Resolución de 6 de febrero de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de programas del Plan de acción para las personas mayores.





Suscrito el Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración suscrito entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la Vicepresidencia da Igualdad e do Benestar, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de acción para las personas mayores, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.






Orden del día 03 marzo 2006

Suscrito el Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración suscrito entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la Vicepresidencia da Igualdad e do Benestar, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de acción para las personas mayores, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 6 de febrero de 2006.-El Secretario general técnico, Francisco González de Lena Álvarez.

ANEXO Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración suscrito entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la Vicepresidencia da Igualdade e do Benestar, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de acción para las personas mayores

En Madrid, a 2 de diciembre de 2005.

REUNIDOS

De una parte, el señor don Jesús Caldera Sánchez-Capitán, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril (BOE n.º 94 de 18 de abril de 2004), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 14), según redacción dada a la misma por el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, el excelentísimo señor don Anxo Manuel Quintana González, Vicepresidente da Igualdade e do Benestar de la Comunidad Autónoma de Galicia, nombrado por Decreto 213/2005, de 3 de agosto, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Galicia, por funciones que le confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su Presidente. Ambas partes reconociéndose mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia suscribieron, el 9 de diciembre de 1997, un Convenio de colaboración para la cofinanciación de Programas del Plan Gerontológico a través de proyectos específicos del Plan Gerontológico, hoy denominado Plan de acción para las personas mayores.

Segundo.-Que, por un lado, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución de 1978 y los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril, de reestructuración de Departamentos ministeriales, y 1600/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que asume las competencias del extinguido Ministerio de Asuntos Sociales; y, por otro, la Comunidad Autónoma de Galicia de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma; tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales. Que, en la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005, y en la Ley 13/2004, de 29 de diciembre de Presupuestos de la CA de Galicia para el año 2005, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines. Tercero.-Que el Convenio citado, suscrito en 1997, establece en su cláusula décima la prórroga automática del mismo para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes. Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes Anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la CA de Galicia y las previsiones presupuestarias que se establezcan. Quinto.-Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo anual suscrito, en su caso, el pasado ejercicio para estos fines, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria y en el correspondiente Acuerdo Anual del Consejo de Ministros. Sexto.-Que, habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio suscrito antes citado, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de febrero de 2005 la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al presente ejercicio 2005, procede instrumentarla a través del presente Protocolo anual adicional, junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Galicia y aprobados asimismo, a efectos de la financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y a la cláusula décima del Convenio de colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 9 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, ambas partes, acuerdan suscribir el presente Protocolo anual adicional el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia incorporan al Convenio de colaboración suscrito el 9 de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante el anexo del presente Protocolo.

La duración de este Protocolo anual adicional se establece por un año desde la firma del mismo. Segunda.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el presente ejercicio de 2005, aporta como participación en la financiación de los distintos programas y proyectos del presente Protocolo la cantidad total de seis millones trescientos cuarenta y un mil novecientos ochenta y ocho euros (6.341.988,00 €), de acuerdo con la distribución siguiente por conceptos y aplicaciones:

1. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de acción para las personas mayores.

Aplicación económica: 19.04.231F.452. Importe: Cuatro millones setecientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos diecinueve euros (4.754.419,00 €).

2. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias.

Aplicación económica: 19.04.231F.457 Importe: Cuatrocientos cincuenta y dos mil sesenta y tres euros (452.063,00 €).

3. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de acción para las personas mayores.

Aplicación económica: 19.04.231F.750 Importe: Setecientos noventa y tres mil seiscientos once euros (793.611,00 €).

4. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias.

Aplicación económica: 19.04.231F.751 Importe: Trescientos cuarenta y un mil ochocientos noventa y cinco euros (341.895,00 €).

La Comunidad Autónoma de Galicia y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 %, del importe de los proyectos.

En este sentido, la aportación total de la Comunidad Autónoma de Galicia, para los distintos programas, proyectos y servicios, es de seis millones trescientos cuarenta y un mil novecientos ochenta y ocho euros (6.341.988,00 €), cuya distribución, por conceptos y según las aplicaciones económicas enumeradas en términos de los Presupuestos Generales del Estado, son las siguientes:

1. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de acción para las personas mayores.

Aplicación económica: 19.04.231F.452. Importe: Cuatro millones setecientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos diecinueve euros (4.754.419,00 €).

2. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias.

Aplicación económica: 19.04.231F.457. Importe: Cuatrocientos cincuenta y dos mil sesenta y tres euros (452.063,00 €).

3. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de acción para las personas mayores.

Aplicación económica: 19.04.231F.750. Importe: Setecientos noventa y tres mil seiscientos once euros (793.611,00 ).

4. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias.

Aplicación económica: 19.04.231F.751. Importe: Trescientos cuarenta y un mil ochocientos noventa y cinco euros (341.895,00 €).

Tercera.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del presente ejercicio económico 2005, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el anexo adjunto.

Cuarta.-La vigencia y aplicación del presente Protocolo anual es de un año a partir de la firma, no obstante, en lo no previsto en el citado Protocolo anual será de aplicación lo establecido en el convenio firmado en el año 1997 entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Galicia. Quinta.-La naturaleza de este Protocolo Anual es administrativa, por lo que la competencia para conocer de las controversias, a que la ejecución de dicho Protocolo pudiera dar lugar, corresponde a la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo anual adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, P. D. (Orden comunicada de 7 de marzo de 2005), la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, María Amparo Valcarce García.-Por la Comunidad de Galicia, el Vicepresidente da Igualdade e do Benestar, Anxo Manuel Quintana.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Resolución de 6 de febrero de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de programas del Plan de acción para las personas mayores.

"Resolución de 6 de febrero de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de programas del Plan de acción para las personas mayores." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-3859 publicado el 03 marzo 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-3859
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 03 marzo 2006
Fecha Pub: 20060303
Fecha última actualizacion: 3 marzo, 2006
Numero BORME 53
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 03 marzo 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 8905
Pagina final: 8907




Publicacion oficial en el BOE número 53 - BOE-A-2006-3859


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-3859 de Resolución de 6 de febrero de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo anual adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de programas del Plan de acción para las personas mayores.


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