Enmiendas a los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2015), Enmendado, adoptadas en Ginebra el 26 de junio de 2015.





Capítulo 2.2, Apartado 2.2.52.1.17:






Orden del día 04 mayo 2016

Capítulo 2.2, Apartado 2.2.52.1.17:

En la nota a dicho apartado sustituir «Manual de Pruebas y Criterios, Parte II, sección 20 y subsección 28.4» por «Manual de Pruebas y Criterios, Parte II, sección 20 y serie de pruebas E de la sección 25»

Capítulo 3.3, apartado 3.3.1, disposición especial 529:

Capítulo 6.2, apartado 6.2.2.4:

En la tabla, reemplazar el título de la última columna «Aplicable a la fabricación» por «Aplicable».

Capítulo 9.2, apartado 9.2.4.7.1:

Sustituir el contenido de la nota a pie de página 7 por el siguiente:

« Reglamento ECE Nº 122 (Disposiciones uniformes referentes a la homologación de vehículos de las categorías M, N y O en lo que concierne a su sistema de calefacción)»

Capítulo 9.2, Apartado 9.2.5:

Sustituir el contenido de la nota a pie de página 8 por el siguiente:

« Reglamento ECE N.º 89 (Disposiciones uniformes relativas a la homologación de los:

I. Vehículos en lo que se refiere a la limitación de su velocidad máxima o su función de limitación regulable de la velocidad

II. Vehículos en lo que se refiere a la instalación de un dispositivo limitador de velocidad (DLV) o de un dispositivo limitador regulable de la velocidad (DLRV) de tipo homologado.

III. Dispositivos limitadores de velocidad (DLV) y dispositivos regulables de velocidad (DLRV).»

* * * *

Las presentes Enmiendas entraron en vigor de forma general y para España el 26 de diciembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.3 del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera.

Madrid, 26 de abril de 2016.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Isabel Vizcaíno Fernández de Casadevante.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Enmiendas a los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2015), Enmendado, adoptadas en Ginebra el 26 de junio de 2015.

"Enmiendas a los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2015), Enmendado, adoptadas en Ginebra el 26 de junio de 2015." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2016-4281 publicado el 04 mayo 2016

ID de la publicación: BOE-A-2016-4281
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 04 mayo 2016
Fecha Pub: 20160504
Fecha última actualizacion: 4 mayo, 2016
Numero BORME 108
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 04 mayo 2016
Letra: A
Pagina de inicio: 29962
Pagina final: 29962




Publicacion oficial en el BOE número 108 - BOE-A-2016-4281


Publicacion oficial en el BOE-A-2016-4281 de Enmiendas a los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2015), Enmendado, adoptadas en Ginebra el 26 de junio de 2015.


Descargar PDF oficial BOE-A-2016-4281 AQUÍ



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