Resolución 400/38032/2021, de 4 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa, y por la que se modifica la de 16 de noviembre de 2020, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa.





Por Resolución de 1 de marzo de 2019 de la Subsecretaría de Sanidad, Consumo y Bienestar Social («Boletín Oficial del Estado» de 8 de marzo), se convocó proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa.

Contenidos de la Ministerio de Defensa Resolución 400/38032/2021, de 4 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa, y por la que se modifica la de 16 de noviembre de 2020, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa. del 20210211







Orden del día 11 febrero 2021

Por Resolución de 1 de marzo de 2019 de la Subsecretaría de Sanidad, Consumo y Bienestar Social («Boletín Oficial del Estado» de 8 de marzo), se convocó proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa.

Por Resolución 400/38348/2020, de 16 de noviembre de 2020, de la Subsecretaría de Defensa («Boletín Oficial del Estado» de 20 de noviembre), se publicó la relación de aprobados en dicho proceso selectivo.

Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria por los aspirantes aprobados, esta Subsecretaría resuelve:

Primero.

Nombrar personal estatutario fijo como Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa, a los aspirantes que en el anexo I se relacionan, por orden de puntuación y con la especialidad y destino adjudicado.

Segundo.

Los aspirantes nombrados dispondrán de un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para efectuar la toma de posesión que se llevará a efecto en la Dirección del Hospital de destino.

Si en el citado plazo, alguno de los aspirantes nombrados no tomara posesión de la plaza adjudicada, perderá todos los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, salvo que dicha circunstancia se deba a causa justificada y así sea apreciada por el órgano convocante, previa audiencia del interesado.

Tercero.

Dada la circunstancia de que tres de los aspirantes aprobados renunciaron a su plaza y no presentaron la documentación requerida, lo que supone la pérdida de todos los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo conforme a lo establecido en el apartado cuarto de la Resolución de 16 de noviembre de 2020, se hace preciso modificar dicha Resolución haciendo pública la relación de los aspirantes que pierden los derechos derivados de su participación en el citado proceso selectivo. Dichos aspirantes se relacionan en el anexo II de la presente Resolución.

Asimismo, a la vista de lo anterior, de conformidad con lo recogido en las bases de la convocatoria, se procede a sustituir a los aspirantes anteriormente mencionados por los que tienen mayor derecho de los que figuran en la Resolución de 13 de Julio de 2020 del Tribunal Calificador de la categoría de Celador, por la que se hacen públicas las calificaciones finales de los aspirantes del citado proceso selectivo. Dichos aspirantes se relacionan en el anexo III de esta Resolución.

Cuarto.

De acuerdo con lo establecido en la base undécima de la convocatoria, los aspirantes relacionados en el anexo III de la presente Resolución deberán presentar la siguiente documentación:

Original o copia auténtica del título exigido para su participación en estas pruebas selectivas. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación o equivalencia.

Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

Declaración de acatamiento de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico conforme al modelo que figura como anexo IV a esta Resolución.

Certificación expedida por los servicios médicos de los Servicios de Salud, acreditativa de la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se derivan del nombramiento. La toma de posesión quedará supeditada a la superación de este requisito.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, deberán presentar Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no han sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual a los que se refiere el precepto legal.

Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría y especialidad a la que se accede.

Quinto.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la documentación requerida, dirigida a la Subdirección General de Personal Civil, deberá presentarse dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del Ministerio de Defensa (paseo de la Castellana, 109, 28071 de Madrid), o en los lugares a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto.

Quienes ya ostenten la condición de personal fijo de las Administraciones Públicas o de los Servicios de Salud estarán exentos de acreditar las condiciones o requisitos ya justificados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del organismo del que dependan acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Si dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, algún aspirante no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base sexta de la convocatoria, se declarará la pérdida de los derechos que pudieran derivarse de su participación en el proceso selectivo.

De conformidad con el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir de los Tribunales calificadores relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como personal estatutario fijo.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación ante esta Subsecretaría o bien recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa. En caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 4 de febrero de 2021.–La Subsecretaria de Defensa, María Amparo Valcarce García.

ANEXO I

Nombramiento de personal estatutario fijo

Celador

ANEXO II

Relación de aspirantes que pierden los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo

Celador

ANEXO III

Relación de aspirantes que sustituyen a los relacionados en el Anexo II, ordenados por la puntuación total obtenida en las fases de oposición y de concurso

Celador

ANEXO IV

Declaración de acatamiento

Don/doña ................................................................................................., con domicilio en ………......................................................................................................., y documento nacional de identidad número ...................................

Declara su acatamiento a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, según se indica en el apartado c) del anexo V de la Resolución de 1 de Marzo de 2019, que convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Defensa

Resolución 400/38032/2021, de 4 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa, y por la que se modifica la de 16 de noviembre de 2020, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa.

"Resolución 400/38032/2021, de 4 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa, y por la que se modifica la de 16 de noviembre de 2020, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2021-1986 publicado el 11 febrero 2021

ID de la publicación: BOE-A-2021-1986
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 11 febrero 2021
Fecha Pub: 20210211
Fecha última actualizacion: 11 febrero, 2021
Numero BORME 36
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Defensa
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 11 febrero 2021
Letra: A
Pagina de inicio: 15507
Pagina final: 15510




Publicacion oficial en el BOE número 36 - BOE-A-2021-1986


Publicacion oficial en el BOE-A-2021-1986 de Resolución 400/38032/2021, de 4 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa, y por la que se modifica la de 16 de noviembre de 2020, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa.


Descargar PDF oficial BOE-A-2021-1986 AQUÍ



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