CLUB DEPORTIVO DE CAZADORES DE TORREGALINDO – Anuncios particulares

CLUB DEPORTIVO DE CAZADORES DE TORREGALINDO

A tenor de lo establecido en la disposición transitoria séptima y artículo 21.4 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza, de Castilla y León y artículo 18 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV «De los Terrenos» de la Ley anterior y artículo 83 de la Ley 39/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expone al público por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de propietarios de fincas rústicas a los que por desconocido, resultar ignorado su paradero o habiendo intentado la notificación personal, no ha sido posible comunicar la tramitación del expediente de prórroga del coto de caza BU- 10.051 a fin de presentar las alegaciones que estimen oportunas en caso de oponerse a la inclusión de sus fincas en el coto referenciado. Por ello se hace saber a todos los propietarios y titulares de fincas rústicas de terrenosde Torregalindo, y en concreto a los señalados en esta relación, que de no oponerse expresamente por escrito en el plazo señalado, se considerará que prestan su conformidad a la inclusión de las fincas de su propiedad a efectos de aprovechamiento cinegético en el coto de caza BU-10.051 de Torregalindo, por un periodo de 30 años, finalizando la cesión al término de la campaña cinegética 2046/2047.

Relación de titulares conforme a datos catastrales: