Resolución de 20 de enero de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, aprobada por Resolución de 16 de octubre de 1997.





Por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 6 de mayo de 1994 se aprobó, con carácter de plan contable marco para todas las Administraciones Públicas, el general de contabilidad pública, cuya aplicación a las mismas podría ser realizada directamente o a través de la correspondiente adaptación.






Orden del día 29 enero 2009

Por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 6 de mayo de 1994 se aprobó, con carácter de plan contable marco para todas las Administraciones Públicas, el general de contabilidad pública, cuya aplicación a las mismas podría ser realizada directamente o a través de la correspondiente adaptación.

Mediante Resolución de 16 de octubre de 1997 de esta Intervención General se aprobó la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública, a las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.

Desde entonces han sido numerosos los cambios de tipo normativo que, en mayor o menor grado, han afectado directamente a estas entidades, en la medida que les obliga a ampliar y modificar la información que las mismas deben presentar en sus cuentas anuales, y que cronológicamente se sustancian, principalmente, en la Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público.

Por todo ello, en virtud de las competencias que se atribuyen a la Intervención General de la Administración del Estado en el artículo 125.1.b) de la Ley General Presupuestaria, para aprobar la normativa de desarrollo del Plan General de Contabilidad Pública y los planes parciales o especiales que se elaboren conforme al mismo, esta Intervención General dispone:

Único. Modificación del apartado II «Modelos de cuentas anuales» de la cuarta parte «Cuentas anuales» de la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.

Se modifica el apartado II «Modelos de cuentas anuales» de la cuarta parte «Cuentas anuales» en los siguientes términos:

1. El modelo III. «Resultado presupuestario» del Estado de Liquidación del Presupuesto se sustituye por el que se incorpora en el anexo I.

2. Se incorpora en el Estado de Liquidación del Presupuesto el Balance de Resultados e Informe de Gestión con los modelos A) Grado de realización de objetivos y B) Coste de los objetivos realizados que aparecen en el anexo II de esta Resolución.

3. En la memoria se introducen las siguientes modificaciones:

a) En el apartado 3.2 «Tesorería» el modelo de «Estado de las cuentas de Tesorería» es sustituido por los tres modelos que se recogen el anexo III.

b) En el apartado 4.5 «Contratación administrativa» se recoge la información que se detalla en el anexo IV.

c) En el apartado 4.7 «Personal» se recoge la información que se detalla en el anexo V.

d) En el modelo del apartado 4.8 «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto» se recoge la información que se detalla en el anexo VI.

e) Se incorpora un nuevo apartado 4.11 «Información sobre el Balance de Resultados e Informe de Gestión», donde se recogerá información complementaria sobre los modelos que lo conforman.

f) En el apartado 8.2 «Valores de Renta Fija» se recoge la información que se detalla en el anexo VII.

Disposición transitoria única. Información sobre contratación administrativa a incluir en las cuentas anuales del ejercicio 2008 de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.

En las cuentas anuales relativas al ejercicio 2008 de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, el contenido de la información sobre contratación administrativa, recogido en el apartado 4.5 «Contratación administrativa», se presentará:

a) Para los contratos regidos por el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, con el contenido establecido hasta la publicación de esta Resolución.

b) Para los contratos que se hayan regido por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos de sector público, con el contenido establecido en esta Resolución.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» aplicándose a las primeras cuentas que se aprueben y siguientes.

Madrid, 20 de enero de 2009.–El Interventor General del Estado, José Alberto Pérez Pérez.

ANEXO I

Estado de liquidación del presupuesto

Ejercicio ……

III. Resultado presupuestario

Estado de liquidación del presupuesto

Ejercicio ……

Clasificación funcional por programas ……………

A) Grado de realización de objetivos:

B) Coste de los objetivos realizados:

ANEXO III

Estado de las cuentas de tesorería por centros de gestión

Ejercicio ……

Estado de las cuentas de tesorería por cuentas del plan

Ejercicio ……

Estado de las cuentas de tesorería por entidad bancaria

Ejercicio ……

ANEXO IV

4.5 Contratación administrativa.

Información sobre:

– Para cada tipo de contrato, los importes convocados y adjudicados en el ejercicio y pendientes de adjudicar al comenzar y al finalizar el mismo.

– Para cada tipo de contrato, los importes convocados y adjudicados en el ejercicio y pendientes de adjudicar al comenzar y al finalizar el mismo.

– Relación de adjudicatarios que han superado el 5 por 100 del importe total de la contratación efectuada en el año e importe.

– Relación de adjudicatarios a los que se les ha adjudicado contrato por procedimiento negociado, causa e importe.

I. Contratación administrativa. Procedimientos y formas de adjudicación

II. Contratación administrativa. Situación de los contratos

ANEXO V

4.7 Personal.

Información sobre:

– El importe de las remuneraciones de cualquier clase devengadas por:

* Altos cargos.

* Personal funcionario y estatutario.

* Personal laboral.

* Personal eventual.

* Otro personal no incluido en los anteriores apartados.

* Número de personas incluidas dentro de cada uno de los grupos anteriores clasificadas en las categorías y escalas en que se distribuya cada grupo a 31 de diciembre.

Personal

ANEXO VI

4.8 Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a Presupuesto.

Información para cada gasto efectuado sobre:

– Importe.

– Aplicación presupuestaria a la que debiera de haberse imputado.

– Ejercicio de procedencia.

Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a Presupuesto

ANEXO VII

8.2. Valores de renta fija.

8.2.1 Valores de renta fija afectos al Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

Se informará sobre:

– Variación patrimonial experimentada en el ejercicio de las cuentas representativas de estos activos.

– Variación patrimonial experimentada en el ejercicio de elementos de estos activos (valor nominal, precio de adquisición, cupón corrido, precio adquisición ex cupón), distinguiendo la procedencia de los activos.

– Amortización y adquisición de valores distinguiendo su procedencia.

– Rendimientos devengados y pendientes de cobro, distinguiendo el vencimiento a corto y largo plazo de los valores, su carácter implícito, explícito y cupón corrido y la procedencia de los activos.

– Rendimientos imputados a presupuesto, distinguiendo su carácter implícito, explícito y cupón corrido y la procedencia de los activos.

Valores de renta fija afectos al Fondo de Reserva de la Seguridad Social

Situación patrimonial

Ejercicio N

Variación de activos financieros

Ejercicio N

Amortización de activos financieros

Ejercicio ……

Adquisición de activos financieros

Ejercicio ……

Rendimientos devengados y pendientes de cobro a 31 de diciembre

Ejercicio ……

Rendimientos imputados a presupuesto

Ejercicio ……

8.2.2 Valores de renta fija no afectos al Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

Se informará para cada una de estas inversiones, distinguiendo las que tengan carácter permanente de las temporales:

– Datos de identificación de la entidad emisora.

– Valor a 1 de enero.

– Variaciones durante el ejercicio, tanto en aumento como en disminución.

– Valor a 31 de diciembre.

– Importe de los intereses devengados y no cobrados.

– Importe de la provisión por depreciación existente en fin de ejercicio.

– Valor neto de la inversión a fin de ejercicio.

Valores de renta fija no afectos al Fondo de Reserva de la Seguridad Social



Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda

Resolución de 20 de enero de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, aprobada por Resolución de 16 de octubre de 1997.

"Resolución de 20 de enero de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, aprobada por Resolución de 16 de octubre de 1997." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-1471 publicado el 29 enero 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-1471
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 29 enero 2009
Fecha Pub: 20090129
Fecha última actualizacion: 29 enero, 2009
Numero BORME 25
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 29 enero 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 9842
Pagina final: 9851




Publicacion oficial en el BOE número 25 - BOE-A-2009-1471


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-1471 de Resolución de 20 de enero de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, aprobada por Resolución de 16 de octubre de 1997.


Descargar PDF oficial BOE-A-2009-1471 AQUÍ



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