Orden AEC/1811/2014, de 3 de octubre, por la que se establece la composición de la plantilla de la Carrera Diplomática y su distribución en las diferentes categorías diplomáticas.





La Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado designa en su artículo 55.1 a los funcionarios de la Carrera Diplomática para el cumplimiento de aquellas funciones que se les adscriben con carácter exclusivo de naturaleza política, diplomática y consular.






Orden del día 07 octubre 2014

La Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado designa en su artículo 55.1 a los funcionarios de la Carrera Diplomática para el cumplimiento de aquellas funciones que se les adscriben con carácter exclusivo de naturaleza política, diplomática y consular.

El Real Decreto 638/2014, de 25 de julio, aprueba el Reglamento de la Carrera Diplomática, que sustituye al anterior Reglamento de 1955 y actualiza las normas de funcionamiento de la Carrera Diplomática.

El incremento de la plantilla de la Carrera Diplomática en los últimos años, la posibilidad de prolongación de la permanencia en el servicio activo y la necesaria adecuación de el número de integrantes de cada una de las categorías que enuncia el artículo 4.1 del Reglamento en función del número de representantes que para cada una de ellas establece el artículo 27.e) del mencionado Reglamento hace aconsejable la modificación de la composición numérica de las categorías de la Carrera Diplomática que permite el artículo 5.3 del mismo Reglamento.

Primero.

Conforme al artículo 4.1 del Reglamento de la Carrera Diplomática, aprobado por el Real Decreto 638/2014, de 25 de julio, son ocho las categorías de la misma.

Segundo.

El número total de funcionarios de la Carrera Diplomática se distribuirá de la siguiente forma:

Un tres por ciento Embajadores de España.

Un nueve por ciento Ministros plenipotenciarios de primera clase.

Un once por ciento Ministros plenipotenciarios de segunda clase.

Un veinte por ciento Ministros plenipotenciarios de tercera clase.

Un veinte por ciento Consejeros de Embajada.

Un veinte por ciento Secretarios de Embajada de primera clase.

Un once por ciento Secretarios de Embajada de segunda clase.

Un seis por ciento Secretarios de Embajada de tercera clase.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogada la Orden AEC/2699/2005, de 20 de julio, por la que se establece la composición de la plantilla de la Carrera Diplomática y su distribución en las diferentes categorías diplomáticas.

Disposición final primera. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de octubre de 2014.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José Manuel García Margallo.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Orden AEC/1811/2014, de 3 de octubre, por la que se establece la composición de la plantilla de la Carrera Diplomática y su distribución en las diferentes categorías diplomáticas.

"Orden AEC/1811/2014, de 3 de octubre, por la que se establece la composición de la plantilla de la Carrera Diplomática y su distribución en las diferentes categorías diplomáticas." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2014-10168 publicado el 07 octubre 2014

ID de la publicación: BOE-A-2014-10168
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 07 octubre 2014
Fecha Pub: 20141007
Fecha última actualizacion: 7 octubre, 2014
Numero BORME 243
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 07 octubre 2014
Letra: A
Pagina de inicio: 80018
Pagina final: 80018




Publicacion oficial en el BOE número 243 - BOE-A-2014-10168


Publicacion oficial en el BOE-A-2014-10168 de Orden AEC/1811/2014, de 3 de octubre, por la que se establece la composición de la plantilla de la Carrera Diplomática y su distribución en las diferentes categorías diplomáticas.


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