Contenidos de la Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Resolución de 28 de agosto de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Enif", de 34,31 MWp/32,269 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Huesca». del 20230916
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Orden del día 16 septiembre 2023
Antecedentes de hecho
Con fecha 10 de agosto de 2022 tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico “Enif” de 34,31 MWp / 32,269 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Huesca», remitida por Energía Inagotable de Enif, SL, como promotor y respecto de la que la Dirección General de Política Energética y Minas de este Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ostenta la condición de órgano sustantivo.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor para el proyecto «Parque solar fotovoltaico “Enif” de 34,31 MWp / 32,269 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Huesca» y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto. Se incluye asimismo en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.
No comprende el ámbito de la evaluación de seguridad y salud en el trabajo, ni de seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.
Por otra parte, tampoco se extiende al cese y desmantelamiento de la instalación, que deberá ser objeto en el futuro de un proyecto específico, que incluya la retirada de elementos, la gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación original y la restauración del suelo y de la vegetación, lo cual será sometido, al menos, a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.
1. Descripción y localización del proyecto
Se plantea la ejecución de una Planta Solar Fotovoltaica (en adelante PSFV), con las siguientes infraestructuras:
– PSFV «Enif» con una superficie total de vallado de 83,49 ha y una potencia instalada de 37,17 MWp, ubicada en los Términos Municipales (en adelante TTMM) de Pertusa, Laluenga y Laperdiguera, en la provincia de Huesca.
– Línea subterránea de media tensión (en adelante LSMT) de 30 kV «PSFV Enif – SET Laluenga I4 30/400 kV» con una longitud de 8.622 m y una tensión nominal de 30 kV, ubica en los TTMM de Pertusa, Laluenga y Laperdiguera.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la red de transporte que no forma parte de este expediente está constituida por la subestación eléctrica transformadora (en adelante SET) «Laluenga I4» y la línea aérea de alta tensión (en adelante LAAT) 400 kV «SET Laluenga I4-SET ISONA 400 REE», incluidas en el expediente PEol-637 AC (20220604); y por la LAAT «SET Laluenga I2-SET Promotores ISONA», incluida en el expediente PEol-525 AC (20220115), quedando fuera del alcance de esta tramitación, y, por ende, de la resolución final.
2. Tramitación del procedimiento
Con fecha 6 de julio de 2021 el promotor solicitó la autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental del Parque Solar Fotovoltaico «Enif», de 34,31 MWp / 28,60 MWn, así como de las infraestructuras de evacuación asociadas, ubicado en los términos municipales de Laluenga y Laperdiguera.
En relación a dicha solicitud, se llevó a cabo el trámite de información pública y de consultas, publicitándose en las siguientes publicaciones oficiales:
– «Boletín Oficial del Estado» de 8 de enero de 2022.
– «Boletín Oficial de la Provincia de Huesca» de 7 de enero de 2022.
Resultado de dicho trámite de información pública y consultas, con fecha 1 de junio de 2022 (y ratificado en el informe de 28 de septiembre de 2022), el Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca señala que los elementos de la instalación ubicados en el TM de Laluenga, no resultarían autorizables urbanísticamente en tanto no se apruebe inicialmente la modificación aislada del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que motivó el mencionado acuerdo de suspensión cautelar, o transcurra el plazo máximo de 1 año de vigencia de dicha suspensión establecido en el art. 78.1 del Decreto-Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón.
Con fecha 12 de agosto de 2022 el promotor registra ante la Dirección General de Política Energética y Minas del MITECO, proyecto de la PSFV «Enif» modificado.
Con fecha 7 de octubre de 2022 el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno de Aragón recibe un oficio de requerimiento de esta Dirección General que considera que las modificaciones efectuadas suponen efectos ambientales significativos distintos de los previstos originalmente, por lo que debe realizarse un nuevo trámite de información pública y consultas.
En relación al citado requerimiento, se ha llevado a cabo un nuevo trámite de información pública y consultas, publicitándose en las siguientes publicaciones oficiales:
– «Boletín Oficial del Estado» de 21 de noviembre de 2022.
– «Boletín Oficial de la Provincia de Huesca» de 18 de noviembre de 2022.
Con fecha de 28 de abril de 2023, la Dirección General de Política Energética y Minas del MITECO emite a esta Dirección General toda la información obrante en el expediente que incluye el resultado del trámite previo de información pública y de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
Con fecha 4 de agosto de 2023, el promotor aporta documentación adicional para complementar la información existente e implementar mejoras en el proyecto con objeto de reducir los efectos del mismo sobre el medio ambiente, entre la que se encuentra un estudio de afección a los Hábitats de Interés Comunitario (HICs), un estudio de la capacidad de carga de aves esteparias y un plan de medidas preventivas, correctoras y compensatorias.
Con fecha 28 de agosto de 2023, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental del Gobierno de Aragón (INAGA) emite informe relativo a la documentación adicional presentada por el promotor.
3. Análisis técnico del expediente
a. Análisis de alternativas.
En el presente proyecto se consideraron las siguientes alternativas, además de la Alternativa 0 o de no ejecución, expuestas por el promotor en el Estudio de Impacto Ambiental (en adelante EsIA).
Para la PSFV:
– Alternativa 1: Con una superficie aproximada de la poligonal de 128,76 ha, ubicada en los TTMM de Laluenga y Laperdiguera.
– Alternativa 2: Con una superficie aproximada de la poligonal de 238,05 ha, ubicada en los TTMM de Laluenga y Laperdiguera.
– Alternativa 3 (seleccionada): Con una superficie aproximada de la poligonal de 127,99 ha, ubicada en los TTMM de Pertusa, Laluenga y Laperdiguera.
El promotor escoge la Alternativa 3 por ser la opción que considera más favorable desde un punto de vista medioambiental, suponiendo, según el EsIA, su implantación en una poligonal técnicamente viable y con menos restricciones al paisaje, el suelo y la fauna.
Para la línea de evacuación:
– Alternativa 1: Con una longitud soterrada aproximada de 8,67 km, ubicada en los TTMM de Pertusa, Laluenga y Laperdiguera.
– Alternativa 2: Con una longitud soterrada aproximada de 8,62 km, ubicada en los TTMM de Pertusa, Laluenga y Laperdiguera.
– Alternativa 3 (seleccionada): Con una longitud soterrada aproximada de 5,67 km, ubicada en los TTMM de Pertusa, Laluenga y Laperdiguera.
El promotor selecciona la Alternativa 3 por ser la opción que considera más favorable desde un punto de vista medioambiental, suponiendo, según el EsIA, su implantación técnicamente viable y con menos restricciones al paisaje, el suelo y la fauna.
b. Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
Atmósfera y clima.
La zona del proyecto está incluida en el Dominio Climático Mediterráneo Continental, caracterizado por fuertes contrastes térmicos estacionales y por un régimen pluviométrico con máximos equioccionales y una elevada irregularidad interanual.
Los mayores impactos derivarán de la generación de polvo y partículas en suspensión producidos por el movimiento de tierras y por la contaminación atmosférica producida por el uso de maquinaria y vehículos de obra durante la fase de construcción.
El Ayuntamiento de Pertusa advierte de un posible impacto no contemplado en el EsIA por el promotor como es el posible calentamiento del aire sobre las placas solares. El promotor no responde a dicha consideración.
El Ayuntamiento de Pertusa advierte de un posible impacto no contemplado en el EsIA por el promotor como es el posible calentamiento del aire sobre las placas solares. El promotor no responde a dicha consideración.
Geología y edafología.
El proyecto se ubica sobre una terraza muy alta del Cinca, formada por conglomerados con matriz arenosa y suelos tipo Fluvisol Cálcico y Cambisol Cálcico, encontrándose la mayor parte de la zona proyectada con una pendiente menor del 3 %.
El Lugar de Interés Geológico más cercano, Pozo-Fuente de Laluenga (ES24G050), se encuentra a una distancia de 800 m del enclave de la PSFV.
Los principales impactos del proyecto se presentan en la fase de obra por la construcción y ampliación de viales de accesos e internos, la apertura de zanjas y las cimentaciones, así como por las propias labores de instalación de los módulos fotovoltaicos y el tendido del cableado.
Como medidas aportados por el promotor en el EsIA, el acceso al proyecto se realizará desde caminos existentes, ampliándose en el caso que se necesario, sin necesidad de excesivos movimientos de tierra y realizándose sobre terrenos de cultivo, se equilibrará al máximo el volumen de desmonte con el terraplén, se utilizará la tierra vegetal en las tareas de revegetación y en la ejecución de trabajos previos de la pantalla vegetal propuesta, y el sobrante tras la restauración, se utilizará en los cordones perimetrales propuestos junto al vallado y se llevará a cabo el subsolado o desfonde para recuperar el terreno compacto.
Hidrología e hidrogeología.
El ámbito del proyecto está incluido en la delimitación de la Cuenca Hidrográfica del Ebro, recogido dentro de la subcuenca del río Cinca, situándose entre el río Alcanadre y el río Clamor de Fornillos.
En cuanto a la hidrogeología, la zona del proyecto se sitúa dentro el Dominio Hidrogeológico de la Depresión del Ebro, sobre la masa de agua subterránea MASb 056 de Sasos de Alcanadre.
Los principales impactos del proyecto se derivan del movimiento de tierras y el acopio de materiales durante la fase de construcción, los cuales pueden provocar alteraciones en cauces estables, barrancos esporádicos u otras masas de agua, así como generar un posible impacto si se producen contaminaciones accidentales por el acopio indebido de materiales y residuos peligrosos.
Como medidas recogidas en el EsIA, los posibles vertidos serán tratados inmediata y adecuadamente, se controlará el correcto funcionamiento del sistema de drenaje, se llevarán a cabo labores de mantenimiento del sistema de drenaje para prevenir fenómenos erosivos, deposición de sólidos u obstrucciones en la trayectoria de incorporación de las aguas a cursos naturales y se evitará que la mayor actividad constructiva se haga en períodos de lluvias fuertes. El parque de maquinaria será fijado en la zona de instalaciones auxiliares, la zona de acopio de residuos y materiales peligrosos estará debidamente protegida de posibles lavados, las casetas e instalaciones de obra dispondrán de una adecuada evacuación de las aguas residuales, las proximidades de los cursos permanentes y estacionales se mantendrán libres de residuos y/o cualquier material que pueda impedir la libre circulación de las aguas.
La Confederación Hidrográfico del Ebro señala que, habiendo cuenta de la superficie necesaria para la implantación de la PSFV, se prevé un incremento de probabilidad de daños por el aumento de la escorrentía en el entorno agrícola o rural, debido a fenómenos erosivos por la pérdida de la capa superficial del suelo. Por ello se considera necesaria la aplicación de medidas relativas a la reutilización de la capa de suelo vegetal para la regeneración vegetal y dotar de una red de drenaje al conjunto de la PSFV para canalizar la escorrentía hacia puntos de desagüe natural, debiéndose disponer de los sistemas más eficientes para la recogida y evacuación de aguas de lluvia, con el fin de evitar que las aguas de escorrentía que atraviesan el recinto puedan arrastrar contaminantes. Dichas medidas quedan recogidas y concretamente especificadas en el condicionado de la presente resolución.
Vegetación, flora e HICs.
La zona de actuación de la PSFV ocupa mayoritariamente terrenos de cultivo de secano, con presencia de unidades de vegetación formadas por matorral-pastizal, con predominio de romero (), tomillo (), retama (), aliaga () y lastón (). También se identifica la presencia de unidades de encinar (), con presencias de especies del sotobosque como boj (), enebro (), lentisco (), rubia () y durillo (). En las zonas degradadas de carrasca, se aprecia coscoja () y sabina negral ().
En el ámbito del proyecto destaca la presencia de HIC 9340 «Bosques de y », HIC 5330 «Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos» e HIC 1430 «Matorrales halonitrófilos (). La LSMT afecta a un total de 0,01 ha del HIC 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de y a 0,12 ha del HIC 1430, cuya afección total de la cual, un 90,85 % se identifica como una afección temporal y un 9,15 % como una afección permanente.
La principal afección sobre la vegetación se producirá durante la fase de obras por desbroces, eliminación de la tierra vegetal en la zona de los paneles solares, movimiento de tierras, cimentaciones y apertura de zanjas, llegando a afectar la totalidad del proyecto a 0,57 ha de áreas asociadas a vegetación silvestre de tipo matorral/pastizal. Otra de las afecciones que se producen en esta fase es la producción de polvo que puede cubrir la vegetación cercana y afectar a su rendimiento fotosintético.
Como medidas preventivas recogidas en el EsIA, se replanteará la obra y se balizarán las zonas de vegetación silvestre, la instalación de la planta fotovoltaica se emplazará íntegramente sobre zonas de cultivo de secano con una afección mínima sobre vegetación silvestre, el movimiento de maquinaria y personal de obra estará restringido a la zona de obras y las zonas de acopio de materiales y parques de maquinaria se ubicarán en zonas agrícolas o desprovistas de vegetación.
Como medida correctora aportada por el promotor en el EsIA, se llevará a cabo un proyecto de restauración vegetal consistente, en líneas generales, en una restauración fisiográfica del terreno afectado, plantación de una franja vegetal en el exterior de la totalidad del vallado de 2 m de anchura y gestión y mantenimiento de una cobertura vegetal en el interior de la PSFV para favorecer la creación de un biotopo lo más parecido posible a los hábitats circundantes o potenciales de la zona. La afección temporal a la vegetación, será restaurada en las mismas superficies en las que se produjo la degradación, mediante la preparación o acondicionamiento del suelo e implantación de vegetación con la misma composición específica, proporción de especies, densidad, etc., que permita la progresión hacia el hábitat preexistente.
El INAGA no prevé afecciones significativas sobre la vegetación silvestre al ubicarse la PSFV, mayormente, sobre campos de cultivos. Además, prosigue que la LSMT se proyecta aprovechando caminos existentes, por lo que se minimizarán las posibles afecciones sobre la vegetación silvestre. En cualquier caso, dicho organismo, incide en que se deberán reducir, en la medida de lo posible, las superficies finalmente afectadas, realizando el replanteo final sobre superficies de cultivo.
El promotor, al respecto, responde que en la fase inicial del proyecto se consideró preferente la no afección a zonas de vegetación silvestre y que el proyecto constructivo prestará especial atención a no provocar afecciones innecesarias sobre la vegetación silvestre. Además, con fecha de 4 de agosto de 2023, tiene entrada en esta Dirección General un análisis de los impactos sobre HICs por parte de la PSFV en el cual se considera la afección sobre la vegetación silvestre y los HICs presentes como baja.
El INAGA, habiendo valorado dicha documentación, valora como compatibles las afecciones del proyecto sobre la vegetación silvestre y los HICs, siempre y cuando se prevea una adecuada restauración de las superficies afectadas de forma temporal, y una compensación de las superficies afectadas de forma permanente, tal y como plantea el promotor, pero con un seguimiento efectivo de las restauraciones y compensaciones efectuadas, hasta lograr el éxito de las mismas.
Fauna.
La zona donde se encuadra el proyecto, presenta la presencia potencial de las siguientes especies.
Avifauna: Milano real () y sisón común (), catalogadas como «En Peligro de Extinción» en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (en adelante CEEA) y en el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón (en adelante CEAA); avutarda común (), incluida en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (en adelante LESRPE) y catalogada como «En Peligro de Extinción» en el CEAA; garcilla cangrejera (), aguilucho cenizo (), alimoche común (), ganga ortega () y ganga ibérica (), catalogadas como «Vulnerable» en el CEEA y en el CEAA; chova piquirroja (), incluida en el LESRPE y catalogada como «Vulnerable» en el CEAA; aguilucho pálido () y grulla común (), incluidas en el LESRPE y en el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (en adelante LAESRPE).
En los resultados del estudio de avifauna aportados por el promotor, se detecta la presencia de milano real, alimoche común, aguilucho cenizo y grulla común, en el entorno del proyecto; así como ganga ortega y aguilucho pálido, fuera del ámbito del proyecto. Además, el promotor aporta, que se localiza un nido de milano real a 3,04 km de los límites de la poligonal del proyecto y que la zona parece constituir un cazadero de cierto interés para la citada especie, además de aguilucho pálido y aguilucho cenizo. El EsIA, haciendo referencia a registros procedentes de fuentes del Gobierno de Aragón, reporta la presencia de una zona de nidificación de alimoche común a 1,66 km de la poligonal del proyecto, así como se confirman registros de avutarda, ganga ortega y ganga ibérica en el área en torno a 5 km.
El emplazamiento de la PSFV se ubica a una distancia de 460 m de un Área identificada como ámbito potencial de aplicación del Plan de Recuperación de especies esteparias de Aragón, cuya tramitación administrativa comenzó a partir de la Orden de 26 de febrero de 2018, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por el que se acuerda iniciar el proyecto de Decreto por el que se establece un régimen de protección para el sisón común, avutarda común, ganga ibérica y ganga ortega. En este sentido, la LSMT intersecta dicha área durante 2,6 km según el EsIA, pero durante 3,6 km según la cartografía presentada.
El proyecto se ubica a una distancia de 5,84 km de un área incluida en el Decreto 45/2003, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el quebrantahuesos y se aprueba el Plan de Recuperación.
Tras la pertinente revisión cartográfica, esta Dirección General detecta la presencia de una zona catalogada como Área Importante para la Conservación de las Aves y la Biodiversidad en España (en adelante IBA) colindante con el perímetro oeste de la PSFV. El área detectada se identifica como IBA ES117 «Bajo Alcanadre-Serreta de Tramaced», la cual se caracteriza por ser una gran llanura semiárida con mesetas de piedra caliza erosionada, donde se cita la presencia de poblaciones no reproductoras de buitre leonado () y poblaciones reproductoras de abejaruco europeo ().
Mamíferos: Nutria (), incluida en el LESRPE y en el LAESRPE; y musaraña común () y garduña (), incluidas en el LAESRPE.
Anfibios y reptiles: Lagarto ocelado () y culebra de escalera (), incluidas en el LESRPE; y rana común (), incluida en el LAESRPE.
Los principales impactos sobre la fauna se producirán, durante la fase de construcción, por las operaciones que impliquen modificación y alteración del terreno, que podrían causar pérdida de hábitats; por las molestias generadas, que podrían alejar a diferentes especies y alterar comportamientos reproductivos; y por atropellos de fauna por el tránsito de vehículos y maquinaria. Durante la fase de explotación, se generarán impactos por la colisión de individuos de avifauna con los paneles fotovoltaicos y por la propia presencia del proyecto que producirá cambios en el uso del suelo y la vegetación.
Como medidas presentes en el EsIA, las operaciones más ruidosas se efectuarán fuera del período reproductivo de las especies de interés, entre los meses de marzo y septiembre, se comprobará la ausencia de nidos de especies amenazadas, se favorecerá la colonización por reptiles e invertebrados, se limitará la velocidad de circulación de vehículos y se prohibirá circular fuera de los viales, se ejecutará un seguimiento de fauna de interés para la comprobación de los posibles efectos de la PSFV y sus infraestructuras de evacuación y se adaptará el trazado del vallado perimetral a la ocupación efectiva de los módulos fotovoltaicos y otras infraestructuras permanentes con el fin de reducir la ocupación de hábitat y el efecto barrera.
El INAGA comunica que en el área del proyecto puede ser probable la presencia de especies de carácter estepario como sisón, ganga ortega o ganga ibérica, así como avutarda, dado que durante el período de dispersión hay ejemplares en tránsito por la zona. También destaca la presencia de otras especies, ya citadas en el EsIA, como aguilucho pálido, milano real, grulla común, aguilucho cenizo, alimoche común o chova piquirroja, así como otras especies como águila real (), buitre leonado o paseriformes como jilguero europeo (), verderón común (), escribano triguero (); la mayor parte de las cuales se encuentran incluidas en el Decreto 129/2022, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón. El citado organismo alega que el EsIA no aporta una proyección de las zonas a las que se prevé que pueda desplazarse la fauna ligada a los ambientes esteparios ni si la capacidad de carga del territorio es suficiente para asegurar la compatibilidad del desarrollo de los proyectos con la disponibilidad de hábitat estepario para garantizar la supervivencia de las especies que de él dependen, además de proporcionar la conectividad entre distintas zonas con presencia de especies esteparias en los TTMM afectados. El INAGA también hace referencia a otros potenciales efectos sobre la avifauna esteparia como los accidentes por colisión contra las placas solares o el vallado, que igualmente pueden condicionar el desarrollo y movilidad de especies hacia zonas de cría.
Tras la aportación de un estudio de capacidad de carga de aves esteparias con fecha 4 de agosto de 2023, el promotor considera que la pérdida de la capacidad de carga teórica resultante por la implantación del proyecto se reduciría en un 25 % para avutarda común, ganga ibérica y ganga ortega y un 14 % para sisón común. Además, en dicho estudio, detecta la no presencia o nidificación de avifauna esteparia de interés en un ámbito de afección de 10 km sobre el proyecto, observándose únicamente, dos individuos de ganga ortega en el mes de agosto sin detección de identificación, por lo que el promotor afirma que la zona de implantación del proyecto no constituye un área preferente o destacable en cuanto a hábitat o zona de campeo y reproducción de las especies de avifauna esteparia de referencia. En dicha documentación aportada el 4 de agosto, el promotor también se compromete a instalar módulos fotovoltaicos provisto de un revestimiento anti-reflectante con el fin de reducir la posible mortalidad por colisión de avifauna contra los paneles solares, así como instalar un vallado perimetral con una serie de características que den cumplimiento con el artículo 65.f) de la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
Al respecto de dicho estudio aportado por el promotor, el INAGA, no manifiesta objeciones a la documentación aportada por el promotor y las medidas específicas que se desarrollan y propone una serie de medidas adicionales en relación con el impacto sobre las aves esteparias, referentes a la gestión agroambiental y el vallado perimetral de las PSFV, las cuales quedan reflejadas en el condicionado de la presente resolución.
El Ayuntamiento de Laperdiguera considera que la metodología de muestreo sobre la fauna se encuentra sesgada, por lo que cree que no se está ofreciendo una imagen real de la avifauna que habita en el entorno. También alude al hecho de que el promotor no incorpora un estudio sobre quirópteros en el EsIA.
En respuesta, el promotor afirma que el EsIA recoge, detallada y extensamente, la descripción de la avifauna y quiropterofauna, abordando de una forma metódica y detallada el efecto del proyecto sobre las especies de aves y quirópteros protegidas.
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.
El espacio Red Natura 2000 más cercano al proyecto es la Zona Especial de Conservación (en adelante ZEC) ES2410074 «Yesos de Barbastro», situado a 4,8 km del enclave este de la PSFV. Las Zonas de Especial Protección para las Aves (en adelante ZEPAs) más cercanas son ZEPA ES0000291 «Serreta de Tramaced» y ZEPA ES0000015 «Sierra y Cañones de Guara», situadas a una distancia de 13 km y 16,5 km del enclave del proyecto, respectivamente.
Durante la ejecución del proyecto, los valores naturales por los que los espacios naturales fueron catalogados, no se verán afectados como consecuencia de las acciones de desbroce, movimientos de tierra, trasiegos de materiales y maquinaria pesada, etc.
Al no existir una afección sobre espacios naturales protegidos y espacios Red Natura 2000, el EsIA no contempla medidas específicas para dichos espacios, más allá de las propuestas para el factor fauna.
Paisaje.
El proyecto se enmarca, según la información de la clasificación del Atlas de los Paisajes de España, aportada en el EsIA, en la unidad de paisaje «Glacis del Bajo Somontano», la cual está conformada por amplias planicies con sucesiones escalonadas de glacis separados por taludes de elevada pendiente.
Los principales impactos sobre el paisaje, durante la fase de obra, se producirán por la eliminación de la vegetación como consecuencia del desbroce, por el movimiento de tierras necesario para la ejecución de los trabajos, por el acopio de materiales y por la inclusión de elementos temporales necesarios para la operación y mantenimiento. Durante la fase de funcionamiento, el impacto será fruto de la propia presencia de la PSFV sobre el medio perceptual.
Como medidas recogidas en el EsIA, la afección a la vegetación se reducirá a lo estrictamente necesario, se ejecutará un plan de restauración y revegetación, se respetará el diseño de la PSFV, se eliminarán los restos de hormigón armado y estructuras provenientes de las infraestructuras provisionales, se instalará una pantalla vegetal en el exterior del perímetro de la PSFV y se realizarán labores de mantenimiento de la pantalla vegetal y retirada de residuos generados en la fase de explotación que puedan afectar a la calidad visual del entorno.
El INAGA notifica que la afección sobre el paisaje durante la fase de construcción será relevante debido a la presencia de maquinaria de obra, movimientos de tierras y a los trabajos de desbroce y/o eliminación de la vegetación para el acondicionamiento de accesos, viales e infraestructuras; así como en la fase de explotación, por la presencia de los seguidores solares y las edificaciones de los centros de transformación, los cuales implicarán una pérdida de la calidad visual y paisajística del entorno por la presencia de elementos discordantes con el resto de los elementos componentes del paisaje rural y agrícola donde se localiza el proyecto. Asimismo, critica que en el EsIA no se ha valorado el impacto paisajístico con respecto al resto de energías renovables proyectados en el entorno, estableciendo medidas preventivas y correctoras muy específicas, sin tener en cuenta la globalidad de los proyectos en el entorno.
El promotor, en su respuesta, reitera las medidas ya incluidas en el EsIA respecto a la integridad paisajística del proyecto, sin hacer referencia a la valoración del impacto paisajístico del conjunto de proyectos del entorno.
La Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón considera que el importante aumento de solicitudes de implantación de instalaciones energéticas en Aragón, y teniendo en cuenta que la presencia de este tipo de infraestructuras supone la introducción de un elemento antrópico de manera permanente, hace valer una creciente pérdida de naturalidad y de valor paisajístico de las Unidades de Paisaje del territorio. No obstante, informa favorablemente.
El Ayuntamiento de Laperdiguera considera que la instalación supone un impacto paisajístico para el entorno natural del municipio.
El promotor, en líneas generales, responde que se está dando cumplimiento al objetivo de compatibilizar las infraestructuras energéticas y el paisaje y que, en consecuencia, el EsIA presenta una suficiente descripción y análisis del paisaje.
En el condicionado de la presente resolución se establecen una serie de medidas cuyo objetivo es minimizar el impacto sobre el paisaje.
Salud y población.
Los núcleos de población más cercanos al proyecto, según la revisión pertinente realizada por el presente órgano ambiental, son Laperdiguera, el cual se ubica a unos 160 m aproximadamente de la zona prevista para el trazado de la LSMT y a unos 480 m aproximadamente de la poligonal este de la PSFV; Laluenga, el cual se ubica a unos 550 m aproximadamente de la poligonal este de la PSFV; y Pertusa, el cual se ubica a unos 2.500 m aproximadamente del perímetro oeste de la PSFV. El conjunto del proyecto se asienta sobre un tipo de suelo clasificado como Suelo No Urbanizable Genérico.
El emplazamiento del proyecto afecta a los siguientes cotos de caza: H-10015 Pertusa, H-10561 Laperdiguera y H-10114 Laluenga.
Durante la fase de construcción se espera la generación de ruidos producidos por el desbroce necesario en terrenos con vegetación silvestre, el movimiento de tierras necesario en las diferentes actividades de construcción y por el movimiento de maquinaria tanto dentro de la zona de obras como a través de las carreteras de acceso que transitan por poblaciones habitadas. Los usos del suelo podrán verse afectados también durante la fase de obras por las acciones de desbroce, movimientos de tierra, acopio de materiales y el emplazamiento de instalaciones auxiliares, afectando al uso del territorio agrícola principal que presenta la zona.
Como medidas presentadas en el EsIA, se limitará la velocidad máxima de los vehículos de obra a 30 km/h, se mantendrán en óptimas condiciones los sistemas de escape para evitar ruidos innecesarios, se realizará la revisión periódica de motores y silenciadores de escape de la maquinaria y vehículos de obra, así como de las piezas sometidas a vibraciones; se respetarán los límites máximos de emisión de ruido y se limitarán las obras y circulación de maquinaria a través de poblaciones fuera del horario diurno (23h-07h), se repondrán todas las infraestructuras, servicios y servidumbres afectadas, y se procurará la limpieza de polvo y barro de las salidas y entradas a las carreteras aledañas, así como riegos periódicos, para la seguridad de los usuarios.
El Consejo de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón considera que el promotor debería profundizar en el análisis del impacto de este tipo de proyectos sobre las actividades económicas que se desarrollan en las zonas de implantación y en las repercusiones reales sobre la población local y comarcal. Así mismo el proyecto deberá incluir un balance justificado del impacto final sobre la actividad socioeconómica en el territorio afectado y la cuantificación del número de empleos que se prevén generar en cada una de las fases del proyecto.
Datos oficiales del departamento Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Resolución de 28 de agosto de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Enif", de 34,31 MWp/32,269 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Huesca».
"Resolución de 28 de agosto de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Enif", de 34,31 MWp/32,269 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Huesca»." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2023-19522 publicado el 16 septiembre 2023
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 16 septiembre 2023
Fecha Pub: 20230916
Fecha última actualizacion: 23 septiembre, 2023
Seccion: 3
Departamento: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
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Fecha de publicacion: 16 septiembre 2023
Letra: A
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