Decreto 21/2007, de 2 de abril, del Presidente de la Junta de Comunidades, por el que se convocan elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha.





El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, en su artículo 10.2, atribuye al Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la convocatoria de las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha. El artículo 19 de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha, establece que las elecciones se convocan mediante decreto del Presidente de la Junta de Comunidades, en el que se señalará el día de la votación y se fijará la fecha de la sesión constitutiva de las Cortes, que tendrá lugar dentro de los veinticinco días siguientes al de la celebración de las elecciones. En su virtud, dispongo:






Orden del día 03 abril 2007

El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, en su artículo 10.2, atribuye al Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la convocatoria de las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha. El artículo 19 de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha, establece que las elecciones se convocan mediante decreto del Presidente de la Junta de Comunidades, en el que se señalará el día de la votación y se fijará la fecha de la sesión constitutiva de las Cortes, que tendrá lugar dentro de los veinticinco días siguientes al de la celebración de las elecciones. En su virtud, dispongo:

Artículo 1.

Se convocan elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha, que se celebrarán el domingo 27 de mayo de 2007.

El número de diputados a elegir por cada circunscripción electoral es el siguiente: Por Albacete: diez diputados.

Por Ciudad Real: once diputados. Por Cuenca: ocho diputados. Por Guadalajara: siete diputados. Por Toledo: once diputados.

Artículo 3.

La campaña electoral, que ha de tener una duración de quince días, comenzará a las cero horas del día 11 de mayo, finalizando a las veinticuatro horas del día 25 de mayo.

Artículo 4.

La sesión constitutiva de las Cortes de Castilla‑La Mancha tendrá lugar a las once horas del día 19 de junio de 2007.

Disposición adicional única.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 bis de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla‑La Mancha, se publica como anexo del presente decreto el modelo oficial, elaborado por la Mesa de las Cortes, de la declaración de bienes, rentas y actividades que los candidatos, una vez proclamados por las Juntas Electorales Provinciales, deben presentar ante dicha Mesa antes del día trigésimo primero posterior a la convocatoria.

Disposición final única.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 2 de abril de 2007.-El Presidente, José M.ª Barreda Fontes.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Decreto 21/2007, de 2 de abril, del Presidente de la Junta de Comunidades, por el que se convocan elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha.

"Decreto 21/2007, de 2 de abril, del Presidente de la Junta de Comunidades, por el que se convocan elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-7026 publicado el 03 abril 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-7026
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 03 abril 2007
Fecha Pub: 20070403
Fecha última actualizacion: 3 abril, 2007
Numero BORME 80
Seccion: 1
Departamento: Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 03 abril 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 14482
Pagina final: 14496




Publicacion oficial en el BOE número 80 - BOE-A-2007-7026


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-7026 de Decreto 21/2007, de 2 de abril, del Presidente de la Junta de Comunidades, por el que se convocan elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha.


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