Resolución de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Cartagena por la que se delegan nuevas facultades en materia sancionadora respecto al personal sujeto a convenio colectivo.





Visto el contenido del artículo 47, Párrafo Cuarto, del vigente III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, conforme al cual:






Orden del día 20 enero 2022

Visto el contenido del artículo 47, Párrafo Cuarto, del vigente III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, conforme al cual:

"La competencia para la iniciación de expedientes disciplinarios, estará atribuida a los Presidentes respectivos o Directores por delegación".

Igualmente, visto el contenido del artículo 50, Párrafo Primero, del vigente III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, conforme al cual:

De conformidad a la dicción de los propios artículos citados y al objeto de dotar una mayor agilidad al proceso sancionador, mediante la presente Resolución se acuerda:

Primero.- Delegar en el Director General de la Autoridad Portuaria de Cartagena, la competencia para la iniciación de expedientes disciplinarios conforme aparece recogido en el artículo 47, párrafo cuarto, del vigente III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

Segundo.- Delegar en el Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la Autoridad Portuaria de Cartagena la facultad instructora de los expedientes sancionadores, de conformidad a lo previsto en el artículo 50, párrafo primero, del vigente III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

Tercero.- La presente Resolución resulta complementaria a la Resolución de esta Presidencia de delegación de facultades en materia sancionadora al personal sujeto a Convenio Colectivo, de fecha 04 de mayo de 2021, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 113, correspondiente al miércoles 12 de mayo de 2021.

De conformidad a lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente Resolución de delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

Cartagena, 13 de enero de 2022.- Presidenta de la Autoridad Portuaria de Cartagena, María Yolanda Muñoz Gómez.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

Resolución de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Cartagena por la que se delegan nuevas facultades en materia sancionadora respecto al personal sujeto a convenio colectivo.

"Resolución de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Cartagena por la que se delegan nuevas facultades en materia sancionadora respecto al personal sujeto a convenio colectivo." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-B-2022-1474 publicado el 20 enero 2022

ID de la publicación: BOE-B-2022-1474
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 5
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 20 enero 2022
Fecha Pub: 20220120
Fecha última actualizacion: 20 enero, 2022
Numero BORME 17
Seccion: 5
Departamento: Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Numero de anuncio: A220001278
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 20 enero 2022
Letra: B
Pagina de inicio: 2474
Pagina final: 2474




Publicacion oficial en el BOE número 17 - BOE-B-2022-1474


Publicacion oficial en el BOE-B-2022-1474 de Resolución de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Cartagena por la que se delegan nuevas facultades en materia sancionadora respecto al personal sujeto a convenio colectivo.


Descargar PDF oficial BOE-B-2022-1474 AQUÍ



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