Contenidos de la Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Acuerdo Multilateral RID 3/2007 en virtud de la Sección 1.5.1. del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" nº 59 de 9 de marzo de 2007) relativo al transporte de acuerdo con la disposición especial de embalaje PP1 de la instrucción de embalaje P001, hecho en Madrid el 30 de abril de 2008. del 20090310
- Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
- Orden del día 20090310
- Datos oficiales anuncio
- Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, noticias, anuncios y avisos legales relacionadas
- Comentarios y opiniones sobre Acuerdo Multilateral RID 3/2007 en virtud de la Sección 1.5.1. del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" nº 59 de 9 de marzo de 2007) relativo al transporte de acuerdo con la disposición especial de embalaje PP1 de la instrucción de embalaje P001, hecho en Madrid el 30 de abril de 2008.
Orden del día 10 marzo 2009
«ACUERDO MULTILATERAL RID 3/2007
En virtud de la sección 1.5.1 del RID, relativo al transporte de acuerdo con la disposición especial de embalaje PP1 de la instrucción de embalaje P001
(1) La disposición especial PP1 de la instrucción P001 puede sustituirse por:
(a) en cargas paletizadas, un palé o un dispositivo de unidad de carga, por ejemplo, embalajes individuales colocados o apilados y trincados por medio de un envoltorio robusto, o plastificado al calor o elástico o cualquier otro modo apropiado de sujeción al palé; o
(b) como un embalaje interior de un embalaje combinado con una masa neta máxima de 40 kg.”
(2) Se deberá aplicar toda otra disposición pertinente del RID.
(3) Este acuerdo se aplicará al transporte entre las Partes Contratantes del RID que hayan firmado el Acuerdo antes del 31 de diciembre de 2008, salvo que sea revocado antes de esta fecha por al menos uno de los firmantes, en cuyo caso seguirá siendo aplicable únicamente a los transportes entre los territorios de los Estados Miembros de la COTIF que lo hayan firmado y no lo hayan revocado.
Madrid, 30 de abril de 2008.–La autoridad competente para el RID en España, el Director General de Ferrocarriles, Luis de Santiago Pérez.»
El presente Acuerdo ha sido firmado por las Autoridades competentes del RID de:
Alemania.
Bélgica.
España.
Noruega.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 16 de enero de 2009.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Antonio Cosano Pérez.
Datos oficiales del departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Acuerdo Multilateral RID 3/2007 en virtud de la Sección 1.5.1. del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" nº 59 de 9 de marzo de 2007) relativo al transporte de acuerdo con la disposición especial de embalaje PP1 de la instrucción de embalaje P001, hecho en Madrid el 30 de abril de 2008.
"Acuerdo Multilateral RID 3/2007 en virtud de la Sección 1.5.1. del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" nº 59 de 9 de marzo de 2007) relativo al transporte de acuerdo con la disposición especial de embalaje PP1 de la instrucción de embalaje P001, hecho en Madrid el 30 de abril de 2008." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-3981 publicado el 10 marzo 2009
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 10 marzo 2009
Fecha Pub: 20090310
Fecha última actualizacion: 10 marzo, 2009
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 10 marzo 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 23740
Pagina final: 23740
Publicacion oficial en el BOE número 59 - BOE-A-2009-3981
Publicacion oficial en el BOE-A-2009-3981 de Acuerdo Multilateral RID 3/2007 en virtud de la Sección 1.5.1. del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" nº 59 de 9 de marzo de 2007) relativo al transporte de acuerdo con la disposición especial de embalaje PP1 de la instrucción de embalaje P001, hecho en Madrid el 30 de abril de 2008.
Descargar PDF oficial BOE-A-2009-3981 AQUÍ