Resolución 116/2006, de 28 de septiembre, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón.





Suscrito el 20 de julio de 2006, un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.






Orden del día 06 octubre 2006

Suscrito el 20 de julio de 2006, un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 28 de septiembre de 2006.-La Subsecretaria de Defensa, Soledad López Fernández.

ANEXO

REUNIDOS

De una parte, en representación del Ministerio de Defensa, el Excmo. Sr. D. José Antonio Alonso Suárez, Ministro de Defensa, en uso de la atribución conferida por la Disposición Adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Y, de otra parte, el Excmo. Sr. D. Marcelino Iglesias Ricou, Presidente del Gobierno de Aragón, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 10 DEL artículo 12 del Decreto Legislativo 1/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir

EXPONEN

Desde el año 1993, el Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, viene realizando en la ciudad altoaragonesa de Jaca, los Cursos Internacionales de Defensa, que se han convertido en un importante foro de debate de todas aquellas cuestiones que, relacionadas con la Seguridad y Defensa, anualmente se han ido planteado como de candente actualidad, contando para ello con grandes analistas y estudiosos de las cuestiones objeto de debate, altos mandos militares, españoles y extranjeros, y personalidades de la vida política, social y cultural.

El Gobierno de Aragón, mostrando su deseo de apoyo a iniciativas como la señalada, tendentes a lograr un mayor conocimiento de la Unión Europea y de todas las políticas que desde ella se abordan, entre las que se encuentra la Política Exterior y de Seguridad Colectiva de la Unión Europea, en la que se halla inserta la política de Seguridad y Defensa Común y, buscando, a la par, que la sociedad aragonesa, en su conjunto, y sus ciudadanos en particular, tomen conciencia y se involucren en temas tan trascendentes como los que en dicho foro se tratan, en el año 1998 suscribió un Convenio de Colaboración con el Ministerio de Defensa, en donde quedaba reflejado dicho apoyo, participando económicamente en la realización de los Cursos que desde esa fecha se han venido celebrando anualmente. Finalizado, el tiempo de colaboración originariamente establecido en el Convenio suscrito, así como sus prórrogas, el Gobierno de Aragón y el Ministerio de Defensa estiman que la colaboración iniciada y que ha dado tan fructíferos resultados debe continuar. Máxime cuando, por una parte, la Unión Europea sigue avanzando en la definición y contenidos de la política común de seguridad y defensa, parte integrante de la política exterior y de seguridad común. Quedando involucrada la sociedad en su conjunto en esta nueva concepción de la Seguridad, según se expresa en los antecedentes de la nueva Directiva de Defensa Nacional 1/2004, y respaldada en su integridad por la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional. Y, por otro lado, porque la Seguridad y Defensa Colectivas han calado, como una verdadera necesidad, en el sentir de la sociedad ante los trágicos azotes terroristas, entre otros, de Nueva York, Madrid, Beslán y Londres. No debiendo olvidar, por último, que,en la celebración de estos cursos anuales tienen una activa participación la Universidad de Zaragoza y otras instituciones de la Comunidad, desarrollándose éstos en una localidad, Jaca, que albergando estos Cursos, además de sentirse honrada, muestra su proyección exterior, no ya sólo como localidad turística, sino también como ciudad capaz de albergar acontecimientos de trascendencia. Extremos todos ellos que hacen que desde el Gobierno de Aragón se estime la colaboración plasmada en el presente Convenio como de indudable interés público, social y económico para la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.-El objeto del presente Convenio es establecer el marco en el que se articule la colaboración del Gobierno de Aragón en la realización de los Cursos Internacionales de Defensa que, de forma anual, desarrolla el Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, sobre la problemática de la Defensa en el contexto nacional e internacional, así como sobre los distintos aspectos interrelacionados con dicha materia, tales como la Seguridad, la Defensa y las Fuerzas Armadas. Cursos que, en la medida de lo posible, se celebrarán en la localidad de Jaca (Huesca).

Segunda. Aportación del Ministerio de Defensa.-El Ministerio de Defensa, por mediación de la Academia General Militar, se compromete a realizar anualmente un Curso Internacional de Defensa, cuyo contenido estará relacionado con el objeto del Convenio y el interés manifestado en la parte expositiva por ambas Instituciones. Con la anticipación suficiente a la celebración de cada Curso Internacional de Defensa, y una vez el tema y el contenido del Curso haya sido previamente aceptado en el seno del Departamento Ministerial, se firmará un Convenio de aplicación del presente Convenio Marco, en el que se recogerá el tema del Curso, lugar y fecha de celebración previstos, la aportación financiera del Gobierno de Aragón a su realización, así como el anticipo que sobre la misma se entregue, y cualquiera otros aspectos que se estimen de interés. Tales Convenios de aplicación será firmados por el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, en representación de la Diputación General de Aragón y por el General Director de la Academia General Militar, en representación del Ministerio de Defensa. Para alcanzar el objetivo fijado, preparando al efecto el texto de cada Convenio de aplicación, se llevarán a cabo las necesarias reuniones preliminares, en el seno de la Comisión Mixta, que se contempla en la cláusula quinta. El Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, justificará documental y detalladamente al Gobierno de Aragón, al finalizar cada Curso Internacional de Defensa, los gastos efectuados con cargo a la aportación económica de éste en la celebración del Curso o, en su caso, reintegrar las cantidades que no hubieran sido utilizadas o no estuviesen justificadas. El Ministerio de Defensa se compromete a hacer constar en todos los folletos, documentos y demás publicidad que de los Cursos se realice, que en la celebración de los mismos ha colaborado el Gobierno de Aragón. El Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, mantendrá con el Gobierno de Aragón un intercambio de información en materias relacionadas con los diferentes Cursos Internacionales de Defensa, así como sobre la Unión Europea y, muy en concreto, con la Política Europea de la Seguridad y Defensa Común, a los efectos de preparar los sucesivos Cursos. Tercera. Aportación del Gobierno de Aragón.-El Gobierno de Aragón se compromete a efectuar una aportación económica a cada Curso Internacional de Defensa que celebre el Ministerio de Defensa, efectuando, previamente a la realización del mismo, el anticipo que sobre dicha aportación se determine en cada Convenio de aplicación que se suscriba. El Gobierno de Aragón efectuará la debida difusión institucional de cada Curso Internacional de Defensa que el Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, desarrolle. El Gobierno de Aragón mantendrá también con el Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, un intercambio de información en materias relacionadas con los diferentes Cursos Internacionales de Defensa, así como sobre la Unión Europea y, muy en concreto, con la Política Europea de la Seguridad y Defensa Común, a los efectos de preparar los sucesivos Cursos. Cuarta. Financiación.-En cada Convenio de aplicación de este Convenio Marco, que se suscriba con carácter previo a la realización de cada Curso Internacional de Defensa, el Gobierno de Aragón fijará, como se ha señalado, la aportación económica con la que colaborará a la celebración del Curso, así como el anticipo que sobre la misma vaya a entregar. En el supuesto de que las aportaciones económicas a efectuar por el Gobierno de Aragón lo sean en concepto de subvenciones o ayudas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón, se estará a la regulación general sobre éstas (Ley 38/2003, de 17 de noviembre) y específica existente en cada momento en la Comunidad Autónoma de Aragón, en relación con su pago, anticipos de pago o abonos parciales y justificaciones (actualmente el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, y Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio). Estimando, a estos efectos, que en la colaboración establecida en este Convenio, existe para la Comunidad Autónoma, interés público, social y económico. Del desarrollo del presente Convenio y de los Convenios de aplicación que se suscriban no se producirá ningún tipo de gasto financiero que haya de ser abonado o subvencionado por el Ministerio de Defensa. Quinta. Medidas de control y seguimiento.-Al objeto de llevar a cabo el seguimiento del presente Convenio y de los Convenios que para la aplicación del mismo se suscriban, se creará una Comisión Mixta formada por cuatro miembros, dos representantes de la Diputación General de Aragón, designados por el Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, y dos representantes del Ministerio de Defensa, designados por el Director de la Academia General Militar entre el personal militar destinado en ésta. Al efectuarse tales designaciones se proveerá también sobre la eventual suplencia de los designados. Dicha Comisión Mixta tendrá siguientes cometidos:

1.º Llevar a cabo todas aquellas actuaciones preparatorias conducentes a la suscripción de los diferentes Convenios de aplicación de este Convenio Marco, encargándose de elaborar los diferentes proyectos de Convenios de aplicación.

2.º Efectuar el control y seguimiento del cumplimiento del presente Convenio y de los diferentes Convenios de aplicación, pudiendo proponer a las partes las medidas que considere oportunas para corregir cualquier deficiencia que se apreciare. 3.º Resolver cualquier problema de interpretación y cumplimiento que se suscite a lo largo de la ejecución de este Convenio Marco y de los Convenios que en aplicación del mismo se suscriban. 4.º Cualesquiera otros que en ejecución del presente Convenio se le encomienden.

La Comisión Mixta, como órgano colegiado compuesto por representaciones de distintas Administraciones Públicas, establecerá sus propias normas de organización y funcionamiento, atendiendo para ello al régimen jurídico de los órganos colegiados recogido en el capítulo II del título II de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el capítulo V del título II del Decreto Legislativo 2/ 2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley de la Administración Pública de Aragón. En todo caso, al fijar las normas de organización y funcionamiento se tendrán en cuenta los siguientes extremos:

1.º La Secretaría de la Comisión Mixta tendrá carácter permanente y será ejercida por uno de los miembros de la Comisión de entre los designados por el Director de la Academia General Militar, y tendrá voz y voto.

2.º La Presidencia de la Comisión Mixta será ejercida de forma alternativa entre ambas Administraciones Públicas en la forma en que internamente fije la propia Comisión. 3.º La Comisión se reunirá al menos dos veces al año y cuando una de las partes lo considerare oportuno. 4.º Para la válida constitución de las sesiones será preciso que se hallen presentes todos sus miembros o quienes sean designados para su sustitución. 5.º Cuando en el seno de la Comisión deban adoptarse decisiones, sus miembros no podrán abstenerse. 6.º Las decisiones se intentarán adoptar por unanimidad, pero, en su defecto, éstas se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate, el voto del Presidente no será dirimente. 7.º Las disposiciones normativas, anteriormente mencionadas en esta cláusula, se aplicarán de forma subsidiaria a las que fije la propia Comisión Mixta y servirán para resolver cualquier tipo de duda que pudiere surgir sobre la organización y funcionamiento de la Comisión.

La Comisión Mixta contará, para el cumplimiento de sus cometidos, con el apoyo de los Servicios Económicos y Administrativos de la Dirección General de Asuntos Europeos y Acción Exterior del Gobierno de Aragón y de la Academia General Militar.

Sexta. Legislación aplicable.-Este Convenio tiene carácter jurídico-administrativo. Para resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse en su aplicación se estará a los principios del Derecho Administrativo y, en particular, a los del Real Decreto-Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 de éste, así como, en defecto de los anteriores, a los generales del Derecho común.

La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del Convenio corresponderá, de acuerdo con lo previsto en la cláusula quinta, a la Comisión Mixta que se crea al efecto. En defecto de acuerdo, la competencia de estas cuestiones corresponderá a la jurisdicción contencioso-administrativa. Séptima. Vigencia.-El presente Convenio tiene una vigencia de cuatro años, pudiendo prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes firmantes, por períodos anuales hasta una duración total del convenio, de seis años. Octava. Causas de resolución.-Serán causas de posible resolución del presente convenio: El incumplimiento grave, acreditado por alguna de las partes; el mutuo acuerdo y la imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del convenio.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio de colaboración en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha anteriormente indicados.-Por el Ministerio de Defensas, José Antonio Alonso Suárez.-Por la Diputación General de Aragón, Marcelino Iglesias Ricou.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Defensa

Resolución 116/2006, de 28 de septiembre, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón.

"Resolución 116/2006, de 28 de septiembre, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-17470 publicado el 06 octubre 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-17470
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 06 octubre 2006
Fecha Pub: 20061006
Fecha última actualizacion: 6 octubre, 2006
Numero BORME 239
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Defensa
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 06 octubre 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 34799
Pagina final: 34800




Publicacion oficial en el BOE número 239 - BOE-A-2006-17470


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-17470 de Resolución 116/2006, de 28 de septiembre, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón.


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