Resolución de 20 de diciembre de 2006, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Operadores de Informática en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal.





De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 27 de octubre de 2003), y con el fin de alcanzar la estabilidad referida al personal interino que realiza funciones estructurales en esta Administración Pública encargada de la enseñanza superior. Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con su artículo 2.2.e), y con el 52.10 de los Estatutos de esta Universidad, ya citados y conforme a los acuerdos de carácter extraordinarios suscritos con los representantes de personal y organizaciones sindicales y ratificado por el Consejo de Gobierno de esta Universidad en sesión celebrada el 29 de abril de 2005, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Operadores de Informática de la Universidad de Córdoba con sujeción a las siguientes






Orden del día 04 enero 2007

De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 27 de octubre de 2003), y con el fin de alcanzar la estabilidad referida al personal interino que realiza funciones estructurales en esta Administración Pública encargada de la enseñanza superior. Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con su artículo 2.2.e), y con el 52.10 de los Estatutos de esta Universidad, ya citados y conforme a los acuerdos de carácter extraordinarios suscritos con los representantes de personal y organizaciones sindicales y ratificado por el Consejo de Gobierno de esta Universidad en sesión celebrada el 29 de abril de 2005, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Operadores de Informática de la Universidad de Córdoba con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria 1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir ocho plazas en la Escala de Operadores de Informática (grupo C), de la Universidad de Córdoba, en el marco del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal. 1.2 Las presentes pruebas selectivas se regirán, en cuanto les sea de aplicación, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública, modificada por Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, y de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 27 de octubre de 2003), y lo dispuesto en la presente convocatoria. 1.3 El proceso selectivo, que se llevará a cabo mediante el sistema de concurso-oposición constará de las siguientes fases: Fase de oposición y fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en el Anexo I de esta resolución. 1.4 El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria. 1.5 Una vez finalizada la fase de oposición, y con respecto a los aspirantes que la hayan superado, se hará pública la puntuación obtenida por los mismos en la fase de concurso. Superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que, sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso, hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de las plazas convocadas. 1.6 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir de la segunda semana de febrero de 2007.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España. 2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida. 2.1.3 Estar en posesión del Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. 2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. 2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española, deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado el acceso a la Función Pública.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte, en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, que será facilitada gratuitamente en el Registro General de la Universidad de Córdoba (Rectorado, calle Alfonso XIII, 13, 14001 Córdoba), o bien fotocopia del modelo que figura en el Anexo III o bien a través de la página web de la Universidad de Córdoba www.uco.es, en cuyo caso deberán adjuntar tres ejemplares (Universidad, interesado y entidad bancaria). A la instancia se acompañará fotocopia legible del documento nacional de identidad. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán adjuntar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo deberán acreditar mediante declaración jurada o promesa, debidamente traducido al castellano, de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública. 3.2 Las solicitudes (ejemplar número 1 «Ejemplar para la Administración» del modelo de solicitud) se presentarán en el Registro General del Rectorado de la Universidad, o en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al excelentísimo señor Rector de la Universidad de Córdoba. Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los lugares señalados en esta base se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro General de la Universidad de Córdoba. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a esta Universidad. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de ser certificadas. Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro del plazo de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza. 3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de la solicitud:

En el espacio destinado a «escala o categoría que aspira», harán constar «Escala de Operadores de Informática-consolidación de empleo temporal».

3.4 Los derechos de examen serán de 24 euros y se ingresarán en la cuenta corriente número 00492420382014628248 del Banco Santander-Central Hispano a nombre de la Universidad de Córdoba. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecanográfica o en su defecto sello y firma de la misma en el espacio destinado a estos efectos. En ningún caso, la mera presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, del impreso de solicitud, con arreglo a lo dispuesto en la base 3.2. 3.5 Los aspirantes que presten servicios en la Universidad, con nombramiento o contrato en vigor quedan exentos de presentar acreditación de los extremos que constan en su expediente (hoja de servicios y titulación). 3.6 La contravención de alguna de estas normas determinará la exclusión de los aspirantes que no la hubieran observado. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio, o a petición del interesado. 3.7 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Córdoba dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En dicha resolución que será publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en la página web de la Universidad de Córdoba www.uco.es, figurarán los aspirantes excluidos (apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad), con indicación expresa de la causa de exclusión, la fecha, lugar y hora de celebración del ejercicio, así como los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos. 4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos. En todo caso, al objeto de evitar errores y posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino que, además, sus nombres constan en la correspondiente relación de admitidos. Los aspirantes que dentro del plazo no subsanen la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. La resolución que excluya definitivamente a algún aspirante, que será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad de Córdoba (calle Alfonso XIII, 13, 14001 Córdoba) y en la página web de la Universidad de Córdoba www.uco.es, pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso administrativo de acuerdo con lo previsto en la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. 4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, precederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará compuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 213.d) de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, debiendo por tanto las organizaciones sindicales representativas de esta Universidad, ponerse de acuerdo y proponer los tres miembros (titulares y suplentes) a que tienen derecho y que intervendrán en el proceso selectivo. De no recibirse propuesta de las organizaciones sindicales antes del ultimo día del plazo de presentación de solicitudes, estos tres miembros (titulares y suplentes), serán designados por el Rector. 5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base. 5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en la página web de la Universidad de Córdoba www.uco.es, resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2. o por otras causas. 5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad al menos, de sus miembros titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. 5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de Presidente y Secretario y la mitad, al menos de sus miembros, sean titulares o suplentes. 5.6 El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta norma, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas en que resulten necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Córdoba. 5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar el anonimato en la corrección siempre que ello fuera posible. 5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Córdoba (calle Alfonso XIII, 13, 14001 Córdoba). 5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría tercera de las recogidas en el anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, modificado por Decreto 190/1933, de 28 de diciembre y Decreto 404/2000, de 5 de octubre («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 30 de noviembre). 5.11 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «U» de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 25/01/2006 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de febrero de 2006) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 17 de enero de 2006, salvo que el llamamiento sea en una sola tanda. 6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad. 6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo en todo caso excluidos de la oposición quienes no comparezcan al mismo, dado el carácter de unidad del acto de la convocatoria. 6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Listas de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, a través de la página web de la Universidad de Córdoba www.uco.es y en aquellos otros medios que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada en ambas fases, y con indicación, en todo caso, del documento nacional de identidad. El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios, la puntuación de la fase de concurso y la suma total de ambas fases.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieran públicas las listas de aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados deberán presentar en el Servicio de Personal de la Universidad de Córdoba, los documentos exigidos en la base 2 de esta convocatoria. 8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido, por falsedad en la solicitud de participación en las pruebas. 8.3 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios de carrera, mediante Resolución del Rector de la Universidad de Córdoba. Cualquier resolución que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho. Los nombramientos deberán publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en la página web de la Universidad de Córdoba www.uco.es 8.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía». 8.5 De acuerdo con lo establecido en el artículo 104.2 del Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado, los funcionarios interinos que desempeñan los puestos de trabajos ofertado en la presente convocatoria cesarán en los mismos una vez que sean ocupados por los funcionarios de carrera de la Escala de Operadores de Informática de la Universidad de Córdoba.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 2 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, asimismo, la Universidad de Córdoba podrá, en su caso, proceder a la revisión de la Resolución del Tribunal Calificador de las pruebas conforme a lo establecido en la citada Ley 30/1992.

Córdoba, 20 de diciembre de 2006.-El Rector, José Manuel Roldán Nogueras.

ANEXO I Ejercicios y valoración

El proceso de selección se divide en una fase de oposición, valorada con un máximo de 55 puntos, y una fase de concurso, valorada con un máximo de 45 puntos. Los puntos de la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Fase de oposición (Puntuación máxima: 55 puntos)

1. Primer ejercicio (puntuación máxima: 15 puntos).

Los aspirantes deberán responder, por escrito, a un cuestionario de 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre los temas incluidos en el Bloque I del Anexo II. El tiempo para la realización de este ejercicio serán al menos de ciento veinte minutos. Las respuestas erróneas serán valoradas negativamente por el Tribunal.

Este ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la superación del ejercicio. Es obligatorio superar este ejercicio para poder continuar en el proceso de selección.

2. Segundo ejercicio (puntuación máxima: 40 puntos).

Los aspirantes deberán desarrollar, por escrito, dos temas a elegir entre los seis propuestos por el Tribunal, que seleccionará al azar dos temas de cada Módulo de los incluidos en el Bloque II del Anexo II. El aspirante deberá elegir temas de módulos diferentes. El tiempo disponible por el aspirante para el desarrollo de ambos temas será al menos de ciento veinte minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos. El Tribunal valorará en este ejercicio los siguientes aspectos:

a) Corrección técnica del contenido

b) Claridad en la exposición y capacidad de síntesis c) Adaptación de los contenidos al trabajo a desempeñar como Operador de Informática.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la superación del ejercicio. Es obligatorio superar este ejercicio para poder continuar en el proceso de selección.

Fase de concurso (Puntuación máxima: 45 puntos)

1. Experiencia profesional. (Puntuación máxima: 35 puntos).

Se valorarán los servicios prestados durante los últimos cuatro años contados hasta la fecha de publicación de la convocatoria.

a) Por cada mes completo de experiencia como interino en la Escala de Operador de Informática en la Universidad de Córdoba: 0,9 puntos. b) Por cada mes de experiencia profesional con contrato laboral de Operador con destino en el Servicio de Informática de la Universidad de Córdoba: 0,8 puntos. En los dos supuestos de este apartado, que son incompatibles entre sí en el mismo período de tiempo, no se valorarán las relaciones de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o administrativos de prestación de servicios.

2. Cursos de Formación (puntuación máxima: 5 puntos).

La puntuación referida a los cursos impartidos por el aspirante como profesor se multiplicará por 1.5.

La puntuación referida a los cursos impartidos por el aspirante como profesor se multiplicará por 1.5.

3. Titulación Académica (puntuación máxima: 5 puntos).

Se adjudicarán 5 puntos a aquellos aspirantes que aleguen una titulación académica de nivel superior a la necesaria para poder participar en el proceso selectivo.

Las titulaciones objeto de valoración serán justificadas con fotocopia del Título o certificado de haber abonado los derechos de expedición del mismo y deben haberse obtenido con anterioridad a la publicación de esta convocatoria.

ANEXO II

Temario

Bloque I

Módulo 1: Legislación.

Tema 1. Los Estatutos de la Universidad de Córdoba. Naturaleza, Fines y Estructura general de la Universidad de Córdoba. Tema 2. Los Estatutos de la Universidad de Córdoba: Los órganos colegiados de gobierno de la Universidad de Córdoba: El Consejo Social. El Claustro Universitario. El Consejo de Gobierno. La Junta Consultiva. Tema 3. Los Estatutos de la Universidad de Córdoba. Los órganos unipersonales de gobierno en la Universidad de Córdoba: El Rector. Los Vicerrectores. El Secretario General. El Gerente. Tema 4. Régimen jurídico del personal funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de Córdoba.

Módulo 2: Fundamentos

Tema 5. Concepto de informática: Sistema informático. Equipo informático. Programas. Tema 6. Principio de funcionamiento de los ordenadores. Antecedentes históricos. Generaciones Tema 7. Arquitectura de ordenadores. Elementos principales. Unidad Central de Proceso. Tema 8. Concepto de memoria y sus distintas clases. Características y función de la memoria principal de un ordenador Tema 9. Principales Unidades de entrada y salida de datos: Periféricos. Principales unidades de almacenamiento. Tema 10. Sistemas Operativos: Concepto, estructura y clasificación. Tema 11. Gestión de memoria: Paginación, segmentación, memoria virtual. Tema 12. Sistemas gestores de base de datos. Evolución histórica. Modelo relacional. Tema 13. Concepto de transmisión de datos. Tipos de redes. Clasificación por topología. Modelo OSI. Tema 14. Gestión en la Universidad de Córdoba: Aplicaciones para el P.A.S.

Bloque II

Módulo 3: Informática en la gestión de Universidades.

Tema 15. SGBDR Oracle 9i: Principales objetos de la base de datos: tablas, vistas, secuencias, sinónimos e índices. Tema 16. SGBDR Oracle 9i: Características generales de SQL. PL/SQL: Principales características. Interacción entre PL/SQL y Oracle. Manejo de errores. Tema 17. SGBDR Oracle 9i: Procedimientos almacenados en el núcleo. Paquetes de utilidades. Disparadores. Tema 18. SGBDR Oracle 9i: Desarrollo de aplicaciones. Oracle Developper 2000: Forms y Reports. Estándares de diseño. Tema 19. Aplicaciones de gestión corporativa de la UCO.

Módulo 4: Mantenimiento de sistemas: Linux, Windows/2000.

Tema 20. Gestión de usuarios. Gestión de procesos. Gestión de colas de impresión. Tema 21. Infraestructura hardware de servidores. Administración Hardware Remota. Virtualización de Sistemas Operativos. Tema 22. Sistema de Archivos. Seguridad Acceso a Archivos. Samba. Almacenamiento Tema 23. Windows NT/2000: Estructura del Registro. Dominios. Active Directory. Tema 24. Servicios de terminales Windows. RDP. ICA.

Módulo 5: Microinformática, redes y comunicaciones.

Tema 25. Medios físicos de transmisión de datos Tema 26. Elementos de interconexión de redes. Tema 27. Modelo TCP/IP. DNS. DHCP. Tema 28. Estructura de la red informática en la UCO. Tema 29. Protocolos y estándares más usados en Internet: TELNET, FTP, SMTP, POP3/IMAP, HTTP.



Datos oficiales del departamento Universidades

Resolución de 20 de diciembre de 2006, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Operadores de Informática en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal.

"Resolución de 20 de diciembre de 2006, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Operadores de Informática en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-206 publicado el 04 enero 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-206
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 04 enero 2007
Fecha Pub: 20070104
Fecha última actualizacion: 4 enero, 2007
Numero BORME 4
Seccion: 2
Departamento: Universidades
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 04 enero 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 592
Pagina final: 596




Publicacion oficial en el BOE número 4 - BOE-A-2007-206


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-206 de Resolución de 20 de diciembre de 2006, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Operadores de Informática en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal.


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