Contenidos de la Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Enmiendas de 2014 al Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Código de Formación), adoptadas en Londres el 22 de mayo de 2014 mediante Resolución MSC.374(93). del 20160324
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Orden del día 24 marzo 2016
RESOLUCIÓN MSC.374(93)
(adoptada el 22 de mayo de 2014)
ENMIENDAS AL CÓDIGO DE FORMACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA PARA LA GENTE DE MAR (CÓDIGO DE FORMACIÓN)
el artículo 28 b) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional, artículo que trata de las funciones del Comité,
el artículo XII y la regla I/1.2.3 del Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, 1978 (Convenio de formación) (en adelante denominado «el Convenio»), relativos a los procedimientos de enmienda de la parte A del Código de formación, titulación y guardia para la gente de mar (Código de formación),
, en su 93.º periodo de sesiones, las enmiendas a la parte A del Código de formación propuestas y distribuidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo XII 1) a) i) del Convenio,
1 , de conformidad con lo dispuesto en el artículo XII 1) a) iv) del Convenio, las enmiendas al Código de formación cuyo texto figura en el anexo de la presente resolución;
2 , de conformidad con lo dispuesto en el artículo XII 1) a) vii) 2) del Convenio, que las enmiendas al Código de formación anteriormente mencionadas se considerarán aceptadas el 1 de julio de 2015, a menos que, con anterioridad a esa fecha, más de un tercio de las Partes, o un número de Partes cuyas flotas mercantes combinadas representen como mínimo el 50 % del tonelaje bruto de la flota mundial de buques mercantes de arqueo bruto igual o superior a 100 toneladas de registro, hayan notificado que rechazan las enmiendas;
3 a las Partes en el Convenio a que tomen nota de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo XII 1) a) ix) del Convenio, las enmiendas al Código de formación adjuntas en el anexo entrarán en vigor el 1 de enero de 2016, una vez aceptadas con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 2 supra;
4 al Secretario General que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo XII 1) a) v) del Convenio, remita copias certificadas de la presente resolución y del texto de las enmiendas que figura en el anexo a todas las Partes en el Convenio;
5 al Secretario General que remita copias de la presente resolución y de su anexo a los Miembros de la Organización que no sean Partes en el Convenio.
ANEXO
Enmiendas a la Parte A del Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Código de Formación)
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
1 Se añade la siguiente nueva sección A-l/16 después de la actual sección A-l/15:
«Sección A-I/16. Verificación del cumplimiento.
1 A los efectos de la regla 1/16, las esferas estarán sujetas a auditoría son las indicadas en el siguiente cuadro:
Esferas sujetas a auditoría
Se inserta el siguiente texto nuevo al final de las notas 6 y 7 actuales del cuadro A-l/9:
«Podrán seguir utilizándose otros métodos de prueba confirmatorios equivalentes actualmente reconocidos por la Administración.»
***
Las presentes Enmiendas entraron en vigor de forma general y para España el 1 de enero de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo XII a) ix) del Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente del mar, 1978.
Madrid, 16 de marzo de 2016.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Isabel Vizcaíno Fernández de Casadevante.
Datos oficiales del departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Enmiendas de 2014 al Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Código de Formación), adoptadas en Londres el 22 de mayo de 2014 mediante Resolución MSC.374(93).
"Enmiendas de 2014 al Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Código de Formación), adoptadas en Londres el 22 de mayo de 2014 mediante Resolución MSC.374(93)." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2016-2916 publicado el 24 marzo 2016
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 24 marzo 2016
Fecha Pub: 20160324
Fecha última actualizacion: 24 marzo, 2016
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 24 marzo 2016
Letra: A
Pagina de inicio: 21848
Pagina final: 21850
Publicacion oficial en el BOE número 72 - BOE-A-2016-2916
Publicacion oficial en el BOE-A-2016-2916 de Enmiendas de 2014 al Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Código de Formación), adoptadas en Londres el 22 de mayo de 2014 mediante Resolución MSC.374(93).
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