Resolución de 12 de junio de 2006, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía, la Entidad Real Fundación Patronato de la Vivienda de Sevilla.





Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la constitución de la Entidad Real Fundación Patronato de la Vivienda de Sevilla, sobre la base de los siguientes






Orden del día 03 agosto 2006

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la constitución de la Entidad Real Fundación Patronato de la Vivienda de Sevilla, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de Hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Entidad Real Fundación Patronato de la Vivienda de Sevilla fue constituida por Su Majestad Alfonso XIII, el 22 de diciembre de 1913, según consta en escritura pública otorgada ante el notario don Primo Alvarez Cuevas y Díaz, del Ilustre Colegio de Madrid, registrada con el número 1.521 de su protocolo. La Fundación, inscrita como entidad benéfico-constructora en el Registro de Entidades de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, tiene adaptados sus Estatutos a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, elevados a público el 20 de mayo de 2005 ante el notario don Manuel García del Olmo y Santos, del Ilustre Colegio de Sevilla, bajo el núm. 1.619 de su protocolo.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 13.25 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 20 de diciembre; la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo.-La entidad que ha solicitado su inscripción registral responde a la definición de fundación del artículo 1 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, estando sus fines comprendidos dentro de la enumeración del artículo 3 de dicho texto legal. Tercero.-De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.2 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, la inscripción de las fundaciones requiere informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, habiendo obtenido al respecto un pronunciamiento favorable por parte del Protectorado de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. Cuarto.-La documentación aportada reúne los requisitos exigidos por los artículos 9, 11 y 12 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo. Quinto.-El artículo 21 de los estatutos prevé la existencia de un Comisión Permanente, estableciéndose en el artículo 21 de la ley 10/2005, de 31 de mayo, y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Andalucía que la creación de órganos de asistencia al Patronato serán objeto de inscripción registral. Sexto.-El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Séptimo.-La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento. En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior, resuelve:

Primero.-Clasificar a la Entidad Real Fundación Patronato de la Vivienda de Sevilla, atendiendo a sus fines, como entidad benéfico-asistencial, ordenando su inscripción en la Sección Tercera, «Fundaciones Benéfico-Asistenciales y Sanitarias» del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número SE/953.

Segundo.-Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de los miembros del Patronato relacionados en el antecedente de hecho quinto de la presente Resolución, así como la aceptación de los cargos. Tercero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de la Comisión Permanente del Patronato. Cuarto.-Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los ar-tículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 12 de junio de 2006.-La Directora General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, M.ª Luisa García Juárez.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Andalucía

Resolución de 12 de junio de 2006, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía, la Entidad Real Fundación Patronato de la Vivienda de Sevilla.

"Resolución de 12 de junio de 2006, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía, la Entidad Real Fundación Patronato de la Vivienda de Sevilla." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-14156 publicado el 03 agosto 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-14156
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 03 agosto 2006
Fecha Pub: 20060803
Fecha última actualizacion: 3 agosto, 2006
Numero BORME 184
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Andalucía
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 03 agosto 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 29243
Pagina final: 29244




Publicacion oficial en el BOE número 184 - BOE-A-2006-14156


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-14156 de Resolución de 12 de junio de 2006, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía, la Entidad Real Fundación Patronato de la Vivienda de Sevilla.


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-14156 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *