Resolución de 13 de julio de 2022, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de julio de 2022, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.





El Consejo de Ministros, en su reunión de 11 de julio de 2022, ha aprobado el Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.






Orden del día 20 julio 2022

El Consejo de Ministros, en su reunión de 11 de julio de 2022, ha aprobado el Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad dispone, en su artículo 27, que los Acuerdos del Consejo de Ministros por los que se establezca el carácter oficial de los títulos universitarios serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado».

En cumplimiento del citado precepto,

Esta Secretaría General de Universidades ha resuelto disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Acuerdo, como anexo a la presente resolución.

Madrid, 13 de julio de 2022.–El Secretario General de Universidades, José Manuel Pingarrón Carrazón.

ANEXO

Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos

El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, en su artículo 5.3, determina que los planes de estudios de las enseñanzas universitarias oficiales serán elaborados por las universidades, de acuerdo con la normativa vigente y aprobados por sus órganos de gobierno, y formarán parte de la memoria que las universidades presenten para su verificación.

Dichos planes de estudios habrán de ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por las correspondientes Comunidades Autónomas, de conformidad con lo establecido en el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Por otra parte, de acuerdo con las previsiones contenidas en la disposición adicional cuarta del referido real decreto, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta de la citada ley orgánica, el reconocimiento a efectos civiles de los estudios universitarios de ciencias no eclesiásticas, realizados en las Universidades de la Iglesia Católica establecidas en España con anterioridad al Acuerdo de 3 de enero de 1979 sobre enseñanza y asuntos culturales, suscrito entre el Estado español y la Santa Sede en virtud de lo establecido en el Convenio entre la Santa Sede y el Estado Español, de 5 de abril de 1962, mantienen sus procedimientos especiales en tanto en cuanto no opten por transformarse en universidades privadas. No obstante, a los efectos de hacer efectivos dichos procedimientos, los planes de estudios también habrán de ser verificados con arreglo a las condiciones establecidas en el referido real decreto.

En virtud de lo anterior, determinadas Universidades han elaborado los planes de estudios de enseñanzas que conducirán a la obtención de diversos títulos de Grado. Estos planes de estudios han obtenido resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades y, salvo en los casos de los correspondientes a las universidades de la Iglesia Católica, que no la precisan, autorización para su implantación de la correspondiente comunidad autónoma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del referido Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, procede elevar a Consejo de Ministros el acuerdo de establecimiento del carácter oficial de los títulos y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

En su virtud, a propuesta del Ministro de Universidades, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 11 julio de 2022, acuerda:

Primero. Establecimiento del carácter oficial de los títulos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 27.1 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, se declara el carácter oficial de los títulos de Grado que se relacionan en el anexo del presente acuerdo.

Estos títulos tienen carácter oficial y son válidos en España, cuentan con efectos académicos y administrativos, y en el caso de que así resulte de la normativa aplicable, habilitan para el ejercicio de determinadas profesiones reguladas.

Segundo. Inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Los títulos a los que se refiere el presente acuerdo serán inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Dicha inscripción llevará aparejada la consideración inicial de título acreditado a los efectos legal y reglamentariamente establecidos.

Tercero. Publicación del plan de estudios.

De conformidad con el artículo 27.4 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, el Rector o la Rectora de la respectiva universidad ordenará la publicación de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos incluidos en el referido anexo, en el «Boletín Oficial del Estado» y en el diario oficial de la comunidad autónoma que corresponda.

Cuarto. Renovación de la acreditación de los títulos.

Los títulos universitarios oficiales objeto del presente acuerdo, a fin de mantener su acreditación, deberán someterse al procedimiento de renovación de la misma previsto en el mencionado Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre.

Quinto. Expedición del título.

Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por la Rectora o el Rector de la Universidad correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, con expresa mención del presente acuerdo.

Sexto. Habilitación para la adopción de medidas para la aplicación del acuerdo.

Por el Ministro de Universidades, en el ámbito de sus competencias, se adoptarán las medidas necesarias para la aplicación del presente acuerdo.

ANEXO

I. Universidades civiles. Relación de títulos universitarios oficiales de Grado ordenados por ramas de conocimiento y universidades

Artes y Humanidades

Universidad Antonio de Nebrija

2504423 Graduado o Graduada en Lenguas Modernas Aplicadas/Bachelor in Applied Modern Languages.

Universidad Autónoma de Madrid

2504429 Graduado o Graduada en Arqueología.

Universidad Rey Juan Carlos

2504414 Graduado o Graduada en Artes Escénicas e Interpretación Audiovisual/Bachelor in Performing Arts and Screen Acting.

Universitat de les Illes Balears

2504404 Graduado o Graduada en Bellas Artes.

Ciencias

Universidad Alfonso X el Sabio

2504444 Graduado o Graduada en Física.

Universidad Complutense de Madrid

2504390 Graduado o Graduada en Matemáticas y Ciencia de Datos.

2504437 Graduado o Graduada en Ciencias Ambientales.

2504437 Graduado o Graduada en Ciencias Ambientales.

Universidad Internacional de la Empresa

2504498 Graduado o Graduada en Matemáticas.

Universidad Rey Juan Carlos

2504261 Graduado o Graduada en Nanociencia y Nanotecnología.

Universidad Camilo José Cela

2504456 Graduado o Graduada en Nutrición Humana y Dietética.

2504443 Graduado o Graduada en Odontología.

Universidad de Alcalá

2504449 Graduado o Graduada en Farmacia.

Universidad Internacional de La Rioja

2504483 Graduado o Graduada en Logopedia.

Universidad Pompeu Fabra

2504008 Graduado o Graduada en Medicina.

Universidad San Pablo-CEU

2504448 Graduado o Graduada en Bioinformática y Datos Masivos (Big Data).

ESIC Universidad

2504272 Graduado o Graduada en Datos y Analítica de Negocio.

Universidad a Distancia de Madrid

2504405 Graduado o Graduada en Empresa y Tecnología.

Universidad Autónoma de Madrid

2504431 Graduado o Graduada en Análisis de Datos en la Empresa/Bachelor in Business Analytics.

Universidad Camilo José Cela

2504409 Graduado o Graduada en Relaciones Internacionales/Bachelor in International Relations.

Universidad Complutense de Madrid

2504341 Graduado o Graduada en Ciencia de los Datos Aplicada.

2504389 Graduado o Graduada en Estudios Jurídico Militares.

Universidad de Murcia

2504418 Graduado o Graduada en Estudios de Comunicación y Medios/Bachelor in Communication and Media Studies.

Universidad Europea de Madrid

2504511 Graduado o Graduada en Pedagogía.

Universidad Francisco de Vitoria

2504432 Graduado o Graduada en Educación Infantil.

2504433 Graduado o Graduada en Educación Primaria.

2504259 Graduado o Graduada en Trabajo Social.

Universidad Internacional de la Empresa

2504360 Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas.

2504472 Graduado o Graduada en Analítica de Negocios/Degree in Business Analytics.

2504479 Graduado o Graduada en Comunicación Audiovisual.

2504471 Graduado o Graduada en Derecho.

2504362 Graduado o Graduada en Marketing y Comunicación.

2504364 Graduado o Graduada en Periodismo, Comunicación Digital y Nuevos Medios.

Universidad Internacional de La Rioja

2504387 Graduado o Graduada en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

2504440 Graduado o Graduada en Economía.

Universidad Internacional Villanueva

2504421 Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas.

2504436 Graduado o Graduada en Comunicación Audiovisual.

2504439 Graduado o Graduada en Educación Infantil.

2504442 Graduado o Graduada en Educación Primaria.

2504446 Graduado o Graduada en Gestión de la Comunicación.

2504465 Graduado o Graduada en Marketing.

2504427 Graduado o Graduada en Periodismo.

2504451 Graduado o Graduada en Publicidad y Relaciones Públicas.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Universidades

Resolución de 13 de julio de 2022, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de julio de 2022, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

"Resolución de 13 de julio de 2022, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de julio de 2022, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2022-12017 publicado el 20 julio 2022

ID de la publicación: BOE-A-2022-12017
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 20 julio 2022
Fecha Pub: 20220720
Fecha última actualizacion: 20 julio, 2022
Numero BORME 173
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Universidades
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 20 julio 2022
Letra: A
Pagina de inicio: 103045
Pagina final: 103050




Publicacion oficial en el BOE número 173 - BOE-A-2022-12017


Publicacion oficial en el BOE-A-2022-12017 de Resolución de 13 de julio de 2022, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de julio de 2022, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.


Descargar PDF oficial BOE-A-2022-12017 AQUÍ



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