Enmiendas de 2013 al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, (Enmiendas al modelo A y al modelo B de los suplementos del certificado IOPP en virtud del Anexo I del Convenio MARPOL), adoptadas en Londres el 17 de mayo de 2013 mediante la Resolución MEPC.235 (65).





RESOLUCIÓN MEPC.235(65)






Orden del día 28 mayo 2015

RESOLUCIÓN MEPC.235(65)

Adoptada el 17 de mayo de 2013

Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973

El Comité de Protección del Medio Marino,

Recordando el artículo 38 a) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional, artículo que trata de las funciones del Comité de protección del medio marino conferidas por los convenios internacionales relativos a la prevención y contención de la contaminación del mar,

Tomando nota del artículo 16 del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (en adelante, «Convenio de 1973») y del artículo VI del Protocolo de 1978 relativo al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (en adelante, «Protocolo de 1978»), en los que conjuntamente se especifica el procedimiento para enmendar el Protocolo de 1978 y se confiere al órgano pertinente de la Organización la función de examinar y adoptar enmiendas al Convenio de 1973 modificado por el Protocolo de 1978 (Convenio MARPOL 73/78),

Habiendo examinado el proyecto de enmiendas al modelo A y al modelo B de los Suplementos del Certificado IOPP en virtud del Anexo I del Convenio MARPOL 73/78,

1. Adopta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) d) del Convenio de 1973, las enmiendas al modelo A y al modelo B de los Suplementos del Certificado IOPP en virtud del Anexo I del Convenio MARPOL 73/78, cuyo texto figura en el anexo de la presente resolución;

2. Decide, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) f) iii) del Convenio de 1973, que las enmiendas se considerarán aceptadas el 1 de abril de 2014, salvo que, con anterioridad a esa fecha, un tercio cuando menos de las Partes, o aquellas Partes cuyas flotas mercantes combinadas representen como mínimo el 50 % del arqueo bruto de la flota mercante mundial, hayan notificado a la Organización que rechazan las enmiendas;

3. Invita a las Partes a que tomen nota de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) g) ii) del Convenio de 1973, dichas enmiendas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2014, una vez aceptadas de conformidad con lo estipulado en el párrafo 2 anterior;

4. Pide al Secretario General que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) e) del Convenio de 1973, remita a todas las Partes en el Convenio MARPOL 73/78 copias certificadas de la presente resolución y del texto de las enmiendas que figura en el anexo;

5. Pide además al Secretario General que remita copias de la presente resolución y de su anexo a los Miembros de la Organización que no son Partes en el Convenio MARPOL 73/78.

ANEXO

Enmiendas al modelo A y al modelo B de los suplementos del certificado IOPP en virtud del anexo I del Convenio MARPOL

1. Enmienda al suplemento del certificado IOPP (Modelo A)

Se sustituye el párrafo 3.2.1 por el siguiente:

«3.2.1 Incinerador de residuos de hidrocarburos (fangos).....…….…………….□»

2. Enmienda al suplemento del certificado IOPP (Modelo B)

Se sustituye el párrafo 3.2.1 por el siguiente:

«3.2.1 Incinerador de residuos de hidrocarburos (fangos)......………………….□»

* * *

Las presentes enmiendas entraron en vigor de forma general y para España el 1 de octubre de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) g) ii) del Convenio de 1973.

Madrid, 20 de mayo de 2015.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Isabel Vizcaíno Fernández de Casadevante.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Enmiendas de 2013 al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, (Enmiendas al modelo A y al modelo B de los suplementos del certificado IOPP en virtud del Anexo I del Convenio MARPOL), adoptadas en Londres el 17 de mayo de 2013 mediante la Resolución MEPC.235 (65).

"Enmiendas de 2013 al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, (Enmiendas al modelo A y al modelo B de los suplementos del certificado IOPP en virtud del Anexo I del Convenio MARPOL), adoptadas en Londres el 17 de mayo de 2013 mediante la Resolución MEPC.235 (65)." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2015-5851 publicado el 28 mayo 2015

ID de la publicación: BOE-A-2015-5851
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 28 mayo 2015
Fecha Pub: 20150528
Fecha última actualizacion: 28 mayo, 2015
Numero BORME 127
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 28 mayo 2015
Letra: A
Pagina de inicio: 45626
Pagina final: 45627




Publicacion oficial en el BOE número 127 - BOE-A-2015-5851


Publicacion oficial en el BOE-A-2015-5851 de Enmiendas de 2013 al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, (Enmiendas al modelo A y al modelo B de los suplementos del certificado IOPP en virtud del Anexo I del Convenio MARPOL), adoptadas en Londres el 17 de mayo de 2013 mediante la Resolución MEPC.235 (65).


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