Resolución 400/38020/2017, de 31 de enero, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.





En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo (Boletín Oficial del Estado del 22), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.






Orden del día 11 febrero 2017

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo (Boletín Oficial del Estado del 22), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

En todo aquello que no contradiga lo dispuesto en las Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico del Sector Público, respectivamente, las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado del 27).

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará, entre otras, en el Punto de Acceso General www.administracion.gob.es y en el portal del Ministerio de Defensa www.defensa.gob.es/portalservicios.

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 5 plazas del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada, Código 0406, por el sistema de promoción interna.

1.2 El conjunto de plazas ofertado se distribuye por programas en la forma en que se relaciona a continuación:

1.3 A efectos de la adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados, se excluye la aplicación de lo previsto en los artículos 22.1, penúltimo párrafo, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

1.4 Los aspirantes sólo podrán participar por uno de los programas previstos en esta base.

Si en alguno de los programas no se cubriera el número total de plazas ofertadas, éstas podrán redistribuirse entre los otros programas convocados, según determine este Ministerio de acuerdo con sus necesidades y a propuesta del Tribunal.

2. Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

2.2 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de cuatro meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», teniendo la fase de oposición descrita en el Anexo I, una duración máxima de cuatro meses.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Requisitos de los aspirantes

4.1 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

4.2 Nacionalidad: Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el Anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes, además de los requisitos comunes, deberán cumplir:

5.1 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Pertenecer como personal laboral fijo a la categoría profesional de Titulado Medio de Actividades Técnicas y Profesionales del grupo profesional 2 del vigente Convenio Único para el personal laboral de la Administración General de Estado, o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, y desempeñar funciones coincidentes en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales. A tales efectos dichas funciones son las siguientes.

5.2 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 mencionados en el punto 5.1.

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como personal laboral fijo en la categoría profesional de Titulado Medio de Actividades Técnicas y Profesionales del grupo profesional 2 del vigente Convenio Único para el personal laboral de la Administración General de Estado, o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, y desarrollar las funciones que para cada programa se detallan en el punto anterior.

5.3 La acreditación de los requisitos establecidos en los puntos 5.1 y 5.2 se realizará mediante los certificados regulados en la base 9 de la presente Orden.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de la tasa de derechos de examen, modelo 790, aprobado por Resolución de 16 de junio de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.

La solicitud se podrá realizar de modo presencial o telemático. La cumplimentación de los datos se podrá realizar únicamente desde el servicio de inscripción en pruebas selectivas (IPS), al que se podrá acceder en la dirección: administracion.gob.es/PAG/ips.

6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a) Modo telemático: Los interesados podrán presentar su solicitud ante el Registro Telemático del Ministerio de Hacienda y Función Pública «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet www.minhafp.gob.es o en el punto de acceso general www.administracion.gob.es.

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago telemático de la tasa de derechos de examen, en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen los recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.

En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta podrá adjuntarse a la solicitud telemática o ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

b) Modo presencial: Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790 a través del Punto de Acceso General administracion.gob.es/PAG/ips.

Una vez cumplimentados, en la citada página, todos los datos de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias (ejemplar para la Administración, ejemplar para el interesado y ejemplar para la entidad colaboradora).

Para efectuar el pago de esta tasa se presentará el original de la solicitud impresa (los tres ejemplares), cumplimentado en la forma descrita, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, el formulario de solicitud podrá presentarse en el Registro General del Ministerio de Defensa (Paseo de la Castellana, 109, 28071 - Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso, exclusivamente para estas solicitudes presentadas en el extranjero, podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria, a la cuenta corriente número IBAN ES88-0182-7557-8902-0150-1906 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Defensa. Derechos de examen», siendo preciso que quede claro ante la entidad destinataria de la transferencia que el destino de la tasa es el pago de los derechos de examen.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma determinará la exclusión del aspirante.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma determinará la exclusión del aspirante.

6.4 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria, en los términos previstos en el apartado duodécimo 5.b) de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.

Estas personas deberán acompañar a la solicitud estos dos documentos:

– Certificado emitido por los servicios públicos de empleo sobre su condición de demandantes de empleo, con los requisitos señalados en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.

No será necesaria la aportación de esta certificación en el caso de que los aspirantes consientan, en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, la verificación de los datos consignados.

– Declaración jurada o promesa escrita del solicitante de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (Boletín Oficial del Estado del 19). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de las familias de categoría especial y a una bonificación del 50% los miembros de las familias de la categoría general.

La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del correspondiente título actualizado, que deberá ser adjuntado a la solicitud.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

6.5 No será necesaria la acreditación de las condiciones de discapacidad y de familia numerosa, mencionadas en los apartados a) y c) de la base anterior, en aquellos casos en que los aspirantes consientan en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas la verificación de los datos consignados, siempre que estas condiciones hayan sido acreditadas en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección administracion.gob.es/PAG/PID.

6.6 La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.

6.7 En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

6.8 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

7. Tribunal

7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

7.2 El Tribunal, de acuerdo con el art. 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

7.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en las demás disposiciones vigentes.

7.4 El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad (Boletín Oficial del Estado del 17), adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

7.5 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

7.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección de Personal Civil de la Subdirección de Gestión de Personal del Cuartel General de la Armada, C/ Juan de Mena, número 1, 28014 - Madrid, teléfono 91.3795927 ó 91.3124486 y número de fax 91.3795381.

8. Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra H, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas de 24 de febrero de 2016 (Boletín Oficial del Estado del 26).

8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página Web www.defensa.gob.es/portalservicios, así como en la página web www.administracion.gob.es, y en el Portal Funciona.

8.3 La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad del aspirante con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.

9. Certificado de requisitos y méritos para la fase de concurso

9.1 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para presentar el certificado de requisitos y méritos debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio, Organismo, Agencia o Entidad donde presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con lo previsto en la base decimosexta de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre. Este certificado de requisitos y méritos se incluye como Anexo V y VI. Asimismo se acompañará la documentación justificativa de los méritos a valorar en la fase de concurso, que se acreditarán mediante copia autenticada.

9.2 El certificado de requisitos y méritos habrá de contener la acreditación de pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado, e igualmente acreditación de haber prestado servicios efectivos durante al menos 2 años como funcionario de carrera en los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 mencionados.

En el caso del personal laboral fijo, en los términos previstos en la base 5, acreditación de pertenecer como personal laboral fijo a la categoría profesional de Titulado Medio de Actividades Técnicas y Profesionales del grupo profesional 2 del vigente Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, o categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General de Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, e igualmente acreditación de que desarrolla las actividades que, para cada programa, se detallan en la base 5.1. Asimismo acreditación de haber prestado, al menos, dos años de servicios efectivos como personal laboral fijo en las categorías y grupos profesionales mencionados, incluidos los prestados en puestos que hayan sido encuadrados en las mismas.

10. Embarazo de riesgo o parto

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

11. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 31 de enero de 2017.–El Subsecretario de Defensa, Arturo Romani Sancho.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso.

1. La fase de oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 70 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, relacionadas con el programa por el que se oposite, con una duración de dos horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de cinco supuestos teórico-prácticos relacionados con el temario del programa por el que se oposite, con una duración de dos horas.

Tercer ejercicio: Prueba de conocimiento del idioma inglés, que consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, sin diccionario, con una duración de una hora, y en una práctica de conversación oral, para lo que se dispondrá de treinta minutos.

Las dos primeras pruebas serán eliminatorias, y la tercera puntuable, pero no eliminatoria.

Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente manera:

Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 105 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 52,5 puntos para superarlo. Cada pregunta contestada correctamente tendrá una calificación de 1,50 puntos, penalizándose con el 25 por ciento del valor de una contestación aquellas que sean erróneas.

Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo. Cada supuesto práctico tendrá una calificación máxima de 10 puntos.

Tercer ejercicio: Se otorgará una calificación de cero a 20 puntos. Será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para que este ejercicio sea puntuado.

El cuestionario tendrá una calificación máxima de 10 puntos. Cada pregunta contestada correctamente tendrá una calificación de 0,20 puntos, penalizándose con el 25 por ciento del valor de una contestación aquellas que sean erróneas.

La conversación tendrá una calificación máxima de 10 puntos.

El aspirante que alcance el 60 por ciento de la puntuación máxima de algún ejercicio obligatorio y no superara el proceso selectivo, conservará dicha puntuación y estará exento de realizar tales ejercicios durante las inmediatamente siguientes pruebas selectivas, siempre y cuando fueren idénticas en contenido y puntuación.

La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. En la fase de concurso se valorarán, hasta un máximo de 45 puntos, los siguientes méritos, referidos a la fecha de publicación de la convocatoria:

Personal funcionario de carrera:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos, o en Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, con destino definitivo en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de un punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y formalizado en la Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la Autoridad competente, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:



Datos oficiales del departamento Ministerio de Defensa

Resolución 400/38020/2017, de 31 de enero, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.

"Resolución 400/38020/2017, de 31 de enero, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2017-1395 publicado el 11 febrero 2017

ID de la publicación: BOE-A-2017-1395
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 11 febrero 2017
Fecha Pub: 20170211
Fecha última actualizacion: 11 febrero, 2017
Numero BORME 36
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Defensa
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 11 febrero 2017
Letra: A
Pagina de inicio: 9501
Pagina final: 9517




Publicacion oficial en el BOE número 36 - BOE-A-2017-1395


Publicacion oficial en el BOE-A-2017-1395 de Resolución 400/38020/2017, de 31 de enero, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.


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