OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES de BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A.

OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES de BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A. a fecha de 28 junio, 2012

Emisión de Bonos Subordinados Obligatoriamente Convertibles IV/2012.


Orden del día

Emisión de Bonos Subordinados Obligatoriamente Convertibles IV/2012.

Banco Popular Español, S.A. ("Banco Popular", el "Emisor") con domicilio social en Madrid, calle Velázquez 34 esquina a calle Goya y N.I.F A28000727 inscrita en le Registro Mercantil de Madrid, tomo 137, folio 183, hoja M 2715, inscripción 1.279ª con un capital social de 204.737.873,10 euros cuyo objeto social es la realización de operaciones de todo tipo en relación con títulos valores y documentos de crédito, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación del mercado de valores y de inversión colectiva, operaciones de crédito y de garantía, activas y pasivas, cualquiera que sea su clase, en nombre propio o por cuenta de terceros, adquisición o transmisión por cuenta propia o en comisión, acciones, obligaciones y demás títulos públicos o privados, nacionales o extranjeros, billetes de banco y monedas de todos los países y formular ofertas públicas de adquisición y venta de valores, recibir y colocar en depósito o administración, efectivo, valores mobiliarios y toda clase de títulos (no se considerará autorizado el Banco para disponer en ninguna forma de los depósitos entregados a su custodia), realizar todo tipo de operaciones con cuentas corrientes, a plazos o de cualquier clase, aceptar y conceder administraciones, representaciones, delegaciones, comisiones, agencias, así como otras gestiones en interés de los que utilicen los servicios del Banco y todas las demás actividades permitidas a los Bancos privados por la legislación vigente, comunica mediante el presente anuncio y conforme al artículo 408 de la Ley de Sociedades de Capital y 30ter de la Ley del Mercado de Valores, la emisión de Bonos Subordinados Obligatoriamente Convertibles IV/2012 (en adelante los "Bonos"), por importe total de setenta y cinco millones de euros (75.000.000 €), de cien mil (100.000) euros de valor nominal cada uno y representados mediante títulos al portador (la "Emisión"). La Emisión de los Bonos ha sido objeto de unos Listing Particulars pendientes de aprobar e inscribir en la Financial Services Authority y que se complementan con la información financiera anual y trimestral registradas en los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 31 de enero de 2012 y el 8 de mayo de 2012 respectivamente. Los términos en mayúscula empleados en este anuncio y no definidos expresamente en el mismo, tendrán el mismo significado atribuido a los mismos en los Listing Particulars, que recogen una descripción completa de los términos y condiciones de la Emisión.

Acuerdos sociales: La Emisión de los Bonos se realiza en ejecución de los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración de 11 de junio de 2012, al amparo de la autorización conferida por la Junta General Ordinaria de accionistas de 11 de junio de 2011, en virtud de los acuerdos adoptados bajo el punto octavo de su orden del día y el acuerdo de la Comisión Ejecutiva de fecha 26 de junio de 2012.

Las características de la Emisión de los Bonos son las siguientes:

Emisor: Banco Popular Español, S.A.

Destinatarios de la Emisión: La Emisión irá dirigida exclusivamente a inversores cualificados.

Perfil del Inversor: Banco Popular ha calificado este producto como complejo y de riesgo alto.

Importe total de la Emisión: setenta y cinco millones de euros (75.000.000 euros).

Valor nominal: Cien mil (100.000) euros.

Precio de Emisión: 100%

Fecha de Emisión y desembolso: 29 de junio de 2012.

Fecha de vencimiento: 29 de diciembre de 2014.

Entidades colocadoras: Banco Popular Español S.A.

Período de suscripción: El período de solicitudes de suscripción se extenderá desde las diez hasta las once de la mañana del mismo día de publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME).

Remuneración: 9,5% nominal anual sobre el nominal de los Bonos desde la Fecha de Desembolso, incluida, hasta la Fecha de Vencimiento, excluida.

La percepción de la remuneración requerirá que se cumplan simultáneamente las siguientes cuatro condiciones:

(1) la existencia de Beneficio Distribuible suficiente, tal y como se define en los Listing Particulars;

(2) que no existan limitaciones impuestas por la normativa española o europea de recursos propios actual o futura que resulte de aplicación;

(3) que el Consejo de Administración de Banco Popular, a su sola discreción, atendiendo a la situación de solvencia del Emisor o de su Grupo no haya decidido declarar un supuesto de "No Remuneración"; y

(4) que el Banco de España no haya exigido la cancelación del pago de la Remuneración basándose en la situación financiera y de solvencia de Banco Popular o en la de su grupo o subgrupo consolidable, de acuerdo con la normativa aplicable.

Fecha de Pago de la Remuneración: La Remuneración se pagará trimestralmente los días 29 de septiembre, 29 de diciembre, 29 de marzo y 29 de junio de cada año hasta la completa conversión de la Emisión, siempre que se den todas las condiciones para que se produzca. El primer pago del cupón será el 29 de septiembre de 2012.

Supuestos de Conversión: Los Bonos se convertirán obligatoriamente en acciones ordinarias de nueva emisión de Banco Popular (en adelante, las "Acciones"). La conversión de los Bonos se producirá en los siguientes supuestos:(a) Conversión obligatoria: Un tercio de los Bonos en circulación se convertirán a los 18 meses a contar desde la Fecha de Emisión, otro tercio se convertirá a los 2 años desde la Fecha de Emisión y el otro tercio restante se convertirá en la Fecha de Vencimiento, esto es el 29 de diciembre de 2014 (b)Conversión obligatoria total: (i)si el Emisor adopta cualquier medida societaria (distinta de la fusión, escisión y cesión global de activos y pasivos) tendente a su disolución y liquidación, voluntaria o involuntaria;(ii) si el Emisor adopta cualquier medida que tenga como consecuencia la aprobación de una reducción de su capital social de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 418.3 de la LSC; (iii) si el Emisor es declarado en concurso o se acuerda su intervención o la sustitución total y completa de sus órganos de administración o dirección por el Banco de España, así como en caso de saneamiento o reestructuración de la entidad o su grupo; (iv) En el supuesto de un cambio en la ley o en la regulación doméstica o europea o en las Recomendaciones de la EBA, que tenga lugar una interpretación oficial de dichas leyes o regulaciones a consecuencia de la cual los Bonos dejen de computarse como core tier 1 capital según las Recomendaciones EBA o dejen de ser calificados como Tier 1 Capital o cualquier otra computabilidad de conformidad con la regulación doméstica o europea o de las Recomendaciones de la EBA. Eventos de Contingencia: (v) si el grupo consolidable de Banco Popular presentase una ratio de capital ordinario inferior al 7% calculada de acuerdo a la definición usada en el test de estrés de la European Banking Authority (la "EBA") y cuyos resultados fueron publicados el 8 de diciembre de 2011. Este supuesto de conversión obligatoria permanecerá vigente mientras no se revierta o cancele (i) la decisión tomada por los Jefes de Estado de los Países de la Zona Euro en la Cumbre sobre el Euro del 26 de octubre de 2011 y/o (ii) las recomendaciones que publique la EBA al respecto.(vi) si el Emisor, o su grupo o subgrupo consolidable, presentan una ratio de capital predominante, inferior al 5,125%, calculada con arreglo a la Circular 3/2008 modificada por la Circular 4/2011 de 30 de noviembre, o cualquier otra normativa de recursos propios aplicable en cada momento al Emisor. (vii) si, disponiendo de una ratio de recursos propios básicos (Tier 1 capital ratio) inferior al 6%, calculado según la Circular 3/2008 modificada por la Circular 4/2011 de 30 de noviembre, o cualquier otra normativa de recursos propios aplicable en cada momento, el Emisor, o su grupo o subgrupo consolidable presentan pérdidas contables significativas. Se entenderá que existen "pérdidas contables significativas" cuando las pérdidas acumuladas en el conjunto de los últimos cuatro trimestres cerrados hayan reducido el capital y las reservas previas del Emisor, o su grupo o subgrupo consolidable un tercio. El Emisor se compromete a calcular, al menos trimestralmente, los ratios de capital mencionados en los puntos (v), (vi) y (vii); sea consecuencia de este cálculo o por cualquier otra circunstancia, cuando el emisor conozca que se ha producido cualquiera de los Eventos de Contingencia expuestos, deberá comunicar la situación a Banco de España y a la CNMV y hacerlo público mediante hecho relevante dentro de los (5) días naturales siguientes. Eventos de Viabilidad: (viii) La conversión se producirá cuando concurra un Evento de Viabilidad, es decir, si el Banco de España o la autoridad competente nacional, en cualquier momento determina que: (a) la conversión del Bono es necesaria para evitar una situación de no viabilidad del Banco y/o (b) el Banco necesita una inyección de capital público o apoyo público, para evitar una situación de no viabilidad. Los titulares de los Bonos, en el supuesto (a) anterior, tendrán derecho a percibir la Remuneración devengada y no pagada en la Fecha de Vencimiento, siempre que se cumplan las limitaciones para el pago de la Remuneración. En los demás supuestos los tenedores de los Bonos no tendrán derecho a percibir Remuneración en la Fecha de Conversión y recibirán únicamente Acciones.

Relación de Conversión: La Relación de Conversión será el cociente entre el nominal de los Bonos Convertibles y el Precio de Conversión, siendo el Precio de Conversión la media ponderada de los precios de cierre de la acción de Banco Popular en el Sistema de Interconexión Bursátil de las Bolsas de Valores españolas correspondiente a los quince días de cotización anteriores al día en que se produzca o anuncie el supuesto de conversión correspondiente, siempre que dicha media ponderada no sea inferior al 75% del precio de cierre de la acción de Banco Popular en el Sistema de Interconexión Bursátil de las Bolsas de Valores españolas el día anterior al de la conversión, en cuyo caso sería este último el Precio de Conversión, y con sujeción en todo caso a un límite mínimo de 1 euro. Asimismo, si la media ponderada fuese igual o superior a 15 euros, el Precio de Conversión será el mayor entre (i) 15 euros y (ii) la media ponderada resultante multiplicada por 0,75.

Admisión a negociación: Los Bonos cotizarán en la Bolsa de Londres.

Orden de prelación: Los Bonos se situarán, en orden de prelación, (i) por detrás de todos los acreedores comunes y subordinados de Banco Popular, excluyendo los valores del apartado (iii) posterior; (ii) por detrás de las participaciones preferentes, acciones preferentes y valores equiparables que el Emisor haya emitido (o garantizado) o pueda emitir (o garantizar); (iii) en el mismo orden de prelación (pari passu) que las demás emisiones de obligaciones, bonos u otros valores convertibles (incluyendo los instrumentos que reciban el tratamiento de Tier 1 Capital) equiparables a los Bonos que pudiese emitir el Banco directamente o a través de una Filial, con la garantía de Banco Popular; y (iv) por delante de las acciones ordinarias de Banco Popular.

Cómputo como recursos propios básicos: Banco Popular ha solicitado al Banco de España la calificación de estos bonos como recursos propios básicos del Grupo Banco Popular.

Rating: Banco Popular no ha solicitado a ninguna entidad calificadora una evaluación del riesgo de la Emisión.

Sindicato de obligacionistas: De conformidad con lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital, se procederá a la constitución de un sindicato de titulares de los Bonos, que quedará constituido una vez que se hayan practicado las correspondientes anotaciones. Don Alberto Cabeza Pérez ostentará la condición de comisario provisional del Sindicato de Bonistas. El Sindicato de Bonistas se regirá por lo previsto en su Reglamento. El Reglamento del Sindicato de Bonistas se encuentra recogido en las Listing Particulars.

Legislación de los Bonos: Los Bonos se emiten de conformidad con la legislación inglesa y las acciones de nueva emisión de Banco Popular se emiten de conformidad con la legislación española.

Madrid, 27 de junio de 2012.- Vicesecretario del Consejo de Administración.



Datos oficiales de la OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES

BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A.

"BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2012-20617 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2012-20617
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20120628
Fecha última actualizacion: 28 junio, 2012
Numero BORME 122
Seccion: 2
Departamento: OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Numero de anuncio: A120048970
ID del anuncio: A120048970
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 22389
Pagina final: 22392



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