AUMENTO DE CAPITAL de AMPER, S.A.

AUMENTO DE CAPITAL de AMPER, S.A. a fecha de 24 febrero, 2016

Ampliación de capital con derecho de suscripción preferente


Orden del día

Ampliación de capital con derecho de suscripción preferente

En cumplimiento del artículo 305.2 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), en relación con el ejercicio del derecho de suscripción preferente por parte de los accionistas de AMPER, S.A. ("Amper"), se comunica que el Consejo de Administración de la Sociedad en su reunión celebrada el 5 de Febrero de 2016, al amparo de la delegación conferida por la Junta General de Accionistas celebrada el 30 de junio 2015 conforme al artículo 297.1 b) de la LSC, adoptó el acuerdo de aumentar el capital social mediante aportaciones dinerarias, con derecho de suscripción preferente, cuyos términos y condiciones más relevantes se detallan a continuación (la "Ampliación de Capital").

1.- Importe del aumento y acciones a emitir

El capital social se aumentará mediante aportaciones dinerarias por un importe nominal de 3.121.814,50 euros mediante la emisión y puesta en circulación de 62.436.290 acciones ordinarias de 0,05 euros de valor nominal y de la misma clase y serie que las acciones de Amper actualmente en circulación. Las nuevas acciones se emitirán por su valor nominal de 0,05 euros más una prima de emisión de 0,03 euros, de lo que resulta un tipo de emisión por acción de 0,08 euros, (el "Precio de Suscripción"). Consecuentemente, el importe total de la emisión, asciende a 4.994.903,20 euros o, en su caso, al importe que resulte en el supuesto de suscripción incompleta.

Las acciones nuevas se representarán por medio de anotaciones en cuenta, cuyo registro contable está atribuido a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal ("Iberclear") y a sus entidades participantes (las "Entidades Participantes").

Renta 4 Banco, S.A. ha sido designado como entidad agente de la Ampliación de Capital (la "Entidad Agente").

2.- Derechos políticos y económicos

Las acciones nuevas gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las acciones de Amper actualmente en circulación a partir de la fecha en la que la ampliación de capital se declare suscrita y desembolsada.

3.- Motivos de la oferta y destino de los ingresos

La finalidad de este aumento de capital es reforzar los fondos propios de la Sociedad, mejorar su estructura de financiación, reduciendo su ratio de endeudamiento, y dotar a la compañía de los recursos financieros necesarios para continuar desarrollando sus actividades y acometer nuevos proyectos.

En la medida en que algunos accionistas han expresado su voluntad de asistir financieramente a la Sociedad, el Consejo de Administración ha considerado oportuno que, como paso previo a la adopción de otras medidas, se ofrezca a aquellos accionistas que lo deseen la posibilidad de dotar fondos a la Sociedad para seguir desarrollando sus actividades y acometer planes de expansión internacional.

Los ingresos obtenidos en el aumento de capital se destinarán a incrementar las capacidades de capital de trabajo requerido en el Plan de Negocio del Grupo Amper.

4.- Periodos de suscripción

(a) Periodo de Suscripción Preferente

Las acciones nuevas se ofrecen con carácter preferente a los actuales accionistas de la Sociedad que aparezcan legitimados como tales en los registros de Iberclear a las 23:59 horas (CET) del día de la publicación de este anuncio (los "Accionistas"). Los Accionistas podrán ejercer su derecho de suscripción preferente con respecto a la totalidad de las acciones emitidas, así como aquellos terceros adquirentes de derechos de suscripción durante el Período de Suscripción Preferente (los "Inversores").

De conformidad con lo previsto en el artículo 306.2 de la LSC, los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan y serán negociables, en consecuencia, en las Bolsas de Valores de Barcelona y Madrid a través del Sistema de Interconexión Bursátil, dentro de los 15 días naturales posteriores a la publicación del anuncio del aumento de capital en los términos del artículo 503 de la LSC en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 503 de la LSC, el Período de Suscripción Preferente tendrá una duración de 15 días naturales y comenzará el día siguiente al de la de publicación de este anuncio (el "Periodo de Suscripción Preferente"). Los Accionistas y los Inversores podrán ejercer sus derechos de suscripción preferente durante el Periodo de Suscripción Preferente.

Los Accionistas y los Inversores que deseen ejercitar su derecho de suscripción preferente durante el Periodo de Suscripción Preferente, deberán dirigirse a la Entidad Participante en Iberclear en cuyo registro tengan inscritos sus valores, indicando su voluntad de ejercer tal derecho y el número de acciones que desean suscribir, en la proporción de 5 Acciones Nuevas por cada 51 derechos, correspondiendo un (1) derecho a cada acción existente de la Sociedad. Las órdenes que se emitan en relación con el ejercicio del derecho se entenderán formuladas con carácter firme, irrevocable e incondicional e implicarán la suscripción de las acciones nuevas a las que se refieran.

Los derechos de suscripción preferente no ejercitados se extinguirán automáticamente a la finalización del Periodo de Suscripción Preferente.

Durante el Periodo de Suscripción Preferente, al tiempo de ejercitar sus derechos de suscripción preferente, los Accionistas y los Inversores podrán solicitar la suscripción de acciones nuevas adicionales para el supuesto de que al término del Periodo de Suscripción Preferente quedarán acciones no suscritas (las "Acciones Sobrantes") y, por tanto, no se hubiera cubierto el importe total de la Ampliación de Capital.

(b) Período de Asignación Adicional

En el supuesto de que finalizado Periodo de Suscripción Preferente hubiera Acciones Sobrantes, éstas serán adjudicadas, en 1 día hábil bursátil, que comenzará en su caso a las 9:00 a.m. horas (CET) del cuarto día hábil bursátil siguiente al día de finalización del Periodo de Suscripción Preferente y finalizará a las 17:30 horas (CET) del mismo día (el "Período de Asignación Adicional"), con el fin de distribuir las Acciones Sobrantes entre los Accionistas e Inversores que lo hubieran solicitado.

Los Accionistas e Inversores que deseen participar en el Período de Asignación Adicional, deberán manifestar el número de acciones nuevas adicionales que deseen adquirir junto con la orden de ejercicio de derechos. La solicitud de acciones nuevas adicionales que se hubiera efectuado durante el Período de Suscripción Preferente, deberá incluir el número de acciones nuevas adicionales que los accionistas actuales o titulares de derechos hubieren solicitado.

Las órdenes basadas en la solicitud de acciones nuevas adicionales, que deberán formularse por un número de acciones nuevas adicionales determinado, sin que haya límite cuantitativo, se harán de manera firme, incondicional e irrevocable, ello sin perjuicio de que puedan no ser atendidas en su totalidad, en aplicación de las reglas de asignación establecidas.

Si el número de acciones nuevas adicionales solicitadas fuera superior a las existentes, se realizará un prorrateo conforme a las siguientes reglas:

i. Las Acciones Sobrantes se asignarán de forma proporcional al volumen de acciones nuevas adicionales solicitadas, utilizando para ello el porcentaje que las acciones nuevas adicionales solicitadas por cada suscriptor representan respecto al total de acciones nuevas adicionales solicitadas. Esos porcentajes a utilizar para la asignación proporcional se redondearán a la baja hasta 3 cifras decimales (por ejemplo 0,098983% se redondearía a 0,098%).

ii. Como regla general, en caso de fracciones en la asignación, se redondearán a la baja hasta el número entero más cercano de forma que resulte un número exacto de Acciones Sobrantes a asignar a cada suscriptor.

iii. Si tras la aplicación de los párrafos anteriores hubiesen Acciones Sobrantes no asignadas por efecto del redondeo, éstas se distribuirán una a una, por orden de mayor a menor cuantía de la petición y, en caso de igualdad, por el orden alfabético de los Accionistas e Inversores según la primera posición (y, en caso de igualdad, siguiente o siguientes) del campo "nombre y apellidos o razón social", sea cual sea su contenido, a partir de la letra que resulte del sorteo realizado ante notario, en el momento oportuno.

Las Acciones Sobrantes asignadas a los solicitantes de acciones nuevas adicionales se entenderán suscritas en el Período de Asignación Adicional.

En ningún caso se adjudicarán a los solicitantes de Acciones Sobrantes más acciones de las que hubieran solicitado. La adjudicación de acciones nuevas adicionales queda sujeta a la existencia de un número suficiente de Acciones Sobrantes tras el ejercicio del derecho de suscripción preferente.

(c) Período de Asignación Discrecional



Datos oficiales de la AUMENTO DE CAPITAL

AMPER, S.A.

"AMPER, S.A." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2016-862 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2016-862
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20160224
Fecha última actualizacion: 24 febrero, 2016
Numero BORME 37
Seccion: 2
Departamento: AUMENTO DE CAPITAL
Numero de anuncio: A160008145
ID del anuncio: A160008145
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 978
Pagina final: 983



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