Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Resolución de 11 de febrero de 2015, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Hípica Española.

En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 10.2.b) de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes en su sesión de 18 de diciembre de 2014, ha aprobado definitivamente los Estatutos de la Real Federación Hípica Española, autorizando su inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 31.7 de la Ley del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre federaciones deportivas españolas y Registro de Asociaciones Deportivas, dispongo la publicación de los Estatutos de la Real Federación Hípica Española, contenida en el anexo a la presente Resolución.

Resolución de 19 de febrero de 2015, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones para el fomento de la traducción a lenguas extranjeras.

El artículo 44.1 de la Constitución dispone que los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura. Por su parte, el artículo 149.2 de la norma fundamental establece que, sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas, el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial y facilitará la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas.

Dentro del Estado, es al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con el artículo 7 del Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, a quien corresponde la protección y difusión del libro, la lectura y la creación literaria. Más concretamente, el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de ese Ministerio, atribuye a la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro, en las letras g) y k) del artículo 9.1, las funciones de «promoción y difusión nacional e internacional de las letras españolas» y de «promoción y ayuda a la creación literaria y a la traducción, mediante la convocatoria y concesión de becas, premios y cualquier otro tipo de estímulos».

Resolución de 17 de febrero de 2015, de la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro, por la que se convoca el Premio Nacional de Historia de España correspondiente a 2015.

El Premio Nacional de Historia de España tiene por objeto reconocer y estimular la importante labor de estudio e investigación histórica que viene realizándose en los temas relacionados con la historia de nuestro país, y contribuir a la difusión y conocimientos de los resultados conseguidos.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los puntos primero y noveno de la Orden de 22 de junio de 1995, reguladora de los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura, esta Dirección General ha resuelto:

Resolución de 17 de febrero de 2015, de la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro, por la que se convoca el Premio Nacional de Ilustración correspondiente a 2015.

El Premio Nacional de Ilustración tiene por objeto reconocer y distinguir el conjunto de la labor realizada por un ilustrador español en el ámbito del libro y de las letras españolas.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los puntos primero y noveno de la Orden de 22 de junio de 1995 antes citada, esta Dirección General ha resuelto:

Resolución de 17 de febrero de 2015, de la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro, por la que se convoca el Premio Nacional de las Letras Españolas correspondiente a 2015.

El Premio Nacional de las Letras Españolas tiene por objeto reconocer el conjunto de la obra literaria de un autor español, escrita en cualquiera de las lenguas españolas.

La finalidad que se persigue con este premio es doble. A la vez que se reconoce la trascendencia de un autor y de su obra literaria, se incide en la presencia de lenguas diferentes en la configuración de la cultura española, integrada por una pluralidad de aportaciones lingüísticas que representan, cada una de ellas, una tradición literaria que forma parte de todo nuestro legado cultural.