Resolución de 25 de abril de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral con la categoría de Técnico Auxiliar de Biblioteca, Archivo y Museo, Grupo IV.





De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Universidad, de fecha 11 de abril de 2019, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2019, «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» (BOJA n.º 80), de fecha 29 de abril de 2019, y contando con la aprobación de la Junta de Andalucía (Orden de fecha 5 de junio de 2019) que aprueba esta tasa adicional para la estabilización de empleo temporal conforme a lo previsto en el artículo 19.9 LPGE 2018 a la que corresponde esta convocatoria.






Orden del día 02 mayo 2022

De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Universidad, de fecha 11 de abril de 2019, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2019, «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» (BOJA n.º 80), de fecha 29 de abril de 2019, y contando con la aprobación de la Junta de Andalucía (Orden de fecha 5 de junio de 2019) que aprueba esta tasa adicional para la estabilización de empleo temporal conforme a lo previsto en el artículo 19.9 LPGE 2018 a la que corresponde esta convocatoria.

Este Rector, en el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 20.1 y su relación con el 2.1 y 73 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y con el Decreto 298/2003 de 21 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, modificado por Decreto 265/2011, de 2 de agosto, con el fin de dar estabilidad al empleo temporal de personal de Administración y Servicios, resuelve convocar procedimiento selectivo para la provisión de plazas de Técnicos Auxiliares de Biblioteca, Archivo y Museo, dotadas en el estado de gastos del Presupuesto de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo de Personal de Administración y Servicios y con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

Primera.

Se convocan pruebas selectivas para cubrir en la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, dos plazas vacantes correspondientes al grupo IV (Técnico Auxiliar de Biblioteca, Archivo y Museo) del personal laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, por el sistema general de acceso libre.

Segunda. Normas generales.

La presente convocatoria se regirá por lo previsto en estas Bases y en sus anexos correspondientes y, en su defecto, se estará a lo establecido en el IV Convenio Colectivo citado, el Estatuto de los Trabajadores, preceptos del Estatuto Básico del Empleado Público que se refieran al personal laboral y demás normas de aplicación.

De conformidad con lo establecido por la normativa vigente en materia de protección de datos personales, los facilitados por quienes concurran a la presente convocatoria serán tratados por la Universidad Pablo de Olavide e incorporados en el sistema de tratamiento «Recursos Humanos», con la finalidad de gestionar y tramitar el proceso de selección objeto de la misma, finalidad basada principalmente en la necesidad de dar cumplimiento a obligaciones legales por parte de la Universidad (artículo 6.1.c) del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE –RGPD–).

Los datos podrán ser comunicados a otras entidades públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier otra entidad en caso de que exista obligación legal.

Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, y disponen de información adicional sobre el ejercicio de estos y otros derechos, en relación con sus datos personales, en la siguiente dirección: https://www.upo.es/rectorado/secretaria-general/proteccion-de-datos/.

Tercera. Requisitos de Admisión.

3.1 Para la admisión en esta convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido objeto de separación del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, mediante expediente disciplinario, ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para el empleo o cargos públicos por Resolución Judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o de cualquier otra titulación o estudios de nivel equivalente, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial de homologación, conforme a la regulación que resulte de aplicación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

3.2 Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano.

3.3 Todos los requisitos y méritos alegados deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse, en su caso, hasta el día de formalización de los correspondientes contratos de trabajo.

Cuarta. Solicitudes y Plazos de Presentación.

4.1 Quienes deseen participar en esta convocatoria deberán presentar su instancia (anexo IV) a través del Registro Electrónico de la Universidad Pablo de Olavide en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, presuponiéndose que las personas interesadas en acceder a la función pública disponen de capacidad técnica para poder relacionarse a través del procedimiento establecido, sin perjuicio de que, excepcionalmente, en caso de imposibilidad técnica o material, se admita la utilización de los otros medios de presentación de solicitudes establecidos en la legislación vigente.

4.2 Documentación: Las personas interesadas deberán acompañar, en todo caso, a la solicitud la siguiente documentación:

1. Copia escaneada del documento nacional de identidad, pasaporte o documento equivalente para los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar.

2. Tasa por derechos de examen: Resguardo acreditativo del pago de los derechos de examen, que será de 18 euros y deberá abonarse dentro del plazo de presentación de solicitudes.

4.3 El ingreso o transferencia bancaria deberá efectuarse en el Banco Santander en la cuenta IBAN ES72 0049-1861-16-2610366435, abierta en esa entidad a nombre de «Universidad Pablo de Olavide», haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, documento nacional de identidad y número de código de la convocatoria.

4.4 La falta de pago determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud con el justificante de pago.

Quinta. Admisión de aspirantes.

5.1 Terminado el plazo de presentación de instancias previsto en la base cuarta, se publicará en el tablón electrónico oficial de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, Resolución conteniendo la relación de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos y, en su caso, la causa de la no admisión y lugar y fecha del ejercicio a que se refiere la base 7.1 que, en ningún caso, se celebrará antes del día 1 de noviembre de 2022.

5.2 Contra dicha Resolución podrá interponerse por los interesados reclamación en el plazo de diez días a contar desde el día siguiente a su publicación.

5.3 Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, se procederá a la publicación del listado definitivo de admitidos y excluidos. De no existir reclamaciones en el plazo indicado, se procederá, mediante diligencia del Área de Recursos Humanos, a elevar a definitiva la relación publicada como provisional.

Sexta. Tribunal.

6.1 El desarrollo y la calificación del proceso de selección objeto de esta convocatoria le corresponde al Tribunal, nombrado a tal efecto en el anexo II, respetándose la composición que establece el artículo 21 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

6.2 La Universidad, a propuesta del Tribunal, podrá designar asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

6.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal siendo precisa para su validez la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad tengan similares condiciones a las de los demás, para la realización de la prueba práctica. A tal efecto, los interesados deberán proponer en la solicitud de participación, las adaptaciones que consideren necesarias

6.5 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que las pruebas se desarrollen adecuadamente, por lo que podrá nombrar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de la misma. Asimismo, se adoptarán las medidas oportunas para garantizar, cuando sea oportuno, que las pruebas sean corregidas sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellos aspirantes en cuyos ejercicios, cuando sea el caso, figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

6.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, Ctra. de Utrera, km. 1, 41013 Sevilla, Edificio 12 primera planta, teléfonos 954348999 y 954349822. La publicación de los Acuerdos del Tribunal en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, sustituirá a las notificaciones surtiendo sus mismos efectos, según lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6.7 El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del mismo, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con la prueba práctica.

Séptima. Sistema selectivo. Fases.

7.1 Fase de oposición (máximo 65 puntos):

Consistirá en un Ejercicio teórico-práctico sobre las funciones a desempeñar, programa y conocimientos exigidos que consistirá en un cuestionario tipo test con respuestas alternativas, siendo solo una la correcta, penalizando las respuestas erróneas con un cuarto de una respuesta correcta, de manera que, a efectos de obtener la calificación en este ejercicio, el número de aciertos vendrá dado por la aplicación de la siguiente fórmula: N = A - (E/4), siendo N el número de aciertos netos a considerar a efectos de establecer la calificación, A el número de aciertos obtenidos en el ejercicio y E el número de errores obtenidos en el ejercicio. Las preguntas no contestadas no se tendrán en cuenta a estos efectos. Se valorará con un máximo de 65 puntos, siendo preciso alcanzar al menos 32,5 puntos para aprobar.

7.2 Fase de concurso (máximo 35 puntos):

7.2 Fase de concurso (máximo 35 puntos):

7.2.1 Consistirá en la valoración por parte del Tribunal de los méritos que acrediten los aspirantes, referidos al día de publicación de la presente convocatoria y de acuerdo con el baremo que se publica como anexo III.

7.2.2 Los méritos a valorar, a efectos de determinar la puntuación de la fase de concurso, serán los alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes durante el plazo otorgado, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo.

Por Resolución de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, se abrirá un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la lista de aprobados en la fase de oposición, para que los aspirantes procedan a la presentación de sus méritos junto con la documentación acreditativa de los mismos que deberá presentarse de forma ordenada y numerada según el orden en que se citen los méritos.

No se valorarán los méritos que, habiéndose alegado, no hayan sido debidamente acreditados.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar la prueba teórico práctica.

Octava. Formalización de los contratos laborales.

Acreditados los requisitos exigidos en la convocatoria, la autoridad convocante dictará Resolución en virtud de la cual se adjudican a los aspirantes aprobados las plazas convocadas. La citada Resolución será publicada en el Tablón Electrónico Oficial (TEO) de la Universidad Pablo de Olavide y en ella se establecerá para cada aspirante la fecha de incorporación al puesto de trabajo obtenido. A estos efectos, y con anterioridad a la fecha de incorporación fijada, los aspirantes se personarán en el Área de Recursos Humanos de esta Universidad a fin de formalizar los correspondientes contratos laborales. Hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de trabajo correspondientes, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna. Aquel aspirante que no se incorpore al puesto de trabajo en la fecha acordada, se entenderá que ha efectuado la renuncia a la plaza obtenida.

Igualmente, en el contrato se establecerá el período de prueba establecido, de conformidad con el artículo 22.5 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía. Superado satisfactoriamente el período de prueba los interesados adquirirán la condición de personal laboral fijo.

Novena.

Una vez concluido el proceso selectivo se podrá confeccionar una lista ordenada, en la que figuren los aspirantes que no hubieran obtenido plaza y seleccionados conforme a lo establecido en el Acuerdo entre la Gerencia y el Comité de Empresa, por el que se fijan los Criterios Generales para la Provisión de vacantes de Personal Laboral, Contratación temporal y Bolsas de Trabajo, para su posible contratación de duración determinada, siempre y cuando las necesidades de personal existentes en la Universidad Pablo de Olavide así lo requieran.

Décima.

Contra esta Resolución podrá interponerse por los interesados Recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la fecha última de publicación en el BOJA o BOE, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso Contencioso-Administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 25 de abril de 2022.–El Rector, Francisco Oliva Blázquez.

ANEXO I

Referencia plaza: L7/22.

Número de plazas: 2.

Categoría: Técnico Auxiliar de Biblioteca, Archivo y Museo.

Destino: Biblioteca.

Grupo según convenio: IV.

Derechos de examen: 18 euros.

Titulación exigida:

Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o de cualquier otra titulación o estudios de nivel equivalente, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial de homologación, conforme a la regulación que resulte de aplicación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

Temario:

1. La Constitución: Título preliminar. Derecho y deberes fundamentales.

2. Los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla: naturaleza, funciones, principios y fines; estructura; órganos de gobierno; el personal de administración y servicios; Servicio de Biblioteca.

3. Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía: Normas generales.

4. El Estatuto Básico del Empleado Público: Clases de personal. Normativa aplicable al personal laboral. Derechos y deberes. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario.

5. IV Convenio Colectivo de Personal laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

6. La Ley Orgánica de Universidades: De las enseñanzas y títulos. Del personal de administración y servicios.

7. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Principios de protección, Derechos de las personas. Responsable, Encargado del tratamiento y Delegado de Protección de Datos.

8. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral. Igualdad y conciliación. Criterios de actuación de las Administraciones públicas.

9. Riesgos generales y específicos de su puesto de trabajo: Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores.

10. Las bibliotecas universitarias como centros de recursos para el aprendizaje y la investigación (CRAI). La Biblioteca/CRAI de la Universidad Pablo de Olavide: concepto, estructura y funciones. Evolución histórica, reglamento y organización.

11. Servicios presenciales y en línea de la Biblioteca/CRAI de la Universidad Pablo de Olavide.

12. Las colecciones de las bibliotecas universitarias. Selección, adquisición y tareas de proceso técnico. Los recursos bibliográficos de la Biblioteca/CRAI de la Universidad Pablo de Olavide: colección impresa y electrónica.

13. Principales sistemas de clasificación bibliográfica: la Clasificación Decimal Universal (CDU). Organización, ordenación y control del fondo bibliográfico.

14. Plataformas de servicios bibliotecarios y herramientas de descubrimiento: Concepto, evolución y funcionalidades. Eureka: la herramienta de descubrimiento de la Biblioteca/CRAI de la Universidad Pablo de Olavide.

15. Servicios de préstamo y obtención de documentos en bibliotecas universitarias. Préstamo y acceso al documento en la Biblioteca/CRAI de la Universidad Pablo de Olavide.

16. Servicios de Información general, bibliográfica y de referencia en bibliotecas universitarias. Canales de comunicación en la Biblioteca/CRAI de la Universidad Pablo de Olavide.

17. La formación de usuarios en las bibliotecas universitarias. El servicio de formación de usuarios de la Biblioteca/CRAI de la Universidad Pablo de Olavide. Guías y tutoriales.

18. Marketing y promoción de los servicios bibliotecarios. La difusión de los servicios en la Biblioteca/CRAI de la Universidad Pablo de Olavide: portal web, redes sociales.

19. Cooperación bibliotecaria. Redes y consorcios en los que participa la Biblioteca/CRAI de la Universidad Pablo de Olavide. El Consorcio de Bibliotecas Universitarias de Andalucía (CBUA), la Red de Bibliotecas Universitarias Españolas (REBIUN) y Dialnet.

20. El movimiento Open Access y los repositorios de investigación. El Repositorio Institucional Olavide (RIO).

ANEXO II

Tribunal de valoración

Tribunal titular:

Presidenta: Doña M.ª Adela González Jiménez, Vicegerente de Recursos Humanos y Organización Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide.

Vocales:

Doña María Elena Paneque Sosa, funcionaria de carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Pablo de Olavide.

Don Federico Galán Cruzado, Técnico Especialista de Biblioteca, Archivo y Museo de la Universidad Pablo de Olavide.

Don Braulio Flores Morón, Titulado Superior Director de Servicio de la Universidad Pablo de Olavide.

Doña Montserrat Torralbo Aranda, Técnico Especialista de Biblioteca, Archivo y Museo de la Universidad Pablo de Olavide.

Secretaria: Doña Natalia Bayol Gutiérrez, Responsable de Oficina del Área de Recursos Humanos de la Universidad Pablo de Olavide.

Tribunal Suplente:

Presidenta: D.ª Laura Rodríguez Luque, Vicegerente Económico y de Contratación de la Universidad Pablo de Olavide.



Datos oficiales del departamento Universidades

Resolución de 25 de abril de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral con la categoría de Técnico Auxiliar de Biblioteca, Archivo y Museo, Grupo IV.

"Resolución de 25 de abril de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral con la categoría de Técnico Auxiliar de Biblioteca, Archivo y Museo, Grupo IV." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2022-7091 publicado el 02 mayo 2022

ID de la publicación: BOE-A-2022-7091
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 02 mayo 2022
Fecha Pub: 20220502
Fecha última actualizacion: 2 mayo, 2022
Numero BORME 104
Seccion: 2
Departamento: Universidades
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 02 mayo 2022
Letra: A
Pagina de inicio: 60254
Pagina final: 60263




Publicacion oficial en el BOE número 104 - BOE-A-2022-7091


Publicacion oficial en el BOE-A-2022-7091 de Resolución de 25 de abril de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral con la categoría de Técnico Auxiliar de Biblioteca, Archivo y Museo, Grupo IV.


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