Orden INT/1397/2013, de 9 de julio, por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones.





La Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, reconoce la importancia del fenómeno asociativo como instrumento de integración, participación y representación de los legítimos intereses de los ciudadanos, y a tal objeto contempla una serie de medidas para facilitar el desarrollo de las asociaciones. Entre estas medidas de fomento se recoge la posibilidad de que las entidades asociativas sin fin de lucro puedan ser declaradas de utilidad pública.






Orden del día 23 julio 2013

La Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, reconoce la importancia del fenómeno asociativo como instrumento de integración, participación y representación de los legítimos intereses de los ciudadanos, y a tal objeto contempla una serie de medidas para facilitar el desarrollo de las asociaciones. Entre estas medidas de fomento se recoge la posibilidad de que las entidades asociativas sin fin de lucro puedan ser declaradas de utilidad pública.

En concreto, el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, señala que, a iniciativa de las correspondientes asociaciones, tal declaración exige la concurrencia de determinados requisitos, que en esencia consisten en que sus fines estatutarios promuevan el interés general, la actividad no beneficie exclusivamente a los asociados, los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no lo hagan con cargo a fondos públicos, cuenten con medios adecuados y organización idónea para el cumplimiento de los fines y se encuentren constituidas, inscritas y en funcionamiento durante los dos años anteriores a la solicitud.

En aplicación de esta normativa, y previa solicitud de las entidades interesadas, se han instruido los respectivos expedientes conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública.

Examinada, por tanto, la normativa aplicable y la documentación que obra en los procedimientos, se pone de manifiesto que las entidades solicitantes reúnen todos los requisitos necesarios para obtener la condición de utilidad pública.

En su virtud, y al amparo de las facultades previstas en el artículo 3.7 del Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, dispongo:

Primero.

Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior:

Segundo.

Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones inscritas en los Registros de las Comunidades Autónomas:

Tercero.

Declarar de utilidad pública las siguientes Federaciones de Asociaciones inscritas en los Registros de las Comunidades Autónomas, a las que se refiere el expediente instruido, por lo que las entidades que integran dichas Federaciones sólo podrán obtener la declaración previa solicitud instada al efecto e instrucción del oportuno expediente:

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 9 de julio de 2013.—El Ministro del Interior, P.D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.



Datos oficiales del departamento Ministerio del Interior

Orden INT/1397/2013, de 9 de julio, por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones.

"Orden INT/1397/2013, de 9 de julio, por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2013-8029 publicado el 23 julio 2013

ID de la publicación: BOE-A-2013-8029
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 23 julio 2013
Fecha Pub: 20130723
Fecha última actualizacion: 23 julio, 2013
Numero BORME 175
Seccion: 3
Departamento: Ministerio del Interior
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 23 julio 2013
Letra: A
Pagina de inicio: 54005
Pagina final: 54006




Publicacion oficial en el BOE número 175 - BOE-A-2013-8029


Publicacion oficial en el BOE-A-2013-8029 de Orden INT/1397/2013, de 9 de julio, por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones.


Descargar PDF oficial BOE-A-2013-8029 AQUÍ



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