Resolución de 18 de septiembre de 2007, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se autoriza la segregación y reconstitución de determinados Bonos y Obligaciones del Estado.





La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, señala en los artículos 98 y 99 que corresponde al Ministro de Economía la facultad de autorizar la separación de cupones y principal a efectos de su negociación, así como la reconstitución de valores a partir de aquellos. Dicha facultad ha sido delegada en el Director General del Tesoro y Política Financiera en virtud del apartado 7.3 de la Orden EHA/19/2007, de 11 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2007 y enero del 2008 y se delegan determinadas facultades en el Director General del Tesoro y Política Financiera. La Orden de 19 de junio de 1997 del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se regulan las operaciones de segregación de principal y cupones de los valores de Deuda del Estado y su reconstitución y se autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a formalizar préstamos singulares con instituciones financieras, autoriza a la citada Dirección General a emitir bonos segregables, estableciendo que recibirán tal calificación aquellas referencias de Bonos y Obligaciones que sean expresamente declaradas como tales en la Resolución por la que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera convoque su primera subasta. Asimismo, en la misma Orden se establece que mediante Resolución se determinará el momento a partir del cual se podrán realizar las operaciones de segregación y reconstitución de los valores. La mencionada Orden establece también que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera definirá qué entidades estarán autorizadas a segregar y reconstituir valores del Estado. En este sentido, la Orden de 10 de febrero de 1999, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se crea la figura de Creador de Deuda Pública del Reino de España, y la Resolución de 20 de julio de 2005 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera que la desarrolla, establece, en su artículo quinto, apartado 3, que sólo los Creadores de Mercado de Bonos y Obligaciones del Reino de España podrán segregar y reconstituir valores del Estado. En virtud de lo anterior, he dispuesto:






Orden del día 26 septiembre 2007

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, señala en los artículos 98 y 99 que corresponde al Ministro de Economía la facultad de autorizar la separación de cupones y principal a efectos de su negociación, así como la reconstitución de valores a partir de aquellos. Dicha facultad ha sido delegada en el Director General del Tesoro y Política Financiera en virtud del apartado 7.3 de la Orden EHA/19/2007, de 11 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2007 y enero del 2008 y se delegan determinadas facultades en el Director General del Tesoro y Política Financiera. La Orden de 19 de junio de 1997 del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se regulan las operaciones de segregación de principal y cupones de los valores de Deuda del Estado y su reconstitución y se autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a formalizar préstamos singulares con instituciones financieras, autoriza a la citada Dirección General a emitir bonos segregables, estableciendo que recibirán tal calificación aquellas referencias de Bonos y Obligaciones que sean expresamente declaradas como tales en la Resolución por la que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera convoque su primera subasta. Asimismo, en la misma Orden se establece que mediante Resolución se determinará el momento a partir del cual se podrán realizar las operaciones de segregación y reconstitución de los valores. La mencionada Orden establece también que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera definirá qué entidades estarán autorizadas a segregar y reconstituir valores del Estado. En este sentido, la Orden de 10 de febrero de 1999, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se crea la figura de Creador de Deuda Pública del Reino de España, y la Resolución de 20 de julio de 2005 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera que la desarrolla, establece, en su artículo quinto, apartado 3, que sólo los Creadores de Mercado de Bonos y Obligaciones del Reino de España podrán segregar y reconstituir valores del Estado. En virtud de lo anterior, he dispuesto:

1. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre la Obligación del Estado a treinta años, cupón 4,90 % y vencimiento 30 de julio de 2040, a partir del 25 de septiembre de 2007.

2. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre el Bono del Estado a cinco años, cupón 3,90 % y vencimiento 31 de octubre de 2012, a partir del 1 de noviembre de 2007.

Madrid, 18 de septiembre de 2007.-La Directora General del Tesoro y Política Financiera, Soledad Núñez Ramos.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda

Resolución de 18 de septiembre de 2007, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se autoriza la segregación y reconstitución de determinados Bonos y Obligaciones del Estado.

"Resolución de 18 de septiembre de 2007, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se autoriza la segregación y reconstitución de determinados Bonos y Obligaciones del Estado." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-16921 publicado el 26 septiembre 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-16921
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 26 septiembre 2007
Fecha Pub: 20070926
Fecha última actualizacion: 26 septiembre, 2007
Numero BORME 231
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 26 septiembre 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 39102
Pagina final: 39102




Publicacion oficial en el BOE número 231 - BOE-A-2007-16921


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-16921 de Resolución de 18 de septiembre de 2007, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se autoriza la segregación y reconstitución de determinados Bonos y Obligaciones del Estado.


Descargar PDF oficial BOE-A-2007-16921 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *