Corrección de erratas de la Resolución de 9 de junio de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los criterios que deberán seguir las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para elaborar el informe de auditoría externa para todas las instalaciones puestas en servicio en el año 2019, y para aquellas cuya capacidad hubiera sido ampliada durante dicho año.





Advertida errata en la inserción de la Resolución de 9 de junio de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los criterios que deberán seguir las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para elaborar el informe de auditoría externa para todas las instalaciones puestas en servicio en el año 2019, y para aquellas cuya capacidad hubiera sido ampliada durante dicho año, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 165, de fecha 12 de junio de 2020, páginas de 39907 a la 39943, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

Contenidos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia Corrección de erratas de la Resolución de 9 de junio de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los criterios que deberán seguir las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para elaborar el informe de auditoría externa para todas las instalaciones puestas en servicio en el año 2019, y para aquellas cuya capacidad hubiera sido ampliada durante dicho año. del 20200617







Orden del día 17 junio 2020

Advertida errata en la inserción de la Resolución de 9 de junio de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los criterios que deberán seguir las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para elaborar el informe de auditoría externa para todas las instalaciones puestas en servicio en el año 2019, y para aquellas cuya capacidad hubiera sido ampliada durante dicho año, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 165, de fecha 12 de junio de 2020, páginas de 39907 a la 39943, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

En la página 39911, donde dice: «1539911 %»; debe decir: «15 %».



Datos oficiales del departamento Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Corrección de erratas de la Resolución de 9 de junio de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los criterios que deberán seguir las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para elaborar el informe de auditoría externa para todas las instalaciones puestas en servicio en el año 2019, y para aquellas cuya capacidad hubiera sido ampliada durante dicho año.

"Corrección de erratas de la Resolución de 9 de junio de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los criterios que deberán seguir las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para elaborar el informe de auditoría externa para todas las instalaciones puestas en servicio en el año 2019, y para aquellas cuya capacidad hubiera sido ampliada durante dicho año." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2020-6306 publicado el 17 junio 2020

ID de la publicación: BOE-A-2020-6306
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 17 junio 2020
Fecha Pub: 20200617
Fecha última actualizacion: 17 junio, 2020
Numero BORME 169
Seccion: 3
Departamento: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 17 junio 2020
Letra: A
Pagina de inicio: 41561
Pagina final: 41561




Publicacion oficial en el BOE número 169 - BOE-A-2020-6306


Publicacion oficial en el BOE-A-2020-6306 de Corrección de erratas de la Resolución de 9 de junio de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los criterios que deberán seguir las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para elaborar el informe de auditoría externa para todas las instalaciones puestas en servicio en el año 2019, y para aquellas cuya capacidad hubiera sido ampliada durante dicho año.


Descargar PDF oficial BOE-A-2020-6306 AQUÍ



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