Contenidos de la Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Enmiendas de 2004 al Código de Formación, Titulación y Guardia para la gente de mar (Código de Formación) (publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre de 1984), adoptadas el 20 de mayo de 2004, mediante Resolución MSC 156(78). del 20070217
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Orden del día 17 febrero 2007
ENMIENDAS DE 2004 AL CÓDIGO DE FORMACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA PARA LA GENTE DE MAR (CÓDIGO DE FORMACIÓN) [RESOLUCIÓN MSC.156 (78)]
(Adoptada el 20 de mayo de 2004)
El Comité de Seguridad Marítima
Recordando asimismo el artículo XII y la regla I/1.2.3 del Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, 1978 (Convenio de Formación), en adelante denominado «el Convenio», relativos a los procedimientos de enmienda aplicables a la Parte A del Código de formación, titulación y guardia para la gente de mar (Código de Formación). Habiendo examinado, en su 78.º período de sesiones, las enmiendas a la Parte A del Código de Formación propuestas y distribuidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo XII.1).a).i) del Convenio,
1. Adopta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo XII.1).a).iv) del Convenio, las enmiendas al Código de Formación cuyo texto figura en el anexo de la presente resolución.
2. Decide, de conformidad con lo dispuesto en el artículo XII.1).a).vii).2) del Convenio, que las mencionadas enmiendas al Código de Formación se considerarán aceptadas el 1 de enero de 2006, a menos que, con anterioridad a esa fecha, más de un tercio de las Partes o un número de Partes cuyas flotas mercantes combinadas representen como mínimo el 50% del tonelaje bruto de la flota mercante mundial, hayan notificado que recusan las enmiendas. 3. Invita a las Partes en el Convenio a que tomen nota de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo XII.1).a).ix) del Convenio, las enmiendas al Código de Formación adjuntas en el anexo entrarán en vigor el 1 de julio de 2004, una vez que hayan sido aceptadas con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 2 anterior. 4. Pide al Secretario general que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo XII.1.a).v) del Convenio, remita copias certificadas de la presente resolución y del texto de las enmiendas que figura en el anexo a todas las Partes en el Convenio. 5. Pide además al Secretario general que remita copias de la presente resolución y de su anexo a los Miembros de la Organización que no sean Partes en el Convenio.
ANEXO
ENMIENDAS AL CÓDIGO DE FORMACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA PARA LA GENTE DE MAR (CÓDIGO DE FORMACIÓN)
Parte A
Normas obligatorias relacionadas con las disposiciones del anexo del Convenio de Formación
Capítulo I. Normas relativas a las disposiciones generales
Sección A-I/2. Títulos y refrendos.
1. En el párrafo 1 de la sección A-I/2 se suprime la expresión «en 1995» del epígrafe del título. 2. En el párrafo 2 de la sección A-I/2 se suprime la expresión «en 1995» del epígrafe del refrendo 3. En el párrafo 3 de la sección A-I/2 se suprime la expresión «en 1995» del epígrafe del refrendo
Las presentes Enmiendas entraron en vigor de forma general y para España el 1 de julio de 2004 de conformidad con lo establecido en el artículo XII 1) a) IX) del Convenio.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 2 de febrero de 2007.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Francisco Fernández Fábregas.
Datos oficiales del departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Enmiendas de 2004 al Código de Formación, Titulación y Guardia para la gente de mar (Código de Formación) (publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre de 1984), adoptadas el 20 de mayo de 2004, mediante Resolución MSC 156(78).
"Enmiendas de 2004 al Código de Formación, Titulación y Guardia para la gente de mar (Código de Formación) (publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre de 1984), adoptadas el 20 de mayo de 2004, mediante Resolución MSC 156(78)." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-3377 publicado el 17 febrero 2007
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 17 febrero 2007
Fecha Pub: 20070217
Fecha última actualizacion: 17 febrero, 2007
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 17 febrero 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 7001
Pagina final: 7001
Publicacion oficial en el BOE número 42 - BOE-A-2007-3377
Publicacion oficial en el BOE-A-2007-3377 de Enmiendas de 2004 al Código de Formación, Titulación y Guardia para la gente de mar (Código de Formación) (publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre de 1984), adoptadas el 20 de mayo de 2004, mediante Resolución MSC 156(78).
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