Resolución de 31 de enero de 2020, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se incoa expediente para la declaración de bien de interés cultural del Ara votiva de la fuente de La Mortera (Ara de la Fortuna Balnearia).





Antecedentes de hecho






Orden del día 25 junio 2020

Antecedentes de hecho

Primero.

El Ara votiva de la fuente de la Mortera (Ara de la Fortuna Balnearia) fue incluida en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias mediante Resolución de 23 de diciembre de 2013, de la entonces Consejería de Ecuación, Cultura y Deporte (BOPA n.º 18 de 23 de enero de 2014).

El Pleno del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias acordó, en sus reunión del día 29 de enero de 2020, informar favorablemente el inicio de los trámites de declaración como Bien de Interés Cultural del citado Ara.

A los antecedentes de hecho, son de aplicación los siguientes

Fundamentos de Derecho

Primero.

Vistos los artículos 14 y siguientes de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, que regulan el procedimiento que debe seguirse para la declaración como Bien de Interés Cultural.

Segundo.

Examinada la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

Tercero.

En lo relativo a las competencias, es de aplicación el artículo 10 de Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, el Decreto 86/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, y la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

En virtud de lo expuesto, vistos los antecedentes de hecho concurrentes y los fundamentos de Derecho de aplicación, resuelvo:

Único.

Incoar expediente administrativo para declarar bien de interés cultural el Ara votiva de la fuente de la Mortera (Ara de la Fortuna Balnearia).

Oviedo, 31 de enero de 2020.–La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo, Berta Piñán Suárez.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Resolución de 31 de enero de 2020, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se incoa expediente para la declaración de bien de interés cultural del Ara votiva de la fuente de La Mortera (Ara de la Fortuna Balnearia).

"Resolución de 31 de enero de 2020, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se incoa expediente para la declaración de bien de interés cultural del Ara votiva de la fuente de La Mortera (Ara de la Fortuna Balnearia)." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2020-6741 publicado el 25 junio 2020

ID de la publicación: BOE-A-2020-6741
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 25 junio 2020
Fecha Pub: 20200625
Fecha última actualizacion: 25 junio, 2020
Numero BORME 176
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 25 junio 2020
Letra: A
Pagina de inicio: 44411
Pagina final: 44412




Publicacion oficial en el BOE número 176 - BOE-A-2020-6741


Publicacion oficial en el BOE-A-2020-6741 de Resolución de 31 de enero de 2020, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se incoa expediente para la declaración de bien de interés cultural del Ara votiva de la fuente de La Mortera (Ara de la Fortuna Balnearia).


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