Enmiendas al anexo 1, Apéndice 2 del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de noviembre de 1976) puestas en circulación por el Secretario General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2003.





ANEJO 2 Enmiendas introducidas por el Grupo de Trabajo al anejo 1, apéndice 2, párrafo 54 del ATP

Contenidos de la Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Enmiendas al anexo 1, Apéndice 2 del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de noviembre de 1976) puestas en circulación por el Secretario General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2003. del 20050513







Orden del día 13 mayo 2005

ANEJO 2 Enmiendas introducidas por el Grupo de Trabajo al anejo 1, apéndice 2, párrafo 54 del ATP

En el párrafo primero, suprímase «El caudal de fluido frigorígeno se determinará con una precisión de ± 5 por 100» y modifíquese la frase que figura a continuación de la manera siguiente: «La potencia frigorífica útil se determinará con una precisión de ± 5 por 100».

a) Añádase al final de la letra a): «La precisión del sistema de medición de la temperatura deberá ser de ± 0,2 K.»

«El consumo eléctrico y de combustible se determinarán con una precisión de ± 0,5 por 100.»

c) Añádase al final de la letra c):

«Las velocidades de rotación se medirán con una precisión de ± 1 por 100.»

d) Añádase al final de la letra e):

«El consumo eléctrico se determinará con una precisión de ± 0,5 por 100».

Enmiendas resultantes de lo anterior:

En el Anejo 1, apéndice 2, modelo n.º 10, cuadro titulado «Resultados de las medidas y rendimientos frigoríficos», suprímanse las tres columnas relativas al fluido frigorígeno.

Las presentes Enmiendas entraron en vigor de forma general y para España el 19 de diciembre de 2004 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18(6) del Acuerdo.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 11 de marzo de 2005.-El Secretario General Técnico, Francisco Fernández Fábregas.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Enmiendas al anexo 1, Apéndice 2 del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de noviembre de 1976) puestas en circulación por el Secretario General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2003.

"Enmiendas al anexo 1, Apéndice 2 del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de noviembre de 1976) puestas en circulación por el Secretario General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2003." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-7772 publicado el 13 mayo 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-7772
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 13 mayo 2005
Fecha Pub: 20050513
Fecha última actualizacion: 13 mayo, 2005
Numero BORME 114
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 13 mayo 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 16179
Pagina final: 16179




Publicacion oficial en el BOE número 114 - BOE-A-2005-7772


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-7772 de Enmiendas al anexo 1, Apéndice 2 del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de noviembre de 1976) puestas en circulación por el Secretario General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2003.


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