Ley 10/2022, de 20 de julio, por la que se establece la modificación de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.





LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA






Orden del día 03 agosto 2022

LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A día de hoy, y según el Decreto 55/2021, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se atribuye a la Dirección General de Biodiversidad la protección, conservación, fomento y aprovechamiento de las riquezas piscícola y cinegética, así como la gestión y administración de la Reserva Regional de Caza, cotos sociales de caza y cotos de pesca.

Además, la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, define las tasas como tributos que se establecen por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público, así como por la prestación de servicios públicos o realización de actividades de su competencia, en régimen de derecho público, que se refieran, afecten o beneficien de modo particular a sujetos pasivos.

Siendo conscientes y conocedores de las necesidades surgidas en relación con la prevención, lucha, control y erradicación de la tuberculosis animal, consideramos necesaria la modificación de los importes de las tarifas de dos tasas, en concreto, de la tasa 4.41 «Servicios en materia de caza» y la tasa 4.42 «Permisos de caza en terrenos cinegéticos administrados por la Comunidad Autónoma de La Rioja».

La enfermedad citada anteriormente es una de las más compartidas entre el ganado, la fauna silvestre y, esporádicamente, la especie humana, en la que en los últimos años se ha evidenciado el importante papel que en la transmisión y mantenimiento de la enfermedad están jugando ciertos reservorios silvestres como los jabalíes.

A través de este texto legal se articula la reducción de una serie de tarifas con el objetivo de fomentar la caza de las especies cinegéticas que actúan como reservorio de dicha enfermedad, contribuyendo positivamente a su erradicación y a la disminución de posibles daños a la agricultura por parte de ciertas especies cinegéticas.

  Modificación de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Uno. Se modifica el anexo en lo referido a la tasa 4.41: «Servicios en materia de caza» en los siguientes términos:

Se suprime el apartado 3.1.4 y se modifican los apartados 3.1.1, 3.1.2 y 3.1.3 de la tarifa 3.1 Caza mayor en batida, que queda redactada como sigue:

Se modifica el apartado Exenciones, que queda redactado como sigue:

Dos. Se modifica el anexo en lo referido a la tasa 4.42: «Permisos en terrenos cinegéticos administrados por la Comunidad Autónoma de La Rioja», en los siguientes términos:

Se modifican la tarifa 1.1 y la tarifa 3.2.1, que quedan redactadas en los siguientes términos:

 Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja».

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos cumplan y cooperen al cumplimiento de la presente Ley y a los Tribunales y Autoridades la hagan cumplir.

Logroño, 20 de julio de 2022.–La Presidenta, Concepción Andreu Rodríguez.

(Publicada en el «Boletín Oficial de La Rioja» número 140, de 22 de julio de 2022)



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de La Rioja

Ley 10/2022, de 20 de julio, por la que se establece la modificación de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

"Ley 10/2022, de 20 de julio, por la que se establece la modificación de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2022-13068 publicado el 03 agosto 2022

ID de la publicación: BOE-A-2022-13068
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 03 agosto 2022
Fecha Pub: 20220803
Fecha última actualizacion: 3 agosto, 2022
Numero BORME 185
Seccion: 1
Departamento: Comunidad Autónoma de La Rioja
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 03 agosto 2022
Letra: A
Pagina de inicio: 112880
Pagina final: 112881




Publicacion oficial en el BOE número 185 - BOE-A-2022-13068


Publicacion oficial en el BOE-A-2022-13068 de Ley 10/2022, de 20 de julio, por la que se establece la modificación de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.


Descargar PDF oficial BOE-A-2022-13068 AQUÍ



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