Resolución de 23 de diciembre de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Innovación, Industria y Comercio, por la que se habilita como laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado, al laboratorio de la empresa «Arteixo Telecom, S.A.».





Examinado el expediente de referencia, resultan los siguientes






Orden del día 15 marzo 2005

Examinado el expediente de referencia, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 25 de marzo de 2004, y número de entrada en el Registro Único de la Xunta de Galicia en la Coruña 59219, se recibió el escrito presentado por la empresa Arteixo Telecom, S. A., domiciliada en el Polígono Industrial de Sabón, parcelas n.º 133, 134, e 139, en la localidad de Arteixo (A Coruña), por el que solicita la habilitación como laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado. Segundo.-Dicha empresa se encuentra inscrita en el Registro de Control Metrológico con el número 03-I-001 como fabricante del taxímetro marca Intelligent data modelo IdGalileo. Tercero.-Con fecha 17 de junio de 2004 y número de salida del Registro de esta Consellería 10213, fue requerida la subsanación de las deficiencias observadas en el expediente. Con fecha 10 de diciembre de 2004 tuvo entrada en este mismo Registro con número 25677, el escrito de Arteixo Telecom, S. A. en el que se corrigen dichas deficiencias. Cuarto.-Con fecha 20 de diciembre de 2004, se inspeccionaron las instalaciones que Arteixo Telecom, S. A. tiene en el Polígono Industrial de Sabón en Arteixo (A Coruña), con la finalidad de comprobar la adecuación de sus instalaciones y equipamiento para poder ser habilitado como laboratorio auxiliar de verificación Quinto.-El expediente tiene completa la documentación exigida por la normativa vigente y el laboratorio de Arteixo Telecom, S. A. cumple todos los requisitos necesarios para ser habilitado como laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado.

Primero.-La Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para resolver, en base a lo establecido en la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Galicia, en el Real Decreto 2563/1982, de 24 de julio, que acuerda el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, y el Decreto 223/2003, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio y se distribuye la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora entre sus órganos, modificado por el Decreto 82/2004, de 23 de abril. Segundo.-Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto 1617/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el procedimiento para la habilitación de «laboratorios de verificación metrológica oficialmente autorizados», y el Real Decreto 1596/1982, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento para la aprobación de modelo de los contadores taquicronométricos, llamados «taxímetros».

El director general de Industria, Energía y Minas, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, resuelve:

Primero.-Habilitar como laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado al laboratorio de la empresa Arteixo Telecom, S. A.

Segundo.-La marca de verificación primitiva asignada a este laboratorio estará constituida por una etiqueta adhesiva con la siguiente forma:

Las dos cifras exteriores al círculo, que se simbolizan con XX, son variables y corresponden a los dos dígitos finales del año en el que se efectúa la verificación primitiva. Tercero.-Los precintos asignados a este laboratorio, que se utilizarán una vez superadas las pruebas de verificación primitiva, llevarán las inscripciones siguientes:

Las dos cifras que se simbolizan con XX son variables y corresponden a los dos dígitos finales del año en el que se efectúa a verificación primitiva. Los precintos se colocarán en los lugares que se establecen en la resolución de aprobación de modelo. Cuarto.-El contenido y alcance de esta habilitación se encontrarán sujetos a las siguientes condiciones:

1. Arteixo Telecom, S. A. acreditará el cumplimiento por el personal del laboratorio auxiliar de verificación metrológica del Plan de Formación en verificación primitiva presentado en esta Dirección General de Industria, Energía y Minas.

2. Arteixo Telecom, S. A. presentará en el plazo de seis meses, un informe de conclusiones relativo a la experiencia adquirida por el personal del laboratorio auxiliar de verificación metrológica en la verificación primitiva de una preserie de entre 50 y 100 instrumentos. 3. Competencias. El laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado de la entidad Arteixo Telecom, S. A., podrá realizar la verificación primitiva de los taxímetros marca Intelligent Data modelo IdGalileo. 4. Dirección del laboratorio. De acuerdo con la documentación presentada, el laboratorio auxiliar de verificación metrológica de la entidad Arteixo Telecom, S. A., se encontrará emplazado en los locales que la empresa tiene en el Polígono Industrial de Sabón, parcelas n.º 133, 134 y 139, en Arteixo, A Coruña. 5. Calibraciones y métodos. Esta Dirección General dispone de una relación de los instrumentos que forman parte de este laboratorio. Estos instrumentos tienen un carácter legal y deberán ser calibrados anualmente en un laboratorio de calibración debidamente acreditado y autorizado para esa función. Cualquier modificación o cambio de los instrumentos deberá ser notificado inmediatamente en esta Dirección General para su autorización. Los ensayos de la verificación primitiva se llevarán a cabo en las instalaciones del laboratorio. 6. Ensayos y ejecución. Los ensayos de la verificación primitiva deberán ser efectuados en las instalaciones arriba mencionadas con las debidas garantías de seguridad y los patrones e instrumentos de medida dentro de sus condiciones ambientales de utilización. En la realización de los mismos deberán seguirse los procedimientos aprobados por la Dirección General de Industria, Energía y Minas. 7. Jefatura del laboratorio. El jefe y subjefe del laboratorio, son designados para tal efecto a propuesta de Arteixo Telecom, S.A. por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, según lo dispuesto en el título II del Real Decreto 1617/1985. Esta jefatura y subjefatura del laboratorio ejercerán sus funciones de acuerdo con la normativa vigente, estando autorizados para poner las marcas y precintos de verificación primitiva, siendo responsables de que tanto las marcas como los precintos están suficientemente protegidos para evitar su utilización antirreglamentaria.

Quinto.-Esta Dirección General podrá proceder a la cancelación de la autorización cuando, en virtud de revisiones de oficio o por cualquier otro medio se compruebe que se produjo falseamiento, declaración inexacta o modificación de los datos y circunstancias que sirvieron de base a aquella, sin perjuicio de la sanción a que tuviera lugar según lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Conselleiro de Innovación, Industria y Comercio, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, do 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

De la presente resolución, y para los efectos procedentes, envíese copia a todas las Delegaciones de Industria de la Comunidad Autónoma, y se notifica a Arteixo Telecom, S. A. sita en el Polígono Industrial de Sabón, parcelas nº 133, 134, y 139, Arteixo 15142, A Coruña, DOG, BOE y al Centro Español de Metrología del Ministerio de Ciencia, Turismo y Comercio, situado en la calle del Alfar n.º 2, 28760 Tres Cantos, Madrid.

Santiago de Compostela, 23 de diciembre de 2004.-El Director general, Ramón Ordás Badía



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Galicia

Resolución de 23 de diciembre de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Innovación, Industria y Comercio, por la que se habilita como laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado, al laboratorio de la empresa «Arteixo Telecom, S.A.».

"Resolución de 23 de diciembre de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Innovación, Industria y Comercio, por la que se habilita como laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado, al laboratorio de la empresa «Arteixo Telecom, S.A.»." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-4314 publicado el 15 marzo 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-4314
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 15 marzo 2005
Fecha Pub: 20050315
Fecha última actualizacion: 15 marzo, 2005
Numero BORME 63
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Galicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 15 marzo 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 9204
Pagina final: 9205




Publicacion oficial en el BOE número 63 - BOE-A-2005-4314


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-4314 de Resolución de 23 de diciembre de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Innovación, Industria y Comercio, por la que se habilita como laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado, al laboratorio de la empresa «Arteixo Telecom, S.A.».


Descargar PDF oficial BOE-A-2005-4314 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *