En las Diligencias Preparatorias n.º 12/08/12, seguidas por el Tribunal Militar Territorial Primero, se ha dictado Auto cuya Parte Dispositiva dice: "Se acuerda el sobreseimiento definitivo de las presentes actuaciones".
No habiendo sido posible la notificación a D. Jonathan A. Lozano Calle (11.874.973-L) en ninguna de las direcciones que constan en las actuaciones, se acuerda la inserción del presente en el BOE a efectos de su notificación en forma, haciéndole saber que, contra el referido Auto podrá interponer recurso de casación ante la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, que deberá prepararse ante este Tribunal, en su caso, en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la publicación del presente.
No habiendo sido posible la notificación a don Jaime González Escudero (50.748.451-D), en ninguna de las dirección que constan en las actuaciones, se acuerda la inserción del presente en el BOE a efectos de su notificación en forma.
En Diligencia de Ordenación de fecha 30 de septiembre de 2020, dictada en el Sumario 11/24/11 seguido en este Tribunal Militar Territorial Primero, se acordó:
En las Diligencias Preparatorias 13/01/15 seguidas en este Tribunal Militar Territorial Primero, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva dice:
"El Tribunal declara remitida definitivamente la pena privativa de libertad impuesta en el presente procedimiento a don Miguel Adolfo San Miguel Menéndez de la Vega.
En el Sumario 11/26/11 seguido en este Tribunal Militar Territorial Primero, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva dice:
"Se está en el caso de declarar la firmeza del auto de sobreseimiento definitivo recaído en las presentes actuaciones, y se acuerda el archivo de lo actuado en la sede del propio Tribunal, previa remisión del oportuno testimonio al Jefe de la Unidad del interesado.
En las Diligencias Preparatorias 11/05/16, seguidas por este Tribunal Militar Territorial Primero, se ha dictado auto cuya Parte Dispositiva dice:
"El Tribunal declara remitida definitivamente la pena privativa de libertad impuesta en el presente procedimiento a Denis Sobayev Ortega.