Ministerio de Vivienda

Orden VIV/3978/2007, de 26 de diciembre, que resuelve la convocatoria efectuada por Orden VIV/3312/2007, de 12 de noviembre, para la cobertura de puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación.

Por Orden VIV/3312/2007, de 12 de noviembre («BOE» del 15), se anunció para su cobertura, por el procedimiento de libre designación, puesto de trabajo en el Ministerio de Vivienda. Previa la tramitación prevista en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («BOE» de 10 de abril), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio («BOE» del 29), Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Resolver la referida convocatoria, en los términos que se señalan en el anexo adjunto.

Resolución de 18 de diciembre de 2007, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Vivienda, el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Salas, para la realización y financiación de las obras de rehabilitación del Monasterio de San Salvador de Cornellana.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Vivienda, el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Salas, para la realización y financiación de las obras de rehabilitación del Monasterio de San Salvador de Cornellana para Albergue de peregrinos y Centro documental (I actuación) en Salas (Asturias).

Lo que se hace público para general conocimiento.

Resolución de 27 de noviembre de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la inscripción de la Fundación Vivienda y Sociedad en el Registro de Fundaciones del departamento.

Visto el expediente incoado a instancia de D. José Mariano Benavente González, solicitando la inscripción de la Fundación Vivienda y Sociedad en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Vivienda, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo

Antecedentes de hecho

Resolución de 14 de diciembre de 2007, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Vivienda y la Ciudad de Ceuta, de modificación del Convenio para la cofinanciación de diversas promociones de viviendas de promoción pública durante los años 2002 a 2008.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Vivienda y la Ciudad de Ceuta, de modificación del Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Fomento y la Ciudad de Ceuta, para la cofinanciación de diversas promociones de viviendas de promoción pública en la citada ciudad durante los años 2002 a 2008.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Corrección de errores del Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico «DB-HR Protección frente al ruido» del Código Técnico de la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

Advertidos errores en el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico «DB-HR Protección frente al ruido» del Código Técnico de la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 254, de 23 de octubre de 2007, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 42996, primera columna, en el apartado 4.1.1, punto 2, donde dice: