CLUB DEPORTIVO DE CAZADORES SAN ROQUE DE QUINTANA MARTÍN GALÍNDEZ EXPEDIENTE DE PRÓRROGA DEL COTO DE CAZA BU-10.287.





A tenor de lo establecido en el artículo 21.4 de la Ley 4/1996, de 12 de julio de Caza de Castilla y León y artículo 18 del Decreto 83/1998 de 30 de abril por el que se desarrolla reglamentariamente el título IV "De los Terrenos" de la Ley anterior y artículo 44 de la ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace saber a aquellos propietarios de las fincas rústicas de los polígonos 520, 521, 522, 524, 525 y 526 del Ayuntamiento de Valle de Tobalina, cuya notificación ha resultado infructuosa o se desconoce su domicilio, que disponen de un plazo de 10 días naturales presentar las alegaciones que estimen oportunas en caso de oponerse a la inclusión de sus fincas en el coto referenciado. De no oponerse expresamente por escrito en el plazo señalado, se considerará que prestan su conformidad a la inclusión de las fincas de su propiedad a efectos de aprovechamiento cinegético en el coto de caza BU-10.287, por un período de 10 años o temporadas cinegéticas, finalizando la cesión al término de la campaña cinegética 2028/2029.






Orden del día 24 diciembre 2018

A tenor de lo establecido en el artículo 21.4 de la Ley 4/1996, de 12 de julio de Caza de Castilla y León y artículo 18 del Decreto 83/1998 de 30 de abril por el que se desarrolla reglamentariamente el título IV "De los Terrenos" de la Ley anterior y artículo 44 de la ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace saber a aquellos propietarios de las fincas rústicas de los polígonos 520, 521, 522, 524, 525 y 526 del Ayuntamiento de Valle de Tobalina, cuya notificación ha resultado infructuosa o se desconoce su domicilio, que disponen de un plazo de 10 días naturales presentar las alegaciones que estimen oportunas en caso de oponerse a la inclusión de sus fincas en el coto referenciado. De no oponerse expresamente por escrito en el plazo señalado, se considerará que prestan su conformidad a la inclusión de las fincas de su propiedad a efectos de aprovechamiento cinegético en el coto de caza BU-10.287, por un período de 10 años o temporadas cinegéticas, finalizando la cesión al término de la campaña cinegética 2028/2029.

Quintana Martín Galíndez, 13 de diciembre de 2018.- El Presidente, Jesús Mª Viguri Guinea.



Datos oficiales del departamento Anuncios particulares

CLUB DEPORTIVO DE CAZADORES SAN ROQUE DE QUINTANA MARTÍN GALÍNDEZ EXPEDIENTE DE PRÓRROGA DEL COTO DE CAZA BU-10.287.

"CLUB DEPORTIVO DE CAZADORES SAN ROQUE DE QUINTANA MARTÍN GALÍNDEZ EXPEDIENTE DE PRÓRROGA DEL COTO DE CAZA BU-10.287." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-B-2018-60882 publicado el 24 diciembre 2018

ID de la publicación: BOE-B-2018-60882
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 5
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 24 diciembre 2018
Fecha Pub: 20181224
Fecha última actualizacion: 24 diciembre, 2018
Numero BORME 309
Seccion: 5
Departamento: Anuncios particulares
Numero de anuncio: A180075493
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 24 diciembre 2018
Letra: B
Pagina de inicio: 77477
Pagina final: 77477




Publicacion oficial en el BOE número 309 - BOE-B-2018-60882


Publicacion oficial en el BOE-B-2018-60882 de CLUB DEPORTIVO DE CAZADORES SAN ROQUE DE QUINTANA MARTÍN GALÍNDEZ EXPEDIENTE DE PRÓRROGA DEL COTO DE CAZA BU-10.287.


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