Resolución de 20 de mayo de 2013, del Instituto Cervantes, por la que se adjudican las becas de formación y especialización, para el período 2013/2014.





De conformidad con lo previsto en la Resolución de 21 de diciembre de 2012, del Secretario General del Instituto Cervantes, por la que se convocan treinta y cuatro becas de formación y especialización del Instituto Cervantes para los años 2013/2014, y una vez vista la propuesta efectuada por la Dirección de Recursos Humanos, resuelvo:






Orden del día 31 mayo 2013

De conformidad con lo previsto en la Resolución de 21 de diciembre de 2012, del Secretario General del Instituto Cervantes, por la que se convocan treinta y cuatro becas de formación y especialización del Instituto Cervantes para los años 2013/2014, y una vez vista la propuesta efectuada por la Dirección de Recursos Humanos, resuelvo:

Adjudicar, de forma definitiva, tal como figura en la relación del Anejo I, las siguientes becas:

Becas 1 y 2. De Contabilidad y Tesorería, para la Vicesecretaría Técnica.

Beca 3. De Patrimonio y Asuntos Generales, para la Vicesecretaría Técnica.

Beca 4. De la Oficina Presupuestaria, para la Vicesecretaría Técnica.

Beca 5. De Informática (Sistemas y Comunicaciones), para la Vicesecretaría Técnica.

Beca 6. De Archivo, para la Vicesecretaría Técnica.

Beca 7. De Hispanismo, para la Dirección Académica.

Beca 8. De Ordenación Académica, para la Dirección Académica.

Becas 9 y 10. De Formación de Profesores, para la Dirección Académica.

Becas 11. De Gestión de Personal, para la Dirección de Recursos Humanos.

Beca 12. De Relaciones Colectivas, para la Dirección de Recursos Humanos.

Beca 13. De Selección e Inspección, para la Dirección de Recursos Humanos.

Beca 14. De Documentación y Gestión de Materiales Culturales, para la Dirección de Cultura.

Becas 15, 16 y 17. De Gestión Cultural Multidisciplinar, para la Dirección de Cultura.

Beca 18. De Aplicaciones Informáticas y Administración, para la Dirección de Cultura.

Beca 19. De Protocolo, para el Gabinete de Dirección.

Beca 20. De Relaciones Públicas, para el Gabinete de Dirección.

Becas 21 y 22. De Gestión Comercial y Marketing, para la Dirección de Comunicación y Promoción.

Beca 23. De Desarrollo de Control Económico, para la Dirección de Comunicación y Promoción.

Beca 24. De Patrocinio, para la Dirección de Comunicación y Promoción.

Beca 25. De Edición Web, para la Dirección de Comunicación y Promoción.

Beca 26. De Contenidos Web, para la Dirección de Comunicación y Promoción.

Beca 27. De Producción Audiovisual, para la Dirección de Comunicación y Promoción.

Becas 28 y 29. De Diseño Gráfico, para la Dirección de Comunicación y Promoción.

Beca 30. De Edición y Tecnologías Web, para la Dirección de Comunicación y Promoción.

Becas 31 y 32. De Archivo y Documentación Digital, para la Dirección de Comunicación y Promoción.

Becas 33 y 34. De Convenios y Relaciones Internacionales, para la Asesoría Jurídica.

Cada una de estas becas tiene asignada una cuantía de 800 euros brutos mensuales, que serán abonados por meses vencidos y estarán sujetos a las actualizaciones y retenciones que proceda.

Cada una de las becas tiene una duración de doce meses naturales, a partir del día de la incorporación del becario, pudiendo prorrogarse, previo informe favorable del director del área donde se realiza la función, hasta un máximo de otros doce meses.

Serán obligaciones de los becarios:

a) Aceptar, por escrito, la beca concedida en el plazo de diez días naturales, a partir de la fecha de recepción de la notificación. De no hacerlo, se entenderá que renuncia y se llamará a la persona siguiente en orden de puntuación.

b) Cumplir las normas de funcionamiento del Instituto Cervantes.

c) Llevar a cabo con diligencia las actividades que se le encomienden durante su jornada, que será de seis horas diarias, de lunes a viernes.

d) Observar la mayor discreción y confidencialidad en los asuntos, actos e informaciones de los que tenga conocimiento con ocasión del disfrute de la beca.

e) Aportar los originales y las copias compulsadas de las certificaciones acreditativas, así como la restante documentación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social requerida en la presente convocatoria y de no estar incurso en las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones o la no realización, en condiciones satisfactorias, de las tareas encomendadas, podrá suponer, previo informe del Área correspondiente y oído el becario, la privación de la beca por el tiempo que quedase pendiente.

Las becas serán incompatibles con cualquier otra beca concedida para el mismo período. Asimismo serán incompatibles con la realización por parte del becario de cualquier otra actividad relacionada con el ámbito de actuación del Instituto Cervantes o que pudiera ser desarrollada durante el mismo horario, así como con la realización de cualquier trabajo remunerado en el sector público.

La concesión y disfrute de la beca no supone establecimiento de relación contractual o estatutaria alguna, ni supondrá vinculación laboral entre el becario y el Instituto Cervantes.

La realización de las actividades para las que se haya concedido la beca se justificará dentro del mes siguiente a la terminación del plazo fijado en la resolución de concesión.

La justificación se realizará mediante la presentación de certificación expedida por el Director de Área correspondiente, en la que expresamente se hará constar que se ha cumplido el programa y el objeto de la beca.

La resolución de concesión de las becas pone fin a la vía administrativa. Podrá ser recurrida en reposición ante el Director o impugnarse directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEJO I

ANEJO I

Becas de formación y especialización del Instituto Cervantes para 2013/2014

Relación de candidatos que han obtenido las diferentes becas y de los suplentes por orden decreciente de puntuación:

Becas n. 1 y 2 (Contabilidad y Tesorería):

Doña Estefanía Herrera Rubio.

Doña Miriam Bódalo Valcárcel.

Suplentes por orden decreciente de puntuación:

Doña Irene Díaz Henar.

Doña Ana Bartolomé Diez.

Doña Alicia Gómez Valero.

Doña Inmaculada Lucena Priego.

Don Juan Miguel Toledano Losa.

Doña Rojelyn Samson Sotto.

Beca n.º 3 (Patrimonio y Asuntos Generales):

Doña Inmaculada Martínez Zamora.

Suplentes por orden decreciente de puntuación:

Doña Laura Crespo Antón.

Doña Alba García Mata.

Doña María Isabel Jurado Hernández.

Doña Esther Barrera Castro.

Beca n.º 4 (Oficina Presupuestaria):

Don Juan Luis Martínez Gómez.

Suplentes por orden decreciente de puntuación:

Doña Irene Díaz Henar.

Doña Ayoze Santana Herrera.

Doña Reyes Blázquez Martín.

Beca n.º 5 (Sistemas y Comunicaciones):

Doña Ana Moreno Pastor.

Suplentes por orden decreciente de puntuación:

Don David González Gutiérrez.

Doña Beatriz Calvo González.

Doña Marta Jiménez Martín.

Doña Mariola Montero García.

Beca n.º 6 (Archivo):

Doña Rocío del Valle López de la Rubia.

Suplentes por orden decreciente de puntuación:

Doña Sabela Pavón Guede.

Doña María Isabel López López.

Doña Ana Belén Pérez Casillas.

Doña Lorena Serrano García.

Beca n.º 7 (Hispanismo):

Doña Marta García Villar.

Suplentes por orden decreciente de puntuación:

Don Sergio Cabrerizo Romero.

Don José M.ª Contreras Espuny.

Doña Marta Blázquez Rodríguez.

Doña María Nogueira de la Muela.

Doña Ana Alonso Hormigo.

Beca n.º 8 (Ordenación Académica):

Doña Teresa González Díez.

Suplentes por orden decreciente de puntuación:

Doña Marina Pérez Sinusía.

Doña Cristina Serrano González.

Doña Luisa Barreiro Rodríguez-Moldes.

Don Raúl Mesa Baena.

Doña Isabel Rosado Sánchez.

Doña Cristina Cabrera Benjumea.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Resolución de 20 de mayo de 2013, del Instituto Cervantes, por la que se adjudican las becas de formación y especialización, para el período 2013/2014.

"Resolución de 20 de mayo de 2013, del Instituto Cervantes, por la que se adjudican las becas de formación y especialización, para el período 2013/2014." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2013-5736 publicado el 31 mayo 2013

ID de la publicación: BOE-A-2013-5736
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 31 mayo 2013
Fecha Pub: 20130531
Fecha última actualizacion: 31 mayo, 2013
Numero BORME 130
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 31 mayo 2013
Letra: A
Pagina de inicio: 41310
Pagina final: 41317




Publicacion oficial en el BOE número 130 - BOE-A-2013-5736


Publicacion oficial en el BOE-A-2013-5736 de Resolución de 20 de mayo de 2013, del Instituto Cervantes, por la que se adjudican las becas de formación y especialización, para el período 2013/2014.


Descargar PDF oficial BOE-A-2013-5736 AQUÍ



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