para las devoluciones de ingresos indebidos, como sí hacía la Instrucción Sexta de la anterior Resolución de 1 de marzo de 1996, como para el reembolso del coste de las garantías constituidas, aunque esta Dirección General tiene habilitación suficiente para ello conforme a los artículos 45.1 y 30, por la remisión normativa que este último hace al efecto, del repetido Reglamento General de Recaudación de 11 de junio de 2004.

En razón a lo que se acaba de exponer, resulta ahora necesario modificar dicha Resolución de 16 de julio de 2004 al objeto de completar la regulación que establece introduciendo en ella nuevas Instrucciones que determinen las funciones y órganos competentes de la Tesorería General de la Seguridad Social en las indicadas materias de devoluciones de ingresos indebidos y reembolsos del coste de las garantías.

En su virtud, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas al respecto por la normativa reglamentaria de rango superior antes mencionada, ha resuelto dictar las siguientes

INSTRUCCIONES

Primera.

Modificación de la Resolución de 16 de julio de 2004, sobre determinación de funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en Boletines Oficiales.

1. Se modifica el título de la Resolución de 16 de julio de 2004, que queda redactado en los términos siguientes:

2. Se adiciona una nueva Instrucción a la Resolución de 16 de julio de 2004, la Quinta, en los términos siguientes:

3. Se adiciona una nueva Instrucción a la Resolución de 16 de julio de 2004, la Sexta, en los términos siguientes:

4. Las Instrucciones Quinta a Duodécima de la Resolución de 16 de julio de 2004 pasan a constituir las Instrucciones Séptima a Decimocuarta de la misma, en razón a las nuevas Instrucciones Quinta y Sexta que se adicionan a la Resolución por los apartados precedentes.

5. La referencia que se hace en la Instrucción Duodécima, ahora Decimocuarta, de la Resolución de 16 de julio de 2004 a la Instrucción Sexta de la misma debe entenderse hecha a su Instrucción Octava, en función de la nueva numeración de las Instrucciones de la Resolución conforme al apartado anterior.

Segunda. Entrada en vigor.

Lo dispuesto en la presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de julio de 2005.–El Director General, Javier Aibar Bernad.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Resolución de 4 de julio de 2005, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 16 de julio de 2004, sobre determinación de funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en boletines oficiales.

"Resolución de 4 de julio de 2005, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 16 de julio de 2004, sobre determinación de funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en boletines oficiales." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-12460 publicado el 20 julio 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-12460
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 20 julio 2005
Fecha Pub: 20050720
Fecha última actualizacion: 20 julio, 2005
Numero BORME 172
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 20 julio 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 25794
Pagina final: 25796




Publicacion oficial en el BOE número 172 - BOE-A-2005-12460


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-12460 de Resolución de 4 de julio de 2005, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 16 de julio de 2004, sobre determinación de funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en boletines oficiales.


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