Contenidos de la Ministerio de Economía y Hacienda Orden EHA/1969/2010, de 6 de julio, de autorización a la entidad Cosalud, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros para operar en el ramo de enfermedad (modalidad de asistencia sanitaria). del 20100721
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Orden del día 21 julio 2010
La entidad Cosalud, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, inscrita en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74.1 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004 de 29 de octubre, ha presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización para operar en el ramo de enfermedad (modalidad de asistencia sanitaria) ramo número 2 de la clasificación de los riesgos por ramos establecida en el artículo 6 del citado Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que la entidad ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 5.3 del citado Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y en el artículo 7 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, para la ampliación de la actividad al citado ramo.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto:
Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 6 de julio de 2010.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, José Manuel Campa Fernández.
Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda
Orden EHA/1969/2010, de 6 de julio, de autorización a la entidad Cosalud, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros para operar en el ramo de enfermedad (modalidad de asistencia sanitaria).
"Orden EHA/1969/2010, de 6 de julio, de autorización a la entidad Cosalud, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros para operar en el ramo de enfermedad (modalidad de asistencia sanitaria)." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2010-11651 publicado el 21 julio 2010
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 21 julio 2010
Fecha Pub: 20100721
Fecha última actualizacion: 21 julio, 2010
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 21 julio 2010
Letra: A
Pagina de inicio: 64015
Pagina final: 64015
Publicacion oficial en el BOE número 176 - BOE-A-2010-11651
Publicacion oficial en el BOE-A-2010-11651 de Orden EHA/1969/2010, de 6 de julio, de autorización a la entidad Cosalud, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros para operar en el ramo de enfermedad (modalidad de asistencia sanitaria).
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