Resolución de 5 de julio de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acuerdo sobre complementos retributivos para el año 2007, correspondiente a la Comunidad Foral de Navarra, del V Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.





Visto el texto del Acuerdo sobre complementos retributivos para el año 2007 correspondiente a la Comunidad Foral de Navarra remitida por la Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos dando cumplimiento a lo previsto en la disposición Adicional Octava del citado Convenio (publicado en el «BOE» de 17-01-2007) (Código de Convenio número 9908725), que fue suscrito, con fecha 30 de marzo de 2007, de una parte, por ANEG, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por los sindicatos CC.OO. y SEPNA-FSIE, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:






Orden del día 18 julio 2007

Visto el texto del Acuerdo sobre complementos retributivos para el año 2007 correspondiente a la Comunidad Foral de Navarra remitida por la Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos dando cumplimiento a lo previsto en la disposición Adicional Octava del citado Convenio (publicado en el «BOE» de 17-01-2007) (Código de Convenio número 9908725), que fue suscrito, con fecha 30 de marzo de 2007, de una parte, por ANEG, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por los sindicatos CC.OO. y SEPNA-FSIE, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

1.º Que la disposición adicional octava del V Convenio de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, prevé la posibilidad de que las organizaciones patronales y sindicales por mayoría de su respectiva representatividad acuerden la incorporación a dicho Convenio de complementos salariales para el personal afectado por el mismo.

Que, en consonancia con lo anterior, acuerdan lo siguiente:

1. El personal docente en pago delegado y el personal no docente afectado por el V Convenio percibirá el año 2007, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, un complemento salarial que junto al salario base nacional, configuran el denominado «Mes Navarra», por la cuantía que se recoge en el Anexo I, el 14 pagas mensuales (esto es, en cada pago mensual así como en ls gratificaciones extraordinarias). Dicho Salario será abonado a aquellos trabajadores contratados a jornada completa y proporcionalmente a los contratados a jornada parcial.

2. El pago del mencionado salario al personal en pago delegado estará condicionado a que su abono sea efectuado por el Departamento de Educación y Cultura de la Comunidad Foral de Navarra. Las empresas, por tanto, no abonarán directamente cantidad alguna por este concepto, y en consecuencia, no estarán obligadas a ello. El pago del citado salario al personal no incluido en pago delegado se realizará directamente por parte de los centros. 3. Tal como establece la disposición final del V Convenio, las mejoras económicas pactadas podrán ser absorbidas por las que en el año 2007 puedan establecerse por disposición legal y por las que, con carácter voluntario, vengan abonando las empresas. 4. Este Acuerdo será enviado a la Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos para que proceda a depositarlo ante el organismo competente, facultándose a doña Isabel Autor Araiz para que proceda a dicho envío.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Resolución de 5 de julio de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acuerdo sobre complementos retributivos para el año 2007, correspondiente a la Comunidad Foral de Navarra, del V Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

"Resolución de 5 de julio de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acuerdo sobre complementos retributivos para el año 2007, correspondiente a la Comunidad Foral de Navarra, del V Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-13890 publicado el 18 julio 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-13890
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 18 julio 2007
Fecha Pub: 20070718
Fecha última actualizacion: 18 julio, 2007
Numero BORME 171
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 18 julio 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 31327
Pagina final: 31328




Publicacion oficial en el BOE número 171 - BOE-A-2007-13890


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-13890 de Resolución de 5 de julio de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acuerdo sobre complementos retributivos para el año 2007, correspondiente a la Comunidad Foral de Navarra, del V Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.


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