Resolución de 20 de octubre de 2009, del Letrado Mayor del Senado, por la que se convoca la provisión, en régimen de contratación laboral, de plazas de Programador en la Secretaría General del Senado.





En ejecución del acuerdo tomado por la Mesa del Senado en su reunión celebrada el día 22 de septiembre de 2009 y, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del vigente Convenio Colectivo del personal laboral del Senado, se procede a la convocatoria pública para la provisión, en régimen de contratación laboral, de siete plazas de Programador con destino en la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de la Secretaría General del Senado.






Orden del día 28 octubre 2009

En ejecución del acuerdo tomado por la Mesa del Senado en su reunión celebrada el día 22 de septiembre de 2009 y, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del vigente Convenio Colectivo del personal laboral del Senado, se procede a la convocatoria pública para la provisión, en régimen de contratación laboral, de siete plazas de Programador con destino en la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de la Secretaría General del Senado.

Dicho proceso se realizará con sujeción a las siguientes bases:

Primera. Objeto de la convocatoria.

1.1 Se convocan pruebas selectivas para la provisión de siete plazas, en régimen de contratación laboral de carácter indefinido, una vez superado un período de prueba de seis meses, que, en su caso, en el contrato se establezca.

1.2 Dichas plazas estarán dotadas con la remuneración establecida en el vigente Convenio Colectivo del personal laboral del Senado, en la cuantía fijada presupuestariamente para cada ejercicio.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

2.1 Para tomar parte en la convocatoria pública los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título de Diplomado universitario o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado, por cualesquiera causas, para el ejercicio profesional en el desempeño de funciones públicas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la presente base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

Tercera. Comisión de Selección.

3.1 La resolución del proceso selectivo será realizada por la Comisión de Selección designada por la Mesa del Senado, que estará integrada por los siguientes miembros:

– Excmo. D. Sr. Matías Conde Vázquez, Secretario Tercero del Senado, que presidirá la Comisión.

– Ilma. Sra. D.ª Ana Álvarez Pablos, Letrada Mayor Adjunta para Asuntos Administrativos del Senado.

– Ilma. Sra. D.ª Isabel María Abellán Matesanz, Directora de Recursos Humanos y Gobierno Interior del Senado.

– D. José Ángel Alonso López, Director de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Senado.

– D. José Luis Bahíllo Pereira, Jefe del Área de Sistemas de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Senado.

La Comisión de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, cuando menos, de tres de sus miembros. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del Presidente de la Comisión de Selección.

Los representantes del personal laboral podrán participar como observadores en el proceso de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1 del Convenio Colectivo del personal laboral del Senado.

Si se estimase oportuno, la Comisión de Selección podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para las pruebas correspondientes a los ejercicios que crea necesarios.

3.2 La Mesa del Senado designará a los miembros suplentes de la Comisión de Selección, que sustituirán a los titulares en caso de renuncia justificada o de imposibilidad para el desempeño de la función.

3.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de Selección tendrá su sede en el Palacio del Senado (C/ Bailén, n.º 3, 28071 Madrid).

3.4 Corresponden a la Comisión de Selección las funciones relativas a la determinación concreta del contenido de las pruebas y a la calificación de los aspirantes, así como, en general, la adopción de cuantas medidas sean precisas en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

Cuarta. Solicitudes.

4.1 Quienes deseen tomar parte en este proceso de selección deberán presentar solicitud, cuyo modelo se acompaña a la presente convocatoria como anexo I, dirigida al Letrado Mayor del Senado, que podrá recogerse en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado o que puede ser objeto de descarga en la página Web de la Cámara ( http://www.senado.es/inforpractic/index.html).

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

La presentación de las solicitudes podrá hacerse en el Registro de la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General de dicha Cámara (C/ Bailén, n.º 3, 28071 Madrid), en días laborables –excepto sábados– de diez a catorce horas –o remitirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común–. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de su certificación.

A la instancia se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del D.N.I.

b) Fotocopia del título exigido en la convocatoria.

4.2 El domicilio que figure en las instancias se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación al organismo convocante de cualquier cambio.

Quinta. Admisión de aspirantes.

5.1 Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes y a la vista de las mismas, la Comisión de Selección dictará resolución, que hará pública en el «Boletín Oficial del Estado», con la relación provisional de aspirantes excluidos a la realización del proceso de selección, con expresión de los motivos de exclusión en cada caso. Asimismo, la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos se hará pública en el ABoletín Oficial de las Cortes Generales, Sección Senado@, así como en el tablón de anuncios y en la página Web de la Cámara. A efectos de lo que dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con esta publicación se considerará realizada la oportuna notificación a los interesados.

5.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el motivo de exclusión serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.

5.3 Una vez finalizado dicho plazo, la Comisión de Selección hará pública, mediante el mismo procedimiento, la resolución declarando aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos y en la que, cuando proceda, se indicarán lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.

5.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos anuncios se harán públicos por la Comisión de Selección en el tablón de anuncios del Senado y en la página Web de la Cámara (http://www.senado.es/inforpractic/index.html), con setenta y dos horas, al menos, de antelación al comienzo de los ejercicios correspondientes.

5.5 Si, en cualquier momento del proceso de selección, la Comisión de Selección tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá acordar, previa audiencia del interesado, la exclusión del mismo.

Sexta. Discapacidad.–Los aspirantes que tengan reconocido legalmente un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento y deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados deberán hacerlo constar así en la solicitud.

Con independencia de que opten o no al citado cupo de reserva, los aspirantes que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y/o medio oportunos. Los interesados deberán reflejar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria. Con el fin de que la Comisión de Selección pueda resolver con objetividad la solicitud planteada, el interesado deberá aportar, junto con la solicitud, dictamen técnico-facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó la discapacidad. A tal efecto, la Comisión de Selección podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos correspondientes.

7.1 El proceso de selección constará de tres ejercicios:

7.1 El proceso de selección constará de tres ejercicios:

– Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test, con respuestas alternativas, que versará sobre el contenido del programa que se incluye como anexo II a esta convocatoria. El tiempo máximo para la realización del ejercicio y los aspectos concretos del mismo se determinarán por la Comisión de Selección en el momento de la convocatoria del mismo.

– Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de los supuestos prácticos que determine la Comisión de Selección en el plazo máximo de tiempo que ésta fije, de acuerdo con el contenido del programa que se incluye como anexo II a esta convocatoria.

– Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de una prueba de traducción de inglés técnico.

7.2 Los ejercicios serán todos eliminatorios siendo necesario obtener el cincuenta por ciento de la puntuación máxima para superarlos. La puntuación de cada ejercicio se realizará dando al de la puntuación más alta de cada parte el valor 100, y asignando proporcionalmente el valor correspondiente al resto de los ejercicios. La puntuación final se obtendrá sumando las puntuaciones de los tres ejercicios. Las notas de la primera y segunda parte ponderarán el cuarenta y cinco por ciento de la puntuación total, y las de la tercera parte, el diez por ciento restante.

Al final de cada ejercicio se hará pública en el tablón de anuncios del Senado y en la página Web de la Cámara una relación de los aspirantes aprobados, con expresión de la puntuación alcanzada. Juntamente con la publicación de los resultados del ejercicio, se harán públicas, salvo que se estime otra cosa por la Comisión de Selección, la fecha, la hora y el lugar de realización del ejercicio siguiente.

La Comisión de Selección adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios cuyas características técnicas así lo permitan sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. Aquellos aspirantes en cuyos ejercicios figuren nombres, rasgos, marcas o cualquier otro signo que permita conocer su identidad podrán ser excluidos del proceso selectivo.

La Comisión de Selección podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad en cualquier momento.

7.3 La Comisión de Selección queda facultada para determinar el mínimo exigido para la obtención de las citadas calificaciones, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio.

Octava. Aspirantes propuestos.–Finalizadas las pruebas selectivas, la Comisión de Selección hará pública en el tablón de anuncios del Senado y en la página Web de la Cámara la relación de los aspirantes aprobados cuya contratación se proponga, elevando dicha propuesta a la Mesa del Senado para su aprobación.

Novena. Presentación de documentos.–Con carácter previo a la formalización del contrato y, en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquél en que se hagan públicos los nombres de los aspirantes propuestos para su contratación, éstos deberán presentar en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado el documento original del título por el que hayan sido admitidos a participar en las pruebas selectivas, con arreglo a lo dispuesto en la base segunda de la convocatoria, así como fotocopia del mismo para su compulsa.

Décima. Formalización contractual y período de prueba.–Una vez aprobada por la Mesa del Senado la propuesta de la Comisión de Selección, el órgano competente procederá a la formalización del contrato previa justificación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Transcurrido el período de prueba que se determina en la base primera de la presente convocatoria, el personal que lo supere satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo.

Undécima.–Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente Resolución podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Mesa del Senado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.

Palacio del Senado, 20 de octubre de 2009.–El Letrado Mayor del Senado, Manuel Cavero Gómez.

ANEXO II

1. Conceptos de sistemas operativos. Características técnicas y funcionales. Estructuras, clasificación, componentes y funciones. Evolución y tendencias. Administración de sistemas operativos y del software de base. Funciones y responsabilidades. Sistemas operativos multiprocesador.

2. Sistemas operativos Windows, Unix y Linux. Programación de Shell-Scripts. Lenguajes C y C++. Arquitecturas en cluster. Redundancia y tolerancia a fallos. Alta disponibilidad. Virtualización de servidores y de equipos de usuario.

3. Administración, dimensionamiento y mantenimiento de equipos. Tipos de mantenimiento. Gestión de directorios (AD, LDAP). Monitorización de equipos y gestión de capacidad. Gestión de librerías de programas. Gestión de medios magnéticos. Los lenguajes de control de ejecución de trabajos. Técnicas y herramientas de operación automática. Planificación de la capacidad. Evaluación del rendimiento. Análisis de la carga. Herramientas y técnicas utilizables. Administración de memoria.

4. Sistemas de almacenamiento de datos. Sistemas SAN, NAS: componentes, protocolos, gestión y administración. Niveles RAID. Virtualización del almacenamiento. Librerías. Gestión de volúmenes.

5. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO. El modelo TCP/IP: arquitectura, capas, interfaces, protocolos, direccionamiento y encaminamiento. Principales protocolos de la arquitectura de comunicaciones TCP/IP: ARP, IPv4/IPv6, ICMP, UDP, TCP, DNS, TELNET, FTP, HTTP, SMTP y DHCP. Protocolos HTTPS y SSL.

6. Redes de telecomunicaciones. Conceptos. Medios de transmisión. Conmutación de circuitos y paquetes. Protocolos de encaminamiento. Infraestructuras de acceso. Protocolos: X25. Frame Relay, ATM, RDSI, xDSL. Integración voz-datos sobre FR, IP, ATM. Interconexión de redes. MPLS. Calidad de servicio (QoS).

7. Redes de área local. Arquitectura. Tipología. Medios de transmisión. Métodos de acceso. Dispositivos de interconexión. Gestión de dispositivos. Administración de redes LAN. Gestión de usuarios en redes locales. Monitorización y control de tráfico. Gestión SNMP.

8. Redes inalámbricas: el estándar IEEE 802.11. Características funcionales y técnicas. Sistemas de expansión del espectro. Sistemas de acceso. Autenticación. Modos de operación. Seguridad.

9. Conceptos de seguridad de los sistemas de información. Seguridad física. Seguridad lógica. Riesgos, amenazas y vulnerabilidades. Medidas de protección. Políticas de salvaguarda. Plan de seguridad. Plan de contingencias y de recuperación.

10. Seguridad y protección en redes de comunicaciones. Vulnerabilidad, riesgo y protección. Sistemas de cortafuegos. Redes Privadas Virtuales (VPN). Control de accesos. Autenticación y técnicas criptográficas. Infraestructura de Clave Publica. Certificación y firma electrónica.

11. Bases de datos relacionales. El lenguaje SQL. Estructura básica, operaciones, funciones y parámetros, subconsultas, relaciones, vistas y modificaciones de datos. Vectores y registros. Lenguaje de definición de datos. Estándares de conectividad.

12. Desarrollo de aplicaciones en SGBDR Oracle: PL-SQL, FORMS y REPORTS.

13. El lenguaje Java. Clases y objetos. Métodos y parámetros. Herencia. Interfaces. Excepciones. Paquetes. Programación concurrente mediante hilos en Java. Interrupciones. Sincronismo. Comunicaciones con streams y sockets en Java. Conexión a base de datos con JDBC. Desarrollo de aplicaciones con Oracle JDeveloper.

14. Sistemas de gestión documental. Definición, tipología, estructura interna. La indexación. El lenguaje documental. Buscador. Concepto de tesauro y de ontología.

15. Arquitectura ANSI-SPARC. Integridad, control de concurrencia, bloqueo, gestión de autorizaciones y recuperación de errores. Monitor de transacciones.

16. Arquitectura cliente/servidor. Arquitectura J2EE. Características de funcionamiento. Elementos constitutivos. Productos y herramientas. Arquitecturas de servicios web (WS). Arquitectura SOA.

17. Aplicaciones Web. Tecnologías de programación. JavaScript, applets, servlets, ASP, JSP y PHP. Formatos y lenguajes para presentar la información: HTML, XHTML y CSS, AJAX. Recomendaciones mínimas para la accesibilidad web W3C. Servicios web: SOAP, WSKL y UDDI.

18. El lenguaje XML. DTD y esquema XML. Java y XML. DOM, SAX, JAXP y JDOM. Transformaciones XSL y XSLT. Sintaxis XPath. XSLFO.

19. Portales de Internet. Funciones y servicios. Funciones principales. Generación de páginas dinámicas. Servidor de aplicaciones: Concepto y funciones. Web 2.0.

20. Gestores de contenidos. Sindicación de contenidos. Sistemas de gestión de flujos de trabajo. Búsqueda e indexación de información (robots, spiders,…).



Datos oficiales del departamento Cortes Generales

Resolución de 20 de octubre de 2009, del Letrado Mayor del Senado, por la que se convoca la provisión, en régimen de contratación laboral, de plazas de Programador en la Secretaría General del Senado.

"Resolución de 20 de octubre de 2009, del Letrado Mayor del Senado, por la que se convoca la provisión, en régimen de contratación laboral, de plazas de Programador en la Secretaría General del Senado." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-17085 publicado el 28 octubre 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-17085
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 28 octubre 2009
Fecha Pub: 20091028
Fecha última actualizacion: 28 octubre, 2009
Numero BORME 260
Seccion: 2
Departamento: Cortes Generales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 28 octubre 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 89994
Pagina final: 90000




Publicacion oficial en el BOE número 260 - BOE-A-2009-17085


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-17085 de Resolución de 20 de octubre de 2009, del Letrado Mayor del Senado, por la que se convoca la provisión, en régimen de contratación laboral, de plazas de Programador en la Secretaría General del Senado.


Descargar PDF oficial BOE-A-2009-17085 AQUÍ



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